COMO CONSECUENCIA DE LA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 29 DE LOS CORRIENTES DE NUEVA CORRECCION DE ERRORES DEL REAL DECRETO 1455/1987, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE APROBACION DEL ARANCEL DE ADUANAS ACOMODADO AL ARANCEL DE ADUANAS COMUNITARIO, APROBADO POR EL REGLAMENTO (CEE) 2658/1987, DE 23 DE JULIO, PROCEDE INTRODUCIR EN EL ARANCEL INTEGRADO DE APLICACION TARIC , ESTABLECIDO POR RESOLUCION DE ESTE CENTRO DIRECTIVO DE 19 DE JULIO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 24 DE AGOSTO) LAS CONVENIENTES ADECUACIONES SEGUN EL DETALLE QUE SE EXPONE EN EL ANEXO ADJUNTO DE LA PRESENTE.
ASIMISMO SE APROVECHA LA OCASION PARA RECOGER LAS PREVISIONES CONTEMPLADAS EN EL REAL DECRETO 1245/1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 26 DE OCTUBRE), COMO PARA CORREGIR DETERMINADOS ERRORES DETECTADOS EN LA PUBLICACION DE LA RESOLUCION DE ESTE CENTRO DE 19 DE JULIO ULTIMO, TODO ELLO CONTEMPLADO EN EL ANEXO DEL QUE SE DEJA INDICACION.
LO QUE SE COMUNICA PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 31 DE OCTUBRE DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, HUMBERTO RIOS RODRIGUEZ.
ILMO. SR. DELEGADO DE HACIENDA ESPECIAL, SR. JEFE DEPENDENCIA REGIONAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES, SR.
ADMINISTRADOR PRINCIPAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES.
(ANEXO OMITIDO)
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