ILUSTRISIMOS SEÑORES:
LA RESOLUCION DE 4 DE NOVIEMBRE DE 1985, DEL CENTRO DE GESTION Y COOPERACION TRIBUTARIA, QUE APROBABA LOS MODELOS 190 Y 191 DE DECLARACION DE RETENCIONES, ASI COMO LOS DISEÑOS FISICOS Y LOGICOS DE LOS SOPORTES MAGNETICOS QUE LOS SUSTITUYEN HA MEJORADO CONSIDERABLEMENTE LA RECEPCION DE LAS DECLARACIONES Y EL TRATAMIENTO INFORMATICO POSTERIOR DE LOS DATOS QUE CONTENIAN.
SIN EMBARGO, LA CRECIENTE RACIONALIZACION DE LOS PROCESOS GESTORES Y LA NECESIDAD DE CONOCER LA NATURALEZA DE LAS DIFERENTES PERCEPCIONES QUE FIGURABAN EN LOS MODELOS PRIMITIVOS, HACE ACONSEJABLE INTRODUCIR ALGUNAS MODIFICACIONES TENDENTES A DIVERSIFICAR SU INFORMACION, TANTO EN LA PORTADA DEL MODELO Y HOJAS INTERIORES, COMO EN LOS SOPORTES MAGNETICOS LEGIBLES POR ORDENADOR,
EN CONSECUENCIA, ESTE DIRECCION GENERAL HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. LA RETENCION INDIRECTA A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, RETENCIONES SOBRE EL RENDIMIENTO DEL TRABAJO, DEBERA CUMPLIMENTARSE EN EL MODELO OFICIAL 190, QUE SE APRUEBA POR ESTA RESOLUCION QUE FIGURA COMO ANEXO I PARA LA HOJA RESUMEN Y ANEXO II PARA LAS HOJAS INTERIORES DE DETALLE.
LA RETENCION DIRECTA A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, RETENCIONES SOBRE EL RENDIMIENTO DEL TRABAJO, DEBERA CUMPLIMENTARSE EN EL MODELO OFICIAL 191 QUE SE APRUEBA POR ESTA RESOLUCION Y QUE FIGURA COMO ANEXO III PARA LA HOJA RESUMEN Y ANEXO IV PARA LAS HOJAS INTERIORES DE DETALLE.
SEGUNDO. SE APRUEBAN POR ESTA RESOLUCION LOS DISEÑOS FISICOS Y LOGICOS PARA LA PRESENTACION EN SOPORTE MAGNETICO, DIRECTAMENTE LEGIBLE POR ORDENADOR, QUE FIGURAN EN EL ANEXO V.
TERCERO. SERA OBLIGATORIA LA PRESENTACION EN SOPORTE MAGNETICO DE AQUELLAS DECLARACIONES QUE CONTENGAN MAS DE 300 PERCEPTORES, Y EN EL RETENEDOR CONCURRA CUALQUIERA DE LAS CONDICIONES SIGUIENTES:
A) QUE HUBIERE OPTADO POR PRESENTAR CUALQUIER OTRA DECLARACION O COMUNICACION A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MEDIANTE SOPORTE MAGNETICO. B) QUE LOS REGISTROS O SOPORTES CONTABLES CUYO EXAMEN PROCEDA PARA COMPROBAR LA EXACTITUD Y VERACIDAD DE LA DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES SE LLEVEN POR MEDIO DE EQUIPOS ELECTRONICOS DE PROCESO DE DATOS.
EN LOS DEMAS CASOS LA PRESENTACION EN SOPORTE MAGNETICO SERA OPCIONAL.
CUARTO. LA PRESENTACION DE LOS MODELOS 190 Y 191 A QUE SE REFIERE LA INSTRUCCION PRIMERA DE ESTA RESOLUCION, EN EL CASO DE PRESENTACION INDIVIDUAL, DEBERA REALIZARSE EN LA ADMINISTRACION O DELEGACION DE HACIENDA QUE CORRESPONDA AL DOMICILIO FISCAL DEL RETENEDOR Y EN LOS PLAZOS FIJADOS REGLAMENTARIAMENTE. EN EL CASO DE PRESENTACION COLECTIVA EL LUGAR DE PRESENTACION SERA EL FIJADO EN EL ANEXO V, APARTADO PRIMERO, DE LA PRESENTE RESOLUCION Y EN LOS PLAZOS FIJADOS REGLAMENTARIAMENTE.
QUINTO. SE APRUEBAN LOS ANEXOS I AL VI, AMBOS INCLUSIVE, CON SUS INSTRUCCIONES Y NORMAS FISICAS Y LOGICAS.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL 1 DE ENERO DE 1989, QUEDANDO DEROGADA LA RESOLUCION DE 4 DE NOVIEMBRE DE 1985, DEL CENTRO DE GESTION Y COOPERACION TRIBUTARIA.
LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 7 DE NOVIEMBRE DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, SIXTO HEREDIA HERRERA.
ILMOS. SRES.
DELEGADOS DE HACIENDA ESPECIALES Y PROVINCIALES.
ANEXO I
(CUADROS OMITIDOS)
ANEXO II
(CUADROS OMITIDOS)
ANEXO III
(CUADROS OMITIDOS)
ANEXO IV
(CUADROS OMITIDOS)
ANEXO V
PRESENTACION EN SOPORTE MAGNETICO DE LOS MODELOS 190 O 191
PRIMERO. LAS PRESENTACIONES EN SOPORTE MAGNETICO PUEDEN REALIZARSE DE FORMA INDIVIDUAL O DE FORMA COLECTIVA, SEGUN QUE EL ARCHIVO CORRESPONDIENTE CONTENGA LOS DATOS DE UN SOLO RETENEDOR, EN EL PRIMER CASO, O DE VARIOS EN EL SEGUNDO.
LA PRESENTACION COLECTIVA UNICAMENTE PUEDE REFERIRSE A RETENEDORES QUE TENGAN SU DOMICILIO FISCAL EN EL AMBITO DE LA DELEGACION DE HACIENDA DONDE SE REALICE LA PRESENTACION.
SI COMPRENDE RETENEDORES QUE TENGAN SU DOMICILIO EN DIFERENTES ADMINISTRACIONES DE HACIENDA, DENTRO DE LA MISMA DELEGACION, SE PRESENTARA EN LA DELEGACION DE HACIENDA CORRESPONDIENTE.
LA PERSONA FISICA O ENTIDAD JURIDICA QUE PRESENTE LA INFORMACION EN SOPORTE MAGNETICO, YA SEA DE FORMA INDIVIDUAL O COLECTIVA, LO REALIZARA SIN PETICION PREVIA EN SU ADMINISTRACION DE HACIENDA O, EN SU DEFECTO, EN LA DELEGACION DE HACIENDA QUE LE CORRESPONDA, EN LOS PLAZOS FIJADOS REGLAMENTARIAMENTE.
LOS SOPORTES MAGNETICOS HAN DE CUMPLIR LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:
CINTA MAGNETICA.
PISTAS: 9.
DENSIDAD: 800, 1.600 O 6.250 BPI.
CODIGO: EBCDIC, EN MAYUSCULAS.
ETIQUETAS: SIN ETIQUETAS.
MARCAS: EN PRINCIPIO Y FIN DE CINTA.
FACTOR DE BLOQUEO: 10.
DISKETTES.
DE 8'', DENSIDAD SENCILLA Y DE UNA SOLA CARA.
CODIGO: EBCDIC, EN MAYUSCULAS.
REGISTROS DE 128 POSICIONES.
FACTOR DE BLOQUEO: 1.
HAN DE CONTENER EN PISTA 00 EN EL SECTOR 008 LOS SIGUIENTES DATOS:
EN POSICION 1 A 4: HDR1.
EN POSICION 6 A 9: TPXX, SIENDO XX LAS DOS ULTIMAS CIFRAS DEL EJERCICIO A QUE CORRESPONDE LA PRESENTACION.
EN POSICIONES 25 A 27: 128 (LONGITUD DEL REGISTRO).
EN POSICIONES 29 A 33:
01001 (PISTA Y SECTOR DONDE COMIENZA LA INFORMACION).
EN POSICIONES 35 A 39: XXXXX (PISTA Y SECTOR DE LA CAPACIDAD MAXIMA DEL DISKETTE).
EN POSICION 43: P (INFORMACION PROTEGIDA).
EN POSICION 45: EN BLANCO SI TODA LA INFORMACION VIENE EN UN SOLO DISKETTE, LA LETRA <C> SI LA INFORMACION VA EN MAS DE UNO Y ESTE NO ES EL ULTIMO, Y LA LETRA <L> SI ES EL ULTIMO.
EN POSICIONES 46 A 47: NN (SIENDO NN EL NUMERO SECUENCIAL DE LOS VOLUMENES PRESENTADOS).
TODAS LAS DEMAS ETIQUETAS DEL DISKETTE DEBEN PRESENTARSE CORRECTAMENTE ANULADAS.
DE 5 1/4'', DOBLE CARA, DOBLE DENSIDAD (360K) SISTEMA OPERATIVO MS-DOS.
DE 5 1/4'', DOBLE CARA, ALTA DENSIDAD (1,2 MB). SISTEMA OPERATIVO MS-DOS.
DE 3 1/2'', DOBLE CARA, DOBLE DENSIDAD (720K). SISTEMA OPERATIVO MS-DOS.
DE 3 1/2'', DOBLE CARA, ALTA DENSIDAD (1,44 MB). SISTEMA OPERATIVO MS-DOS.
CODIGO: ASCII, EN MAYUSCULAS.
REGISTRO DE 128 POSICIONES.
FACTOR DE BLOQUEO 1.
LOS DISKETTES DE 5 1/4'' Y DE 3 1/2'' DEBERAN LLEVAR UN SOLO NOMBRE DE FICHERO COMO ETIQUETA INTERNA.
DICHO NOMBRE SERA TPXX, SIENDO XX LAS DOS ULTIMAS CIFRAS DEL EJERCICIO A QUE CORRESPONDE LA DECLARACION, CONTENIENDO ESTE UNICO FICHERO LOS DIFERENTES TIPOS DE REGISTRO Y EN EL ORDEN QUE SE MENCIONA EN EL APARTADO SEXTO DEL ANEXO QUINTO DE ESTA RESOLUCION.
SI LAS CARACTERISTICAS DEL EQUIPO DE QUE DISPONE EL DECLARANTE NO LE PERMITEN AJUSTARSE A LAS ESPECIFICACIONES FISICAS EXIGIDAS, Y ESTA OBLIGADO O DESEA PRESENTAR SOPORTE MAGNETICO, DEBERA DIRIGIRSE POR ESCRITO A LA DIRECCION GENERAL DE INFORMATICA TRIBUTARIA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, CALLE SANTA MARIA MAGDALENA, 16, 28016 MADRID, EXPONIENDO SUS PROPIAS CARACTERISTICAS TECNICAS Y EL NUMERO DE PERCEPTORES QUE PRESENTARIA, CON OBJETO DE ENCONTRAR, SI LO HAY, UN SISTEMA COMPATIBLE CON LAS CARACTERISTICAS TECNICAS ACCESIBLES POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.
SEGUNDO. TODAS LAS RECEPCIONES DE SOPORTES MAGNETICOS SERAN PROVISIONALES A RESULTAS DE SU PROCESO Y COMPROBACION, DANDOSE POR NO PRESENTADAS CUANDO NO SE AJUSTEN AL DISEÑO ESTABLECIDO Y DEMAS NORMAS REGLAMENTARIAS.
UNA VEZ PROCESADA LA INFORMACION SE NOTIFICARA AL DECLARANTE PARA QUE RETIRE EL SOPORTE MAGNETICO EN LA DELEGACION O ADMINISTRACION DE HACIENDA DONDE REALIZO LA PRESENTACION.
TERCERO.
CUANDO UN RETENEDOR CON PRESENTACION VOLUNTARIA EN SOPORTE MAGNETICO PRESENTE SU DECLARACION PARTE EN SOPORTE MAGNETICO Y PARTE EN IMPRESO, TENDRA QUE PRESENTAR UNA PORTADA INDEPENDIENTE PARA CADA PARTE, CONSIGNANDO EN CADA UNA LOS DATOS DE LOS PERCEPTORES QUE CONTENGA.
EN ESTE CASO LA FECHA LIMITE DE PRESENTACION SERA PARA AMBOS LA QUE CORRESPONDA A LA PRESENTACION EN IMPRESO.
CUARTO. PRESENTACION INDIVIDUAL EN SOPORTE MAGNETICO.
EL DECLARANTE PRESENTARA EN VENTANILLA LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1.
LOS DOS EJEMPLARES (EL DE LA ADMINISTRACION Y EL DEL INTERESADO) DE LA PORTADA DE LOS MODELOS 190 O 191 (SEGUN LE CORRESPONDA), CUMPLIMENTADOS LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL RETENEDOR Y DEL RESUMEN DE LA DECLARACION.
ESTOS EJEMPLARES DEBERAN CUMPLIMENTARSE MECANOGRAFIADOS, CON OBJETO DE EVITAR ERRORES DE INTERPRETACION DE LOS DATOS.
CADA UNO DE LOS EJEMPLARES DE LA PORTADA DEBERA LLEVAR ADHERIDA LA ETIQUETA IDENTIFICATIVA QUE FACILITA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.
PARA HACERLO BASTARA CONSIGNAR EL DATO CORRESPONDIENTE PRECEDIDO DE LA LETRA DE DICHO APARTADO. EN CASO DE QUE EL ARCHIVO CONSTE DE MAS DE UN SOPORTE MAGNETICO TODAS LLEVARAN SU ETIQUETA NUMERADA SECUENCIALMENTE: 1/N, 2/N, ETC, SIENDO N EL NUMERO TOTAL DE SOPORTES. SI LA PRESENTACION DEL ARCHIVO MULTIVOLUMEN HA SIDO REALIZADA EN DISKETTES DE 5 1/4'' O 3 1/2'' DEBERA EFECTUARSE EN FORMATO BACK-UP.
EL DECLARANTE RETIRARA DE VENTANILLA EL EJEMPLAR PARA EL INTERESADO DEL MODELO 190 O 191 UNA VEZ SELLADO, SIENDO EL RECIBO Y JUSTIFICANTE DE LA ENTREGA.
QUINTO. PRESENTACION COLECTIVA EN SOPORTE MAGNETICO.
LA PERSONA FISICA O JURIDICA PRESENTADORA ENTREGARA EN VENTANILLA LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1. EJEMPLARES DE PORTADA DEL PRESENTADOR.
DOS EJEMPLARES (EL DE LA ADMINISTRACION Y EL DEL INTERESADO) DE LA PORTADA DE LOS MODELOS 190 O 191 (ANEXO I O III, SEGUN LE CORRESPONDA), CUMPLIMENTADOS LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL PRESENTADOR Y, EN EL RECUADRO DE PRESENTACION COLECTIVA (RECUADRO NUMERO 3 DE LA PORTADA), EL NUMERO TOTAL DE RETENEDORES Y EL NUMERO TOTAL DE PERCEPTORES.
NO SERAN CUMPLIMENTADOS EL RESTO DE LOS DATOS DEL RESUMEN DE LA DECLARACION (RECUADRO NUMERO 2 DE LA PORTADA).
CADA UNO DE LOS EJEMPLARES DEBERA LLEVAR ADHERIDA LA ETIQUETA IDENTIFICATIVA DE LA PERSONA FISICA O JURIDICA PRESENTADORA QUE FACILITA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.
2. EL SOPORTE MAGNETICO DEBERA TENER UNA ETIQUETA ADHERIDA EN EL EXTERIOR EN LA QUE SE HAGAN CONSTAR LOS DATOS QUE SE ESPECIFICAN EN LOS APARTADOS SIGUIENTES Y, NECESARIAMENTE, POR EL MISMO ORDEN:
A) DELEGACION O ADMINISTRACION DE HACIENDA DE PRESENTACION INDIVIDUAL.
B) EJERCICIO.
C) MODELO DE PRESENTACION (<190> O <191>).
D) NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA PORTADA DEL MODELO 190 O 191.
E) CI O DNI.
F) APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL.
G) DOMICILIO, MUNICIPIO Y CODIGO POSTAL.
H) APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.
I) TELEFONO Y EXTENSION DE DICHA PERSONA.
J) NUMERO TOTAL DE REGISTROS.
K) DENSIDAD (800, 1.600 O 6.250 BPI), SOLO CINTAS. DENSIDAD (360K, 1,2 MB, 720K O 1,44 MB) EN DISKETTES DE 5 1/4'' O 3 1/2''.
3. EJEMPLARES DE PORTADA DE LOS RETENEDORES.
DE CADA UNO DE LOS RETENEDORES CONTENIDOS EN LA PRESENTACION COLECTIVA DEBERAN ADJUNTAR DOS EJEMPLARES (EL DE LA ADMINISTRACION Y EL DEL INTERESADO, ANEXO I O III, SEGUN LE CORRESPONDA) CUMPLIMENTADOS LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL RETENEDOR Y LOS DEL RESUMEN DE LA DECLARACION.
EN EL RECUADRO CORRESPONDIENTE SE CONSIGNARA EL NUMERO DEL JUSTIFICANTE DEL EJEMPLAR DE LA PORTADA DEL MODELO 190 O 191 DEL PRESENTADOR.
CADA UNO DE LOS EJEMPLARES DEBERA LLEVAR ADHERIDA LA ETIQUETA IDENTIFICATIVA DE LA PERSONA FISICA O JURIDICA RETENEDORA QUE FACILITA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.
4. EL SOPORTE MAGNETICO DEBERA TENER UNA ETIQUETA ADHERIDA EN EL EXTERIOR EN LA QUE SE HAGAN CONSTAR LOS DATOS DEL PRESENTADOR QUE SE ESPECIFICAN EN LOS APARTADOS SIGUIENTES Y NECESARIAMENTE EN EL MISMO ORDEN:
A) DELEGACION O ADMINISTRACION DE HACIENDA DE PRESENTACION COLECTIVA.
B) EJERCICIO.
C) MODELO DE PRESENTACION (<190> O <191>).
D) NUMERO DE JUSTIFICANTE DEL MODELO 190 O 191 DEL PRESENTADOR.
E) CI O DNI.
F) APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL.
G) DOMICILIO, MUNICIPIO Y CODIGO POSTAL.
H) APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.
I) TELEFONO Y EXTENSION DE DICHA PERSONA.
J) NUMERO TOTAL DE REGISTROS.
K) DENSIDAD (800, 1.600 O 6.250 BPI), SOLO PARA CINTAS. DENSIDAD (360K, 1,2 MB, 720K O 1,44 MB) EN DISKETTES DE 5 1/4'' O 3 1/2''.
L) NUMERO TOTAL DE RETENEDORES PRESENTADOS.
M) NUMERO TOTAL DE PERCEPTORES PRESENTADOS.
PARA HACERLO BASTARA CONSIGNAR EL DATO CORRESPONDIENTE PRECEDIDO DE LA LETRA DE DICHO APARTADO. EN CASO DE QUE LA PRESENTACION CONSTE DE MAS DE UN SOPORTE MAGNETICO TODOS LLEVARAN SU ETIQUETA NUMERADA SECUENCIALMENTE: 1/N, 2/N, ETC, SIENDO N EL NUMERO TOTAL DE SOPORTES, PERO EN LA DEL SEGUNDO Y SIGUIENTES VOLUMENES SOLO SERA NECESARIO CONSIGNAR LOS APARTADOS A, B, C, D, E Y F. SI LA PRESENTACION DEL ARCHIVO MULTIVOLUMEN HA SIDO REALIZADA EN DISKETTES DE 5 1/4'' O 3 1/2'' DEBERA EFECTUARSE EN FORMATO BACK-UP.
EL PRESENTADOR RETIRARA DE VENTANILLA EL EJEMPLAR PARA EL INTERESADO DE LA PORTADA DEL MODELO 190 O 191 DEL PROPIO PRESENTADOR, UNA VEZ SELLADO, SIRVIENDO DE RECIBO Y JUSTIFICANTE DE LA ENTREGA.
ASIMISMO, RETIRARA DE VENTANILLA LOS EJEMPLARES PARA EL INTERESADO DE LA PORTADA DE CADA UNO DE LOS RETENEDORES UNA VEZ SELLADOS.
SI EL NUMERO DE ESTOS EJEMPLARES ASI LO ACONSEJA, CON OBJETO DE AGILIZAR LA RECOGIDA DE DOCUMENTOS, SE LE AVISARA PARA QUE RECOJA TALES DOCUMENTOS, UNA VEZ SELLADOS.
SI LOS DATOS CONSIGNADOS EN LOS EJEMPLARES DE PORTADA DEL MODELO 190 O 191 DEL PRESENTADOR NO COINCIDEN CON LOS DATOS CONSIGNADOS EN LAS ETIQUETAS ADHERIDAS A LOS SOPORTES, CON EL CONTENIDO DE LAS PORTADAS DE LOS RETENEDORES O CON LOS GRABADOS EN LOS SOPORTES MAGNETICOS, SE DARA POR NO REALIZADA LA PRESENTACION DE TODOS LOS RETENEDORES DE LA MISMA.
SEXTO. DESCRIPCION DE LOS REGISTROS.
PARA CADA RETENEDOR SE INCLUIRAN CINCO TIPOS DIFERENTES DE REGISTROS, QUE SE DISTINGUEN POR LA PRIMERA POSICION, CON ARREGLO A LOS SIGUIENTES CRITERIOS:
TIPO 1: REGISTRO DEL RETENEDOR (DATOS IDENTIFICATIVOS). DISEÑO 1.
TIPOS 2, 3 Y 4: REGISTROS RESUMEN POR CLAVES DE PERCEPCION. DISEÑOS 2, 3 Y 4.
TIPO 5: REGISTRO DE PERCEPTOR. DISEÑO 5.
EL ORDEN DE PRESENTACION SERA EL DEL TIPO DE REGISTRO, EXISTIENDO UN UNICO REGISTRO DE CADA UNO DE LOS TIPOS 1, 2, 3 Y 4 Y TANTOS REGISTROS DEL TIPO 5 COMO PERCEPTORES.
TODOS LOS CAMPOS ALFABETICOS SE PRESENTARAN ALINEADOS A LA IZQUIERDA Y RELLENOS DE BLANCOS POR LA DERECHA, SIN CARACTERES NUMERICOS NI ESPECIALES Y EN MAYUSCULAS.
TODOS LOS CAMPOS NUMERICOS SE PRESENTARAN ALINEADOS A LA DERECHA Y RELLENOS A CEROS POR LA IZQUIERDA, SIN SIGNOS, SIN EMPAQUETAR Y SIN DECIMALES.
TODOS LOS CAMPOS TENDRAN CONTENIDO, A NO SER QUE SE ESPECIFIQUE LO CONTRARIO EN LA DESCRIPCION DEL CAMPO.
PARA EL CASO DE PRESENTACION COLECTIVA (MAS DE UN RETENEDOR EN EL MISMO ARCHIVO) SE PRESENTARA COMO PRIMER REGISTRO DEL SOPORTE UN REGISTRO TIPO 0 (DISEÑO DE TIPO DE REGISTRO 0), QUE CONTENDRA LOS DATOS DE LA PERSONA FISICA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA PRESENTACION Y EXISTIRA AUNQUE FIGURE TAMBIEN EN EL SOPORTE COMO RETENEDOR. A CONTINUACION SEGUIRAN LOS DATOS DEL PRIMER RETENEDOR (TIPOS 1, 2, 3 Y 4) SEGUIDOS DE SUS PERCEPTORES (TIPO 5); A CONTINUACION LOS DATOS DEL SIGUIENTE RETENEDOR, Y ASI SUCESIVAMENTE.
(CUADROS OMITIDOS)
ANEXO VI
CODIGO DE PAISES PARA DECLARADOS NO RESIDENTES
EUROPA
001 FRANCIA. INCLUIDO MONACO.
002 BELGICA.
003 PAISES BAJOS.
004 REPUBLICA FEDERAL ALEMANA. INCLUIDO BERLIN-OESTE Y LOS TERRITORIOS AUSTRIACOS DE JUNGHOLZ Y MITTELBERG; SE EXCLUYE EL TERRITORIO DE BUSINGEN.
005 ITALIA.
INCLUIDO SAN MARINO.
006 REINO UNIDO. GRAN BRETAÑA, IRLANDA DEL NORTE, ISLAS DEL CANAL E ISLA DE MAN.
007 IRLANDA.
008 DINAMARCA.
024 ISLANDIA.
025 ISLAS FEROE.
028 NORUEGA. INCLUIDO EL ARCHIPIELAGO DEL SVALBARD Y LA ISLA JAN MAYEN.
030 SUECIA.
032 FINLANDIA. INCLUIDAS LAS ISLAS ALAND.
036 SUIZA. INCLUIDO LIECHTENSTEIN, EL TERRITORIO ALEMAN DE BUSINGEN Y EL MUNICIPIO ITALIANO DE CAMPIONE D'ITALIA.
038 AUSTRIA. NO INCLUIDOS LOS TERRITORIOS DE JUNGHOLZ Y MITTELBERG.
040 PORTUGAL. INCLUIDAS LAS AZORES Y MADEIRA.
042 ESPAÑA.
043 ANDORRA.
044 GIBRALTAR.
045 CIUDAD DEL VATICANO.
046 MALTA. INCLUIDO GOZO Y COMINO.
048 YUGOSLAVIA.
050 GRECIA.
052 TURQUIA.
056 UNION SOVIETICA.
058 REPUBLICA DEMOCRATICA ALEMANA. INCLUIDO BERLIN-ESTE.
060 POLONIA.
062 CHECOSLOVAQUIA.
064 HUNGRIA.
066 RUMANIA.
068 BULGARIA.
070 ALBANIA.
AFRICA
AFRICA DEL NORTE
204 MARRUECOS. INCLUIDA LA PARTE DEL ANTIGUO SAHARA ESPAÑOL, ADMINISTRADO POR MARRUECOS.
208 ARGELIA.
212 TUNEZ.
216 LIBIA.
220 EGIPTO.
224 SUDAN.
AFRICA OCCIDENTAL
228 MAURITANIA.
232 MALI.
236 ALTO VOLTA.
240 NIGERIA.
244 TEHAD.
247 REPUBLICA DE CABO VERDE.
248 SENEGAL.
252 GAMBIA.
257 GUINEA-BISSAU.
260 GUINEA.
264 SIERRA LEONA.
268 LIBERIA.
272 COSTA DE MARFIL.
276 GHANA.
280 TOGO.
284 BENIN.
288 NIGERIA.
AFRICA CENTRAL, ORIENTAL Y AUSTRAL
302 CAMERUN.
306 IMPERIO CENTRO AFRICANO.
310 GUINEA ECUATORIAL.
311 SANTO TOME Y PRINCIPE.
314 GABON.
318 CONGO.
322 ZAIRE.
324 RWANDA.
328 BURUNDI.
329 SANTA HELENA Y DEPENDENCIAS. DEPENDENCIAS DE SANTA HELENA: ISLA DE LA ASCENSION E ISLAS TRISTAN DA CUNHA.
330 ANGOLA. SE INCLUYE CABINDA.
334 ETIOPIA.
338 DJIBUOTI.
342 SOMALIA.
346 KENYA.
350 UGANDA.
352 TANZANIA. TANGANICA, ZANZIBAR Y PEMBA.
355 SEYCHELLES Y DEPENDENCIAS. ISLAS MAHE, SILHOUETTE, PRASLIN, FRAGATA, MAMELLES Y RECIFS, BIRD Y DENIS, PLATE Y COETIVY, ISLAS ALMIRANTES, ISLAS ALFONSO, ISLAS PROVIDENCIA, ISLAS ALDABRA.
357 TERRITORIO BRITANICO DEL OCEANO INDICO. ARCHIPIELAGO DE CHAGOS.
366 MOZAMBIQUE.
370 MADAGASCAR.
372 REUNION. SE INCLUYEN ISLA EUROPA, ISLA BASSAS DE INDIA, ISLA JUAN DE NOVA, ISLA TROMELEN E ISLAS GLORIOSAS.
373 MAURICIO. ISLAS MAURICIO, ISLA RODRIQUEZ, ISLAS AGALEGA Y CARGADOS CARAJOS SHOALS (ISLAS SAN BRANDON).
375 CAMORES. GRAN CAMORE, ANJOUAN Y MOHELI.
377 MAYOTTE. GRAN TIERRA Y PAMANZI.
378 ZAMBIA.
382 RHODESIA.
386 MALWI.
390 REPUBLICA DE AFRICA DEL SUR Y NAMIBIA.
391 BOTSWANA.
393 SWAZILAND.
395 LESOTHO.
AMERICA
AMERICA DEL NORTE
400 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
SE INCLUYE PUERTO RICO.
404 CANADA.
406 GROENLANDIA.
408 SAN PEDRO Y MIQUELON.
AMERICA CENTRAL Y DEL SUR
412 MEXICO.
413 BERMUDAS.
416 GUATEMALA.
421 BELIZE.
424 HONDURAS. SE INCLUYEN LAS ISLAS SWAN.
428 EL SALVADOR.
432 NICARAGUA. SE INCLUYEN LAS ISLAS CORN.
436 COSTA RICA.
440 PANAMA.
444 ZONA DEL CANAL DE PANAMA.
448 CUBA.
451 ISLAS OCCIDENTALES.
ESTADOS ASOCIADOS DE LAS INDIAS OCCIDENTALES: ANTIGUA, SAN CRISTOBAL (SAN KITTS), NEVIS, ANGUILA, ISLAS VIRGENES BRITANICAS, MONTSERRAT.
452 HAITI.
453 BAHAMAS.
454 ISLAS TURQUESAS Y CAICOS.
456 REPUBLICA DOMINICANA.
457 ISLAS VIRGENES DE LOS ESTADOS UNIDOS.
458 GUADALUPE. SE INCLUYEN MARIA GALANTE, LOS SANTOS, LA PEQUEÑA TIERRA DESEADA, SAN BARTOLOME Y LA PARTE NORTE DE SAN MARTIN.
460 DOMINICA.
462 MARTINICA.
463 ISLAS CAYMAN.
464 JAMAICA.
465 SANTA LUCIA.
467 SAN VICENTE. SE INCLUYEN LAS ISLAS GRANADINAS DEL NORTE.
469 BARBADOS.
472 TRINIDAD Y TOBAGO.
473 GRANADA. SE INCLUYEN LAS ISLAS GRANADINAS DEL SUR.
476 ANTILLAS NEERLANDESAS. CURA AO, ARUBIA, BONAIRE, SAN EUSTAQUIO, SABA Y LA PARTE SUR DE SAN MARTIN.
480 COLOMBIA.
484 VENEZUELA.
488 GUAYANA (GEORGETOWN).
492 SURINAM (GUAYANA HOLANDESA).
496 GUAYANA FRANCESA.
500 ECUADOR. SE INCLUYEN LAS ISLAS GALAPAGOS.
504 PERU.
508 BRASIL.
512 CHILE.
516 BOLIVIA.
520 PARAGUAY.
524 URUGUAY.
528 ARGENTINA.
529 ISLAS FALKLAND O MALVINAS Y DEPENDENCIAS. DEPENDENCIAS DE LAS ISLAS FALKLAND: GEORGIA DEL SUR E ISLAS SANDWICH DEL SUR.
ASIA
PROXIMO Y MEDIO ORIENTE
600 CHIPRE.
604 LIBANO.
608 SIRIA.
612 IRAQ.
616 IRAN.
624 ISRAEL.
628 JORDANIA.
632 ARABIA SAUDITA.
636 KUWAIT.
640 BAHREIN.
644 QATAR.
647 EMIRATOS ARABES UNIDOS. ABU, DHABI, DUBAY, SHARJA, AJMAN, UMM AL Q'AIWAN, RAS AL KHAYNAH.
649 OMAN.
652 YEMEN DEL NORTE.
656 YEMEN DEL SUR.
OTROS PAISES DE ASIA
660 AFGANISTAN.
662 PAKISTAN.
664 INDIA. SE INCLUYE SIKKIM.
666 BANGLADESH.
667 MALDIVAS (ISLAS).
669 SRI LANKA.
672 NEPAL.
675 BHOUTAN.
676 BIRMANIA.
680 THAILANDIA.
684 LAOS.
690 VIETNAM.
696 KAMPUCHEA (CAMBOYA).
700 INDONESIA.
701 MALASIA. FEDERACION MALAYA, SARAWAK Y SABAH.
703 BRUNEI.
706 SINGAPUR.
708 FILIPINAS.
716 MONGOLIA.
720 CHINA.
724 COREA DEL NORTE.
728 COREA DEL SUR.
732 JAPON.
736 TAI-WAN.
740 HONG-KONG.
743 MACAO.
AUSTRALIA, OCEANIA Y OTROS TERRITORIOS
800 AUSTRALIA.
801 PAPUA-NUEVA GUINEA. SE INCLUYEN NUEVA BRETAÑA, NUEVA IRLANDA, LAVONGAI, ISLAS DEL ALMIRANTAZGO, BOUGAINVILLE, BUKA, ISLAS GEEN, DE ENTRECASTEAUX, TROBRIAND, WOODLARK Y EL ARCHIPIELAGO DE LA LOUSIADA, CON SUS DEPENDENCIAS.
802 OCEANIA AUSTRALIANA. ISLAS DE COCOS (KEELING), ISLAS CHRISTMAS, ISLAS HEARD Y MACDONALD, ISLA NORFOLK.
803 NAURU.
804 NUEVA ZELANDA. EXCLUYE LA DEPENDENCIA DE ROSS (ANTARTICA).
806 ISLAS SALOMON.
807 TUVALU.
808 OCEANIA AMERICANA. SAMOA AMERICANA, MIDWAY, WAKE Y JOHNSTON, KINGMAN REEF, PALMYRA Y JARVIS, SHALL.
HOWLAND Y BAKER, GUANM, CAROLINAS, MARIANAS Y MARSHALL.
809 NUEVA CALEDONIA Y DEPENDENCIAS. DEPENDENCIAS DE NUEVA CALEDONIA: ISLA DE PINS, ISLAS LOYAUTE, HUON, BELEP, CHESTERFIELD E ISLA WALPOLE.
810 KIRIBATI (ANTIGUAMENTE ISLAS GILBERT) E ISLAS PITCAIRN.
811 ISLAS WALLIS Y FORTUNA. SE INCLUYE LA ISLA ALOFI.
814 OCEANIA NEO-ZELANDESA. ISLAS TOKELAU E ISLA NIUE, E ISLAS COOK.
815 FIDJI.
816 NUEVAS HEBRIDAS.
817 TONGA.
819 SAMOA OCCIDENTAL.
822 POLINESIA FRANCESA. ISLAS MARQUESAS, ISLAS DE LA SOCIEDAD, ISLAS GAMBIER, ISLAS TUBUAL Y ARCHIPIELAGO DE TUAMOTU; SE INCLUYE LA ISLA DE CLIPPERTON.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid