EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 19 DE DICIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 2.020/1988, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE DISTRITUTO DE SAN FELIU DE GUIXOLS, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 113, EN RELACION CON EL 114.2 DEL CODIGO PENAL, EN ORDEN A LA EFECTIVA TUTELA DE LOS CIUDADANOS Y AL DERECHO DE DEFENSA, POR PODER INFRINGIR EL ARTICULO 24 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 19 DE DICIEMBRE DE 1988. EL SECRETARIO DE JUSTICIA (FIRMADO Y RUBRICADO).
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