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Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 14, de 16 de enero de 1988, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 1578, en el artículo 1.º, que modifica el artículo 42 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su apartado último, donde dice: «d) Las cantidades señaladas...», debe decir: «D) Las cantidades señaladas...»
En la página 1579, en el artículo 5.°, que modifica el artículo 160 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su apartado 1, donde dice: «... y procedencia de las deducciones en la cuota, que no afecten a actividades...», debe decir. «... y procedencia de las deducciones en la cuota que no afecten a actividades, ...»
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