EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 25 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1407/1989, PLANTEADA POR EL JUEZ DE INSTRUCCION DE CALATAYUD EN FUNCIONES DE JUEZ DE LO PENAL CON JURISDICCION SOBRE EL PARTIDO DE DAROCA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REGLA 15 DEL ARTICULO 10 DEL CODIGO PENAL, POR PODER SER CONTRARIA A LOS ARTICULOS 1.1, 9.3, 10.1, 14, 15, 24.1 Y 2 Y 25.1 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 25 DE JULIO DE 1989.
EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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