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Documento BOE-A-1989-2071

Ley 10/1988, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley 6/1985, de 11 de mayo, de Sindicatura de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 1989, páginas 2480 a 2480 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1989-2071
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/l/1988/12/23/10

TEXTO ORIGINAL

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:

PREÁMBULO

Transcurridos más de tres años desde la entrada en vigor de la Ley 6/1985, de 11 de mayo, de la Sindicatura de Cuentas, la experiencia ha evidenciado la necesidad de modificar el plazo que el artículo 8.2 de la precitada Ley concede al Consejo de la Sindicatura para la emisión de sus preceptivos informes anuales sobre las Cuentas Generales de la Generalidad Valenciana.

Por tanto, siendo conveniente que el plazo se amplíe a efectos de disponer de una información más elaborada y considerando que la legislación que regula la existencia de otros órganos externos de control, especialmente la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas del Estado en su artículo 10, conceden un plazo superior y que incluso la propia Ley de Sindicatura de Cuentas señala un plazo superior a la Consejería de Economía y Hacienda para la presentación de las Cuentas Generales de la Generalidad que el concedido a la Sindicatura de Cuentas para su examen y censura, es por lo que se presenta la siguiente Ley.

Artículo único.

El artículo 8.2 de la Ley 6/1985, de 11 de mayo, queda redactado como sigue:

«Dos. El examen, la comprobación, así como la emisión y el envío a las Cortes Valencianas del informe correspondiente, se ha de realizar antes del 31 de diciembre del mismo año, con el fin de que éstas lo aprueben o hagan las oportunas observaciones.»

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, Tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda observen y hagan cumplir esta Ley.

Valencia, 23 de diciembre de 1988.‒El Presidente de la Generalidad, Joan Lerma i Blasco.

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» número 970, de 27 de diciembre de 1988)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 23/12/1988
  • Fecha de publicación: 28/01/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 16/01/1989
  • Publicada en el DOCV núm. 970, de 27 de diciembre de 1988.
Referencias anteriores
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Cuentas Generales de las Comunidades Autónomas

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