El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de enero actual, ha acordado que, habiendose observado errores materiales en la transcripción de los artículos cuestionados a que se refiere el auto de planteamiento, rectificarla en el sentido de que los artículos impugnados son:
a) 80),4; 81.1.1, a), y 86
b) 82.
c) 83.3, f),
d) 58.2, b).
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid a 16 de enero de 1989.-El Secretario de Justicia
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