El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de noviembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2.187/1989, promovida por el Juzgado de Instrucción de Daroca respecto del artículo 10, número 15, del Código Penal, por poder ser contrario a los artículos 1º. ,1, 9º. ,3, 10.1, 14, 15, 24.1 y 2 y 25.1 de la Constitución.
Lo que Se Publica para general conocimiento.
Madrid, 13 de noviembre De 1989. El Secretario de Justicia.
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