Advertida la omisión de los dos primeros apartados del número primero de la referida Orden publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 23 de diciembre de 1989, se transcribe a continuación el texto íntegro del mencionado número primero:
«Primero.-Se delegan en los Directores Provinciales, Jefes de Oficinas de Educación y Ciencia y Directores de los Servicios de Alta Inspección del Estado las siguientes atribuciones:
a) La disposición de los gastos que hayan de atenderse mediante los anticipos de Caja Fija asignados a las Cajas Pagadoras de ellos dependientes, imputables al Presupuesto de Gastos del Departamento.
b) Las propuestas de pago de los gastos correspondientes.
c) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con cargo a fondos de anticipos de Caja Fija.»
Madrid, 23 de diciembre de 1989.
SOLANA MADARIAGA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación e ilustrísimo señor Subsecretario.
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