Advertidos mores en el texto del Real Decreto 122/1989, de 3 de febrero, «Boletín Oficial del Estado» número 32, del día 7 de febrero de 1989, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
Página 3657, artículo 12, donde dice: «... juzgado de lo Penal número 1 de Santa Cruz de Tenerife...», debe decir «... y por el juzgado de lo Penal número 2 de Santa Cruz de Tenerife...».
Página 3658, artículos 19, 20, 21, 22 y 23, donde dice: «... Ley orgánica del Pododer Judicial», debe decir «... Ley Orgánica del Poder Judicial».
Artículo 23, donde dice: t.. los Juzgados de Distrito que corresponda...», debe decir. «... los Juzgados de Distrito que correspondan...».
Articulo 26, donde dice: «... cirunscripciones de nueva creación», debe decir «... circunscripciones de nueva creación».
Artículo 27, donde dice: «... se entienen producidos...», debe decir «... se entienden producidos...».
Articulo 29, donde dice «... en capitales donde exista audiencia provincial quedarán...», debe decir «... en capitales donde exista Audiencia Provincial quedarán..».
Página 3659, artículo 31, donde dice: «... los funcionarios del Cuero a extinguir...», debe decir «... los funcionarios del Cuerpo a extinguir...».
Articulo 32, donde dice «... concepto presupuestario 14.01 del Programa 142.», debe decir «... concepto presupuestario 141.01 del Programa 141.».
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