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Documento BOE-A-1989-4948

Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan las seleccionadoras ponderales automáticas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1989, páginas 6026 a 6033 (8 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1989-4948
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/12/28/(8)

TEXTO ORIGINAL

EL SISTEMA LEGAL DE UNIDADES DE MEDIDA, ASI COMO LOS PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES A LOS QUE HABRAN DE AJUSTARSE LA ORGANIZACION Y EL REGIMEN JURIDICO DE LA ACTIVIDAD METROLOGICA EN ESPAÑA, VIENEN ESTABLECIDOS EN LA ACTUALIDAD POR LA LEY 3/1985, DE 18 DE MARZO, DE METROLOGIA, UNA DE CUYAS PIEZAS CLAVES HA SIDO EL ESTABLECIMIENTO DE UN CONTROL METROLOGICO POR PARTE DEL ESTADO, AL QUE DEBERAN SOMETERSE, EN DEFENSA DE LA SEGURIDAD, DE LA PROTECCION DE LA SALUD Y DE LOS INTERESES ECONOMICOS DE LOS CONSUMIDORES, TODOS LOS INSTRUMENTOS, APARATOS, MEDIOS Y SISTEMAS DE MEDIDA, QUE SIRVAN PARA PESAR, MEDIR O CONTAR Y QUE HA SIDO DESARROLLADO POR EL REAL DECRETO 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE.

PRODUCIDA LA ADHESION DE ESPAÑA A LAS COMUNIDADES EUROPEAS, POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1296/1986, DE 28 DE JUNIO, SE MODIFICA LA LEY DE METROLOGIA PARA ADAPTARLA AL DERECHO DERIVADO COMUNITARIO, ESTABLECIENDOSE, ADEMAS DEL CONTROL DEL ESTADO, UN CONTROL METROLOGICO ESPECIAL, CON EFECTOS EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, DENOMINADO CONTROL METROLOGICO CEE, QUE SERA APLICABLE, SI LOS EQUIPOS DE CONTROL DE QUE DISPONE EL ESTADO LO PERMITEN, A LOS INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y A LOS METODOS DE CONTROL METROLOGICO REGULADOS POR LA DIRECTIVA ESPECIFICA DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA Y QUE HA SIDO REGLAMENTADO POR EL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO.

ENTRE LAS NORMAS COMUNITARIAS REGULADORAS DE INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y METODOS DE CONTROL METROLOGICO, SE ENCUENTRA LA DIRECTIVA 78/1031/CEE, DE 5 DE DICIEMBRE DE 1978, RELATIVA A LA APROXIMACION DE LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS.

LA PRESENTE ORDEN NO TIENE OTRO OBJETO QUE INCORPORAR AL DERECHO INTERNO ESPAÑOL LA DIRECTIVA MENCIONADA Y SE DICTA EN USO DE LA AUTORIZACION OTORGADA AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO POR LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTROL METROLOGICO CEE.

EN SU VIRTUD, DISPONGO:

PRIMERO. LAS SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS QUE SE DESCRIBEN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN SERAN OBJETO DEL CONTROL METROLOGICO DE APROBACION DE MODELO Y VERIFICACION PRIMITIVA, QUE SE EFECTUARA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTROL METROLOGICO CEE O, EN SU CASO, DE ACUERDO CON LO DETERMINADO EN EL REAL DECRETO 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CONTROL METROLOGICO QUE REALIZA LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.

SEGUNDO.

EL CONTROL METROLOGICO A QUE SE REFIERE EL APARTADO ANTERIOR, SE REALIZARA POR EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE FIGURAN EN EL MENCIONADO ANEXO.

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 28 DE DICIEMBRE DE 1988.

SAENZ COSCULLUELA

ILMOS. SRES.

SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISNO Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL.

ANEXO

EL PRESENTE ANEXO ESTABLECE LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS DE FABRICACION Y DE FUNCIONAMIENTO A LAS QUE DEBERAN AJUSTARSE LAS SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS PARA PODER SER IMPORTADAS, COMERCIALIZADAS Y UTILIZADAS LIBREMENTE DESPUES DE HABER SIDO SOMETIDAS A LOS CONTROLES PERTINENTES Y DE HABER RECIBIDO LAS MARCAS Y SIGNOS PREVISTOS.

CAPITULO PRIMERO

DEFINICIONES Y TERMINOLOGIA

1. DEFINICIONES GENERALES

LAS SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS DE CONTROL Y DE CLASIFICACION DISTRIBUYEN UN CONJUNTO DE OBJETOS EN DOS O MAS SUBCONJUNTOS, EN FUNCION DE SU MASA.

1.1 SELECCIONADORAS PONDERALES DE CONTROL. INSTRUMENTOS QUE DISTRIBUYEN UN CONJUNTO DE OBJETOS CUYAS MASAS RESPECTIVAS VARIAN EN TORNO A UN VALOR PREDETERMINADO LLAMADO MASA NOMINAL.

LA MISION DE LAS SELECCIONADORAS PONDERALES DE CONTROL ES AGRUPAR LOS OBJETOS EN DOS O MAS SUBCONJUNTOS, EN FUNCION DEL VALOR DE LA DIFERENCIA ENTRE SU MASA Y LA MASA NOMINAL.

1.2 SELECCIONADORAS PONDERALES DE CLASIFICACION. INSTRUMENTOS QUE DISTRIBUYEN UN CONJUNTO DE OBJETOS DE MASAS DIFERENTES PARA LAS QUE NO EXISTE MASA NOMINAL PREDETERMINADA.

LA MISION DE ESTAS SELECCIONADORAS, EN ADELANTE DENOMINADAS SELECCIONADORAS DE CLASIFICACION, ES CLASIFICAR LOS OBJETOS EN VARIOS SUBCONJUNTOS, CADA UNO DE LOS CUALES SE CARACTERIZA POR UN INTERVALO DE MASA DETERMINADA.

1.3 LA PRESENTE DISPOSICION NO SE APLICARA A LOS INTRUMENTOS DE PESAJE CON CALCULO AUTOMATICO DE PRECIOS Y CON IMPRESION AUTOMATICA DE ETIQUETAS, NI TAMPOCO A LAS SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS DE CLASIFICACION PARA LOS HUEVOS.

SE ELABORARAN POSTERIORMENTE DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS APLICABLES A LAS SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS PROVISTAS DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS, QUE POR EL MOMENTO NO SON SUSCEPTIBLES DE OBTENER APROBACION DE MODELO.

2.

TERMINOLOGIA

2.1 CLASIFICACION SEGUN LA MODALIDAD DE CONTROL O DE CLASIFICACION.

2.1.1 INSTRUMENTOS QUE DISTRIBUYEN LOS OBJETOS EN CONJUNTOS QUE SALEN POR SEPARADO DEL INSTRUMENTO.

2.1.2 INSTRUMENTOS QUE DISTRIBUYEN LOS OBJETOS COLOCANDO EN CADA UNO DE ELLOS UNA MARCA DISTINTIVA DEL CONJUNTO AL QUE PERTENECEN.

2.1.3 INSTRUMENTOS QUE ENUMERAN LOS OBJETOS DE CADA CONJUNTO, SIN SEPARARLOS.

2.1.4 INSTRUMENTOS QUE EMITEN UNA SEÑAL OPTICA O ACUSTICA PARA CADA OBJETO DE UN CONJUNTO, SIN SEPARACION.

2.2 CLASIFICACION SEGUN LA MODALIDAD DE FUNCIONAMIENTO.

2.2.1 SELECCIONADORAS PONDERALES DE CONTROL O DE CLASIFICACION DE FUNCIONAMIENTO CONTINUO.

INSTRUMENTOS CON DESPLAZAMIENTO CONTINUO DE LAS CARGAS.

EL DESPLAZAMIENTO DE LAS CARGAS SOBRE EL RECEPTOR DE CARGA ES CONTINUO Y LA INFORMACION RELATIVA A LA MASA SE OBTIENE EN EL CURSO DE ESTE DESPLAZAMIENTO.

2.2.2 SELECCIONADORAS PONDERALES DE CONTROL O DE CLASIFICACION DE FUNCIONAMIENTO DISCONTINUO.

INSTRUMENTOS CON DESPLAZAMIENTO DISCONTINUO DE LAS CARGAS.

EL DESPLAZAMIENTO DE LAS CARGAS SOBRE EL RECEPTOR DE CARGA ES DISCONTINUO Y LA INFORMACION RELATIVA A LA MASA SE OBTIENE CUANDO LA CARGA ESTA EN LA PARADA.

2.3 COMPONENTES DEL INSTRUMENTO.

2.3.1 SISTEMA DE MEDIDA.

2.3.1.1 UNIDAD DE PESAJE. INSTRUMENTO DESTINADO A PROPORCIONAR INFORMACION RELATIVA A LA MASA DE LAS CARGAS A CONTROLAR O A CLASIFICAR. ESTA UNIDAD PODRA ESTAR CONSTITUIDA, EN SU TOTALIDAD O EN PARTE, POR UN INSTRUMENTO DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO.

COMPRENDE UN RECEPTOR DE CARGA, UN DISPOSITIVO EQUILIBRADOR DE CARGA Y, EVENTUALMENTE, UN DISPOSITIVO INDICADOR QUE SEÑALE, POR EJEMPLO, EL VALOR DE LA MASA DE LA CARGA O SU DESVIACION, EN UNIDADES DE MASA, RESPECTO A UN VALOR DE REFERENCIA.

2.3.1.2 DISPOSITIVO DE ARRANQUE. DISPOSITIVO DESTINADO A ORDENAR LA OBTENCION DE INFORMACION RELATIVA A LA MASA.

2.3.1.3 TRANSDUCTOR PROCESADOR. DISPOSITIVO QUE TRANSFORMA LA INFORMACION DE LA UNIDAD DE PESAJE EN UNA SEÑAL Y QUE PROCESA DICHA SEÑAL PARA DAR UNA ORDEN DE CONTROL O DE SELECCION.

2.3.1.4 DISPOSITIVO INDICADOR. DISPOSITIVO QUE SUMINISTRA, COMO MINIMO, UNA DE LAS SIGUIENTES INFORMACIONES:

VALOR DE LA MASA DE LA CARGA CONTROLADA.

DESVIACION DE ESTA ULTIMA RESPECTO A UN VALOR DE REFERENCIA.

INDICACION DEL SUBCONJUNTO AL QUE PERTENECE LA CARGA CONTROLADA O SELECCIONADA.

2.3.2 TRANSPORTADOR DE CARGAS. DISPOSITIVO QUE TIENE POR OBJETO TRASLADAR LAS CARGAS AL RECEPTOR DE CARGA Y HACER QUE ABANDONEN EL RECEPTOR: DICHO DISPOSITIVO PUEDE FORMAR PARTE DE LA UNIDAD DE PESAJE.

2.3.3 DISPOSITIVO DE PREDETERMINACION. DISPOSITIVO QUE PERMITE FIJAR LOS LIMITES, EN MASA, DE LOS SUBCONJUNTOS DE CARGA.

2.3.4 DISPOSITIVO DE SELECCION. DISPOSITIVO QUE PERMITE DISTRIBUIR AUTOMATICAMENTE LAS CARGAS EN SUBCONJUNTOS MATERIALMENTE DISTINTOS. NO ES NECESARIO QUE ESTE DISPOSITIVO FORME PARTE DEL INSTRUMENTO.

2.3.5 DISPOSITIVO DE CORRECCION (SERVO <FEED-BACK>). DISPOSITIVO CUYA MISION ES EFECTUAR AUTOMATICAMENTE, EN FUNCION DE LOS RESULTADOS DE LA OPERACION DE PESAJE, LAS CORRECCIONES DE REGLAJE DEL INSTRUMENTO, CONFORMANDO LAS CARGAS ANTES DE SU PASO POR LA SELECCIONADORA DE CONTROL.

2.3.6 CONTADOR. DISPOSITIVO QUE SEÑALA EL NUMERO DE CARGAS QUE PASAN POR EL RECEPTOR DE CARGA (CONTADOR DE PASOS), O EL NUMERO DE CARGAS DE CADA UNO DE LOS SUBCONJUNTOS (CONTADOR DE DISTRIBUCION).

2.4 CARGA DE PRUEBA ESTANDAR.

LA CARGA DE PRUEBA ESTANDAR ES LA CARGA QUE SE UTILIZA PARA DETERMINAR LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ) EN LAS CONDICIONES PRESCRITAS EN EL PUNTO 7.2.1.1.

2.5 CARACTERISTICAS METROLOGICAS.

2.5.1 PUNTO NOMINAL DE SELECCION. VALOR, EXPRESADO EN UNIDADES DE MASA, QUE SE FIJA POR EL OPERADOR, POR MEDIO DEL DISPOSITIVO DE PREDETERMINACION, CON EL FIN DE ESTABLECER EL LIMITE ENTRE DOS SUBCONJUNTOS CONSECUTIVOS DE CARGAS.

2.5.2 PUNTO EFECTIVO DE SELECCION. VALOR, EXPRESADO EN UNIDADES DE MASA, RESPECTO AL QUE PUEDEN TOMARSE DOS DECISIONES DE SELECCION DIFERENTES CON IDENTICA PROBABILIDAD RESPECTO A UNA MISMA CARGA.

2.5.3 ZONA DE SELECCION.

ZONA EN LA QUE EL PUNTO NOMINAL DE SELECCION PUEDE AJUSTARSE PARA UNA DETERMINADA MASA NOMINAL DE LAS CARGAS.

2.5.4 INTERVALO DE SELECCION. MAGNITUD, EXPRESADA EN UNIDADES DE MASA, DEL INTERVALO COMPRENDIDO ENTRE DOS PUNTOS NOMINALES DE SELECCION CONSECUTIVOS.

2.5.5 ERROR DE SELECCION. DIFERENCIA ENTRE LOS VALORES DE LOS PUNTOS NOMINAL Y EFECTIVO DE SELECCION.

2.5.6 CLASE PONDERAL. SUBCONJUNTO DE LAS CARGAS SITUADAS DENTRO DE UNA GAMA DE MASA DETERMINADA: N PUNTOS DE SELECCION DIVIDEN EL CONJUNTO DE LAS MASAS, DE CERO A INFINITO, EN (N + 1) CLASES PONDERALES.

2.5.7 ALCANCE MINIMO.

VALOR DE LA CARGA POR DEBAJO DEL CUAL ES POSIBLE QUE EL INSTRUMENTO NO IDENTIFIQUE O NO CLASIFIQUE CORRECTAMENTE LA CARGA EN EL SUBCONJUNTO AL QUE PERTENECE.

2.5.8 ZONA DE INDECISION. VALOR, EXPRESADO EN UNIDADES DE MASA, DEL INTERVALO DENTRO DEL CUAL ES INDETERMINADA LA DECISION DEL INSTRUMENTO.

2.5.8.1 ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ). VALOR, INDICADO POR EL FABRICANTE Y EXPRESADO EN UNIDADES DE MASA, DEL INTERVALO DENTRO DEL CUAL EL INSTRUMENTO PUEDE TOMAR DOS DECISIONES DIFERENTES PARA UNA CARGA DE PRUEBA ESTANDAR Y UNA DETERMINADA VELOCIDAD DE FUNCIONAMIENTO.

2.5.8.2 ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ). VALOR, INDICADO POR EL FABRICANTE Y EXPRESADO EN UNIDADES DE MASA, DEL INTERVALO DENTRO DEL CUAL EL INSTRUMENTO PUEDE TOMAR DOS DECISIONES DIFERENTES PARA UN PRODUCTO DADO Y UNA DETERMINADA VELOCIDAD DE FUNCIONAMIENTO.

2.5.8.3 ZONA DE INDECISION EFECTIVA (U A ). VALOR, CONFIRMADO POR EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, Y EXPRESADO EN UNIDADES DE MASA, DEL INTERVALO DENTRO DEL CUAL EL INSTRUMENTO PUEDE TOMAR DOS DECISIONES DIFERENTES PARA UNA CARGA DE PRUEBA ESTANDAR O UN PRODUCTO DADO, A UNA DETERMINADA VELOCIDAD DE FUNCIONAMIENTO.

EL VALOR CONVENCIAL ES IGUAL A 6S (DE 3S A + 3S, SIENDO S IGUAL A LA DESVIACION TIPICA.

2.5.9 CADENCIA DE CONTROL O DE SELECCION (VELOCIDAD DE FUNCIONAMIENTO).

NUMERO DE CARGAS CONTROLADAS O SELECCIONADAS POR UNIDAD DE TIEMPO.

2.5.10 LONGITUD DE LA CARGA. LONGITUD DE LA CARGA MEDIDA EN EL SENTIDO DE SU DESPLAZAMIENTO.

2.5.11 TIEMPO DE PESAJE. TIEMPO TRANSCURRIDO ENTRE EL INSTANTE A PARTIR DEL CUAL LA CARGA SE ENCUENTRA ENTERAMENTE SOBRE EL RECEPTOR DE CARGA Y EL INSTANTE EN EL QUE SE SUMINISTRA LA INFORMACION RELATIVA A LA MASA.

2.5.12 TIEMPO DE RESPUESTA. TIEMPO TRANSCURRIDO ENTRE EL INSTANTE EN EL QUE LA CARGA SE ENCUENTRA ENTERAMENTE SOBRE EL RECEPTOR DE CARGA Y EL INSTANTE EN EL CUAL LA RESPUESTA INSTANTENEA DE LA UNIDAD DE PESAJE DIFIERE DE LA RESPUESTA FINAL EN UNA CANTIDAD INFERIOR A U N

CARACTERISTICAS METROLOGICAS

(FIGURA OMITIDA)

CAPITULO II

PRESCRIPCIONES METROLOGICAS

3. GENERALIDADES

3.1 ESCALON DE LA UNIDAD DE PESAJE. CUANDO LA UNIDAD DE PESAJE INCLUYA UN DISPOSITIVO INDICADOR, GRADUADO EN UNIDADES DE MASA, EL ESCALON Y EL ESCALON DE VERIFICACION DEBERAN CUMPLIR LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO.

3.2 ZONA DE INDECISION ESTANDAR MAXIMA. SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO 5.1.2, LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ) MAXIMA DEBERA SER INFERIOR O IGUAL A:

1 GRAMO PARA LAS MASAS NOMINALES INFERIORES O IGUALES A 100 GRAMOS.

1 POR 100 PARA LAS MASAS NOMINALES SUPERIORES A 100 GRAMOS.

3.3 RELACION ENTRE LAS ZONAS DE INDECISION NOMINAL Y ESTANDAR. LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ) NO DEBERA SER INFERIOR A LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ).

4. ERRORES MAXIMOS TOLERADOS

4.1 ERRORES MAXIMOS TOLERADOS EN APROBACION DE MODELO.

4.1.1 UNIDAD DE PESAJE. CUANDO LA UNIDAD DE PESAJE INCLUYA UN DISPOSITIVO INDICADOR GRADUADO EN UNIDADES DE MASA, SE CONSIDERARA UN INSTRUMENTO DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO Y DEBERA RESPONDER, EN ENSAYO ESTATICO, A LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS PARA TAL INSTRUMENTO.

4.1.2 ZONA DE INDECISION EFECTIVA (U A ). LA O LAS ZONA(S) DE INDECISION EFECTIVA, DETERMINADA(S) EN EL CURSO DE LOS ENSAYOS REALIZADOS CONFORME A LAS DISPOSICIONES DEL CAPITULO V, NO DEBERA(N) SER SUPERIOR(ES) A 0,8 VECES LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ) .

4.1.3 ERROR DE SELECCION. EL ERROR DE SELECCION NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ).

4.1.4 VARIACION DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION EN FUNCION DEL TIEMPO. ESTA VARIACION NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ) DURANTE UN PERIODO DE FUNCIONAMIENTO DE OCHO HORAS.

4.1.5 VARIACION DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION EN FUNCION DE LA TEMPERATURA. LA VARIACION DE DICHO PUNTO NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ) PARA UNA VARIACION DE TEMPERATURA DE 5 C.

4.1.6 EFECTOS DEL DESCENTRADO DE LAS CARGAS. CUANDO LAS CARGAS PUEDAN PRESENTARSE DE FORMA DESCENTRADA, LA DESVIACION MAXIMA ENTRE LOS VALORES DE LAS MASAS NECESARIAS PARA ALCANZAR LA POSICION DE EQUILIBRIO, PARA UNA CARGA IGUAL AL ALCANCE MINIMO, NO DEBERA EXCEDER 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ), CUALQUIERA QUE SEA LA POSICION DE ESTAS CARGAS EN EL RECEPTOR DE CARGA.

4.2 ERRORES MAXIMOS TOLERADOS EN VERIFICACION PRIMITIVA.

4.2.1 UNIDAD DE PESAJE. CUANDO LA UNIDAD DE PESAJE INCLUYA UN DISPOSITIVO INDICADOR GRADUADO EN UNIDADES DE MASA, SE CONSIDERARA UN INSTRUMENTO DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO Y DEBERA RESPONDER, EN ENSAYO ESTATICO, A LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS PARA TAL INSTRUMENTO.

4.2.2 ZONA DE INDECISION EFECTIVA (U A ). LA O LAS ZONA(S) DE INDECISION EFECTIVA, DETERMINADA(S) EN EL CURSO DE LOS ENSAYOS EFECTUADOS CONFORME A LAS DISPOSICIONES DEL CAPITULO V, NO DEBERA(N) SER SUPERIOR(ES) A 0,8 VECES LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ).

4.2.3 ERROR DE SELECCION. EL ERROR DE SELECCION NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,8 VECES LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ).

4.2.4 VARIACION DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION EN FUNCION DEL TIEMPO. DICHA VARIACION NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ) DURANTE UN PERIODO DE FUNCIONAMIENTO DE OCHO HORAS.

4.2.5 VARIACION DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION EN FUNCION DE LA TEMPERATURA. DICHA VARIACION NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ) PARA UNA VARIACION DE TEMPERATURA DE 5 C.

4.3 ERRORES MAXIMOS TOLERADOS EN SERVICIO.

4.3.1 UNIDAD DE PESAJE. CUANDO LA UNIDAD DE PESAJE LLEVE UN DISPOSITIVO INDICADOR GRADUADO EN UNIDADES DE MASA, SE CONSIDERARA UN INSTRUMENTO DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO Y DEBERA RESPONDER, EN ENSAYO ESTATICO, A LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS PARA TAL INSTRUMENTO.

4.3.2 ZONA DE INDECISION EFECTIVA (U A ). LA ZONA DE INDECISION QUE SE DETERMINE DURANTE LOS ENSAYOS EFECTUADOS, DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL CAPITULO V, NO DEBERA SER SUPERIOR A LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ).

4.3.3 ERROR DE SELECCION. DICHO ERROR NO DEBERA SER SUPERIOR A 0,5 VECES LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ).

5. CONDICIONES DE APLICACION DE LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS

5.1 CONDICIONES NORMALES DE UTILIZACION.

5.1.1 MASA DE LAS CARGAS. LA MASA DE LAS CARGAS DEBE SITUARSE EN UNA ZONA DELIMITADA POR LOS ALCANCES MINIMO Y MAXIMO DEL INSTRUMENTO.

5.1.2 ALCANCE MINIMO. EL ALCANCE MINIMO NO DEBERA SER INFERIOR A

25 U N SI U N <= 200 MG.

50 U N SI 200 MG < U N <= 500 MG.

100 U N SI 500 MG < U N .

5.1.3 TIEMPO DE PESAJE. EL TIEMPO DE PESAJE DEBERA SER MAYOR O IGUAL AL TIEMPO DE RESPUESTA Y MENOR O IGUAL AL TIEMPO DURANTE EL CUAL LA CARGA SE ENCUENTRA ENTERAMENTE SOBRE EL RECEPTOR DE CARGA.

NO OBSTANTE, PODRA NO EXIGIRSE ESTA CONDICION CUANDO LOS PRINCIPIOS DE FABRICACION Y/O DE FUNCIONAMIENTO DEL INSTRUMENTO LO PERMITAN.

PARA CUALQUIER VELOCIDAD MENOR O IGUAL A LA VELOCIDAD MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO, EL ERROR DE SELECCION Y LA ZONA DE INDECISION DEBERAN MANTENERSE INFERIORES O IGUALES A LOS VALORES ESPECIFICADOS EN EL PUNTO 4.

5.2 FACTORES DE INFLUENCIA.

5.2.1 TEMPERATURA. EL INSTRUMENTO DEBERA SATISFACER LAS PRESCRIPCIONES DEL PUNTO 4 PARA CUALQUIER TEMPERATURA, PRACTICAMENTE CONSTANTE DE UNA ZONA QUE COMPRENDA, COMO MINIMO, 25 C.

CUANDO EL INSTRUMENTO ESTE DESTINADO A FUNCIONAR A TEMPERATURA BAJO CONTROL, LA ZONA DE TEMPERATURAS PODRA REDUCIRSE A 10 C.

SE CONSIDERARA QUE LA TEMPERATURA ES PRACTICAMENTE CONSTANTE CUANDO SE CUMPLAN LAS DOS CONDICIONES SIGUIENTES:

QUE LA DIFERENCIA ENTRE LAS TEMPERATURAS EXTREMAS REGISTRADAS DURANTE UN ENSAYO NO SEA SUPERIOR A 5 C.

QUE LA VARIACION DE TEMPERATURA NO SOBREPASE 1 C EN CINCO MINUTOS.

5.2.2 ALIMENTACION ELECTRICA. EL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION Y LA ZONA DE INDECISION EFECTIVA (U A ) DEBERAN AJUSTARSE A LAS EXIGENCIAS DEL PUNTO 4, CUANDO LAS CARACTERISTICAS DE LA CORRIENTE ELECTRICA DE ALIMENTACION VARIEN ENTRE LOS LIMITES SIGUIENTES:

DE - 15 POR 100 A + 10 POR 100 DEL VALOR NOMINAL DE LA TENSION, Y

DE - 2 POR 100 A + 2 POR 100 DE LA FRECUENCIA NOMINAL.

5.2.3 OTROS FACTORES DE INFLUENCIA. LOS INSTRUMENTOS DEBERAN AJUSTARSE A LAS EXIGENCIAS DEL PUNTO. 4, CUANDO ESTEN SOMETIDOS A LOS EFECTOS DE FACTORES DE INFLUENCIA DISTINTOS DE LOS PREVISTOS EN LOS PUNTOS 5.2.1 Y 5.2.2 Y QUE SEAN CONSECUENCIA DE LAS CONDICIONES DE INSTALACION Y DE LA UTILIZACION PREVISTA.

CAPITULO III

PRESCRIPCIONES TECNICAS

6. GENERALIDADES

6.1 ADECUACION. LOS INSTRUMENTOS DEBERAN DISEÑARSE DE MODO QUE RESPONDAN A LA FINALIDAD A LA QUE SE DESTINAN Y SU CONSTRUCCION DEBERA SER SOLIDA Y CUIDADA.

6.2 DESAJUSTES ACCIDENTALES. LOS INSTRUMENTOS DEBERAN CONSTRUIRSE DE MANERA QUE, EN GENERAL, NO PUEDAN PRODUCIRSE DESAJUSTES SUSCEPTIBLES DE PERTURBAR SU FUNCIONAMIENTO, SALVO QUE EL EFECTO DE ESTOS DESAJUSTES PUEDA DESCUBRIRSE FACILMENTE.

6.3 AMORTIGUADOR DE OSCILACIONES. LOS AMORTIGUADORES DE OSCILACIONES, CUYAS CARACTERISTICAS SE VEAN AFECTADAS POR LAS VARIACIONES DE TEMPERATURA HASTA EL PUNTO DE QUE SU FUNCIONAMIENTO NO SEA CORRECTO Y QUE LA PRECISION DEL INSTRUMENTO QUEDE FUERA DE LOS LIMITES DE TOLERANCIA EXIGIDOS, DEBERAN ESTAR PROVISTOS DE UN ORGANO DE REGLAJE AUTOMATICO.

CONVENDRA INDICAR EL MOMENTO EN QUE DICHO DISPOSITIVO SE ENCUENTRA A LA TEMPERATURA CORRECTA.

EL AMORTIGUADOR DE OSCILACIONES NO DEBERA SER DIRECTAMENTE ACCESIBLE A PERSONAS NO AUTORIZADAS.

6.4 TRANSPORTADOR.

CUANDO UN TRANSPORTADOR LLEVE INCORPORADAS BANDAS, CINTAS O CADENAS DESTINADAS A TRASLADAR LAS CARGAS AL RECEPTOR DE CARGA Y CUANDO DICHAS BANDAS, CINTAS O CADENAS ESTEN PROVISTAS DE DISPOSITIVOS REGULADORES DE TENSION, ESTOS DISPOSITIVOS NO DEBERAN SER DIRECTAMENTE ACCESIBLES SI EL REGLAJE DE LA TENSION PUEDE AFECTAR A LA INFORMACION RELATIVA A LA MASA SUMINISTRADA POR LA UNIDAD DE PESAJE.

6.5 DISPOSITIVO DE NIVELACION.

6.5.1 LOS INSTRUMENTOS DEBERAN MANTENERSE NIVELADOS.

6.5.2 SI LOS INSTRUMENTOS PUEDEN DESPLAZARSE DEBERAN SER PROVISTOS DE UN DISPOSITIVO DE NIVELACION Y DE UN INDICADOR DE NIVELACION, O BIEN RESPONDER A LAS EXIGENCIAS FIJADAS EN EL PUNTO 4, CUANDO ESTEN INCLINADOS HASTA UN 5 POR 100 EN SENTIDO LONGITUDINAL O TRANSVERSAL.

6.5.3 CUANDO EL INSTRUMENTO ESTE PROVISTO DE UN INDICADOR DE NIVELACION PARA SATISFACER LOS REQUISITOS DEL PUNTO 6.5.2, LA SENSIBILIDAD DE ESTE DISPOSITIVO DEBERA SER TAL QUE SU ELEMENTO MOVIL SE DESPLACE POR LO MENOS 2 MILIMETROS PARA UNA INCLINACION DE 0,5 POR 100.

6.6 DISPOSITIVO DE EQUILIBRADO Y DISPOSITIVO DE PREDETERMINACION. EL REGLAJE DE LOS DISPOSITIVOS DE MANDO DEL EQUILIBRADOR DE CARGA Y DEL DISPOSITIVO DE PREDETERMINACION DEBE PODER EFECTUARSE CON UNA PRECISION, COMO MINIMO, IGUAL A LA CUARTA PARTE DE LA ZONA DE INDECISION NOMINAL, CON CARGA O SIN ELLA, SEGUN LA MODALIDAD DE FUNCIONAMIENTO.

6.7 MASAS AMOVIBLES. LAS MASAS AMOVIBLES DEBEN SER, BIEN PESOS DE CLASE DE PRECICION MEDIA O DE MAYOR PRECISION, DE ACUERDO CON LAS PRESCRIPCIONES ESTABLECIDAS PARA LAS MISMAS, BIEN MASAS ESPECIALMENTE DESTINADAS PARA EL INSTRUMENTO, QUE DEBERAN DIFERENCIARSE DE LAS PRIMERAS POR SU FORMA E IDENTIFICARSE COMO PERTENECIENTES AL INSTRUMENTO.

6.8 INDICACIONES CARACTERISTICAS.

6.8.1 INDICACIONES OBLIGATORIAS. LOS INSTRUMENTOS DEBERAN LLEVAR CONSIGNADAS LAS SIGUIENTES INDICACIONES:

MARCA DE IDENTIFICACION DEL FABRICANTE.

MARCA DE IDENTIFICACION DEL IMPORTADOR, EN SU CASO.

NUMERO DE SERIE Y DESIGNACION DEL TIPO DE INSTRUMENTO.

SIGNO DE LA APROBACION DE MODELO.

ALCANCE MAXIMO, EN LA FORMA:

MAX ........

ALCANCE MINIMO, EN LA FORMA: MIN ........

ZONA DE LA INDECISION NOMINAL, EN LA FORMA: U N .......

VELOCIDAD DE FUNCIONAMIENTO, EN LA FORMA: ....... (NUMERO DE CARGAS)/MINUTO.

TIEMPO DE RESPUESTA, EN LA FORMA: T .......

ESCALON DE VERIFICACION DE LA UNIDAD DE PESAJE, CONFORME A LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO.

TEMPERATURAS LIMITES: ........ C ....... C.

TENSION DEL CIRCUITO ELECTRICO DE ALIMENTACION, EN LA FORMA: ........ V.

FRECUENCIA DEL CIRCUITO ELECTRICO DE ALIMENTACION, EN LA FORMA: .......

HZ.

MARCA DE IDENTIFICACION EN LAS PARTES DEL INSTRUMENTO QUE NO ESTEN FIJADAS DIRECTAMENTE SOBRE LA PARTE PRINCIPAL.

6.8.2 INDICACIONES COMPLEMENTARIAS. EN LA APROBACION DE MODELO SE PODRAN EXIGIR UNA O VARIAS INDICACIONES COMPLEMENTARIAS SEGUN LA UTILIZACION PARTICULAR DEL INSTRUMENTO.

6.8.3 PRESENTACION DE LAS INDICACIONES CARACTERISTICAS. LAS INDICACIONES CARACTERISTICAS DEBERAN SER INDELEBLES Y ESTAR DISEÑADAS DE TAL MANERA QUE SU TAMAÑO, FORMA Y CLARIDAD PERMITAN UNA LECTURA FACIL EN LAS CONDICIONES NORMALES DE UTILIZACION DEL INSTRUMENTO.

DEBERAN AGRUPARSE EN UN LUGAR MUY VISIBLE DEL INSTRUMENTO, BIEN SOBRE UNA PLACA CARACTERISTICA FIJADA CERCA DEL DISPOSITIVO INDICADOR, BIEN SOBRE EL PROPIO DISPOSITIVO INDICADOR.

LA PLACA EN QUE SE CONSIGNEN ESTAS INDICACIONES DEBERA PODER PRECINTARSE, SALVO QUE SU LEVANTAMIENTO PRODUZCA SU DESTRUCCION.

6.8.4 PUNZONADO. LA PLACA CARACTERISTICA PODRA INCLUIR UNA ZONA DE PUNZONADO. CUANDO FALTE ESTA, DEBERA FIJARSE CERCA DE LA PLACA UN DISPOSITIVO DESTINADO A ESTE FIN.

CAPITULO IV

CONTROLES METROLOGICOS

LA APROBACION DE MODELO Y LA VERIFICACION PRIMITIVA DE LAS SELECCIONADORAS PONDERALES AUTOMATICAS DE CONTROL Y DE CLASIFICACION DEBERAN EFECTUARSE CONFORME A LAS DISPOSICIONES DE LOS REALES DECRETOS 597/1988, DE 10 DE JUNIO, O 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE, SEGUN EL CASO.

7. APROBACION DE MODELO

7.1 SOLICITUD DE APROBACION DE MODELO. LA SOLICITUD DE APROBACION DE MODELO DEBERA IR ACOMPAÑADA DE UN EJEMPLAR DEL INSTRUMENTO CUYA APROBACION SE SOLICITA Y DE LAS INFORMACIONES Y DOCUMENTOS SIGUIENTES:

7.1.1 CARACTERISTICAS METROLOGICAS:

CARACTERISTICAS PARTICULARES DE LA UNIDAD DE PESAJE.

VELOCIDAD MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO, TENIENDO EN CUENTA LA VELOCIDAD DEL TRANSPORTADOR DE CARGA Y LA LONGITUD DE LA CARGA.

CARACTERISTICAS ELECTRICAS DE LOS COMPONENTES DEL SISTEMA DE MEDIDA.

7.1.2 DOCUMENTOS DESCRIPTIVOS:

ESQUEMAS, GENERALES.

FOTOGRAFIAS Y, CUANDO SEA NECESARIO, ESQUEMAS O MODELOS DE LAS PARTES DEL INSTRUMENTO QUE PRESENTEN INTERES METROLOGICO.

DIAGRAMA ESQUEMATICO DEL MODO DE FUNCIONAMIENTO Y DESCRIPCION TECNICA DEL INSTRUMENTO.

7.2 EXAMEN CON VISTAS A LA APROBACION DE MODELO.

7.2.1 ENSAYOS PARA LA APROBACION DE MODELO. LOS INSTRUMENTOS DEBERAN SATISFACER LAS EXIGENCIAS METROLOGICAS PRECISADAS EN LOS PUNTOS 3, 4.1 Y 5, EN FUNCION DE LA ZONA DE INDECISION ESTANDAR (U S ), PARA LAS CARGAS DE PRUEBA ESTANDAR Y EN LAS CONDICIONES CORRESPONDIENTES A LA ZONA DE FUNCIONAMIENTO DEFINIDA POR LOS ALCANCES MINIMO Y MAXIMO Y LAS VELOCIDADES MINIMA Y MAXIMA DEL INSTRUMENTO.

CUANDO LOS INSTRUMENTOS PRESENTEN VARIOS PUNTOS NOMINALES DE SELECCION, LOS ENSAYOS DEBERAN LLEVARSE A CABO EN DOS DE ESTOS PUNTOS, COMO

MINIMO.

CARGA DE PRUEBA ESTANDAR.

ESTE TIPO DE CARGA DEBERA UTILIZARSE EN TODOS LOS ENSAYOS QUE SE EFECTUEN PARA LA APROBACION DE MODELO.

PARA ESTA CARGA DE PRUEBA, DEBERAN TOMARSE EN CONSIDERACION LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:

MASA <M> = MAX., MIN. Y 1/2 (MAX. + MIN.).

LONGITUD <L> (CENTIMETROS) = M(GRAMOS) +-20 POR 100.

3

ALTURA <H> = L/2.

MASA CONSTANTE.

MATERIALES SOLIDOS.

MATERIALES NO HIGROSCOPICOS.

MATERIALES NO ELECTROSTATICOS.

EVITAR LOS CONTACTOS ENTRE METALES.

7.2.1.1 ENSAYOS ESTATICOS.

7.2.1.1.1 ENSAYOS DE DESCENTRADO DE LAS CARGAS. CUANDO LAS CARGAS PUEDAN PRESENTARSE DE FORMA DESCENTRADA SOBRE EL RECEPTOR DE CARGA, DEBERA EFECTUARSE UN ENSAYO CON UNA CARGA IGUAL AL ALCANCE MINIMO, Y COLOCADA SUCESIVAMENTE EN CUALQUIER PUNTO DEL RECEPTOR DE CARGA. LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS SE ESPECIFICAN EN EL PUNTO 4.1.6.

7.2.1.1.2 ENSAYOS PARTICULARES PARA LOS INSTRUMENTOS CUYA UNIDAD DE PESAJE ESTE CONSTITUIDA POR UN INSTRUMENTO DE PESAJE COMPLETO DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO.

LA UNIDAD DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO DEBERA SOMETERSE A LOS ENSAYOS DE SENSIBILIDAD, DE MOVILIDAD Y DE PRECISION QUE SE ESTABLECEN EN LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO.

LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS SERAN IDENTICOS A LOS QUE SE IMPONEN A LOS INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMATICO, TENIENDO EN CUENTA SU ESCALON DE VERIFICACION Y SU CLASE DE PRECISION.

7.2.1.2 MEDIDA DEL TIEMPO DE RESPUESTA. EL TIEMPO DE RESPUESTA DEBERA MEDIRSE EN CONDICIONES DE ENSAYO ESTABLES Y EN AUSENCIA DE EFECTOS ATRIBUIBLES A FACTORES DE INFLUENCIA PERJUDICIALES. LOS VALORES QUE SE OBTENGAN NO DEBERAN SER SUPERIORES A LOS QUE FIGURAN EN LAS INDICACIONES CARACTERISTICAS.

LOS DATOS, A LOS QUE SE REFIERE EL PUNTO 7.1.1, RELATIVOS A LA VELOCIDAD MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO COMO FUNCION DE LA VELOCIDAD DEL TRANSPORTADOR DE CARGA Y DE LA LONGITUD DE LA CARGA, DEBERAN SER COMPATIBLES CON LOS VALORES QUE SE OBTENGAN PARA EL TIEMPO DE RESPUESTA.

7.2.1.3 ENSAYOS EN LAS CONDICIONES NORMALES DE UTILIZACION.

7.2.1.3.1 ZONA DE INDECISION Y ERROR DE SELECCION.

LOS ENSAYOS DEBERAN REALIZARSE CON ARREGLO AL METODO C QUE SE DESCRIBE EN EL PUNTO 10.3 DEL CAPITULO V.

7.2.1.3.2 VARIACION DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION EN FUNCION DEL TIEMPO. ESTOS ENSAYOS DEBERAN REALIZARSE CON CARGAS DE PRUEBA ESTANDAR, SIN MODIFICACION DE LOS REGLAJES DEL INSTRUMENTO Y SIN VARIACION DE LOS FACTORES DE INFLUENCIA; DEBERAN REPETIRSE VARIAS VECES DURANTE UN PERIODO DE FUNCIONAMIENTO DE OCHO HORAS. PARA OBTENER LOS RESULTADOS REQUERIDOS SE PODRA RECURRIR DURANTE LOS ENSAYOS A METODOS DE MEDIDA ELECTRICA.

7.2.1.3.3 VARIACION DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION EN FUNCION DE LA TEMPERATURA. ESTOS ENSAYOS DEBERAN EFECTUARSE CON CARGAS DE PRUEBA ESTANDAR SIN MODIFICACION DE LOS REGLAJES DEL INSTRUMENTO Y SIN VARIACION DE LOS FACTORES DE INFLUENCIA, SALVO LA TEMPERATURA; DEBERAN REPETIRSE VARIAS VECES HACIENDO VARIAR LA TEMPERATURA DENTRO DE LOS LIMITES INDICADOS POR EL FABRICANTE. PARA OBTENER LOS RESULTADOS REQUERIDOS SE PODRA RECURRIR DURANTE LOS ENSAYOS A METODOS DE MEDIDA ELECTRICA.

7.2.2 ENSAYOS DE CONFORMIDAD CON LAS EXIGENCIAS TECNICAS. ESTOS ENSAYOS DEBERAN PERMITIR VERIFICAR LA CONFORMIDAD DE LOS INSTRUMENTOS CON LAS EXIGENCIAS TECNICAS ESPECIFICADAS EN EL CAPITULO III.

7.2.3 ASISTENCIA PARA LA REALIZACION DE LOS ENSAYOS. PARA LOS ENSAYOS DE CONTROL, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA PODRA EXIGIR AL SOLICITANTE LAS CARGAS DE PRUEBA ESTANDAR, LOS MEDIOS PARA SU MANEJO, EL PERSONAL CUALIFICADO COMPETENTE Y LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL NECESARIOS.

7.2.4 LUGAR DE LOS ENSAYOS. LOS INSTRUMENTOS, PARA LOS QUE SE HUBIERA SOLICITADO LA APROBACION, PODRAN INSTALARSE:

EN LOS LOCALES DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, O

EN CUALQUIER LUGAR QUE SE ESTIME CONVENIENTE, PREVIO ACUERDO ENTRE EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA Y EL SOLICITANTE.

8.

VERIFICACION PRIMITIVA

8.1 ENSAYOS DE VERIFICACION PRIMITIVA. LOS INSTRUMENTOS DEBERAN SATISFACER LAS EXIGENCIAS PREVISTAS EN LOS PUNTOS 3, 4.2, 5 Y 6, EN FUNCION DE LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ), PARA UNO O VARIOS PRODUCTOS DADOS, Y EN LAS CONDICIONES CORRESPONDIENTES A LA ZONA DE FUNCIONAMIENTO DEFINIDA POR LOS ALCANCES MINIMO Y MAXIMO Y LAS VELOCIDADES MINIMA Y MAXIMA DEL INSTRUMENTO.

LA VERIFICACION PRIMITIVA SE EFECTUARA EN UNA O EN DOS FASES.

8.1.1 ENSAYOS CORRESPONDIENTES A LA PRIMERA FASE.

SE EFECTUARAN ENSAYOS ESTATICOS CON ARREGLO AL PUNTO 7.2.1.1.

8.1.2 ENSAYOS CORRESPONDIENTES A LA SEGUNDA FASE.

LA ZONA DE INDECISION Y EL ERROR DE SELECCION DEBERAN VERIFICARSE SEGUN UNO DE LOS METODOS DESCRITOS EN EL CAPITULO V, Y CON LOS PRODUCTOS PARA LOS QUE ESTA PREVISTO EL INSTRUMENTO. EN CUALQUIER CASO DEBERA REALIZARSE POR LO MENOS UN ENSAYO PARA EL ALCANCE MINIMO.

EN CASO DE IMPUGNACION, EL METODO C SERVIRA DE METODO DE REFERENCIA.

8.2 ASISTENCIA DURANTE LOS ENSAYOS. PARA LOS ENSAYOS DE CONTROL, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA PODRA EXIGIR AL SOLICITANTE LAS CARGAS DE PRUEBA, LOS MEDIOS PARA SU MANEJO, EL PERSONAL CUALIFICADO COMPETENTE Y LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL NECESARIOS.

8.3 LUGAR DE LA VERIFICACION PRIMITIVA.

LA PRIMERA FASE DE LA VERIFICACION PODRA REALIZARSE EN FABRICA O EN CUALQUIER OTRO LUGAR APROPIADO, PREVIO ACUERDO CON EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA; LA SEGUNDA FASE DEBERA EFECTUARSE EN EL LUGAR DE INSTALACION DEL INSTRUMENTO.

CUANDO LA VERIFICACION PRIMITIVA CONSTE DE UNA SOLA FASE DEBERA EFECTUARSE EN EL LUGAR DE INSTALACION DEL INSTRUMENTO.

9.

CONTROL EN SERVICIO

9.1 ENSAYOS EN SERVICIO. CUANDO SE TENGAN QUE REALIZAR ENSAYOS DE ESTE TIPO SE APLICARAN LAS DISPOSICIONES DEL PUNTO 4.3.

CAPITULO V

METODOS DE ENSAYO

10.1 METODO DE LAS CARGAS CRECIENTES (METODO A)

10.1.1 PROCEDIMIENTO.

10.1.1.1 SE UTILIZARA UNA CARGA DE PRUEBA IGUAL A LA CARGA DESEADA.

10.1.1.2 AJUSTAR EL PUNTO DE SELECCION OBJETO DEL ENSAYO DE MANERA QUE APAREZCA LA SEÑAL <RECHAZO> EN CADA UNA DE LAS <N> PESADAS.

CUANDO UN INSTRUMENTO TENGA VARIOS PUNTOS DE SELECCION Y SU INTERVALO DE SELECCION SEA PEQUEÑO SE TOMARAN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE EL PUNTO, O LOS PUNTOS, DE SELECCION NO UTILIZADO(S) SE DISTINGA(N) PERFECTAMENTE DEL PUNTO DE SELECCION OBJETO DE ENSAYO, CON EL FIN DE EVITAR POSIBLES INTERFERENCIAS DURANTE LOS ENSAYOS.

10.1.1.3 INCREMENTAR LA CARGA EN UN VALOR PROXIMO A LA DECIMA PARTE DE LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ) QUE SE INDIQUE EN EL INSTRUMENTO, Y HACER PASAR <N> VECES DICHA CARGA DE PRUEBA POR EL INSTRUMENTO.

10.1.1.4 CONTINUAR EL ENSAYO AUMENTANDO PROGRESIVAMENTE LA CARGA DE PRUEBA HASTA QUE APAREZCA LA SEÑAL <ACEPTACION> POR LO MENOS UNA VEZ DURANTE LAS <N> PESADAS.

10.1.1.5 CONTINUAR EL ENSAYO AUMENTANDO PROGRESIVAMENTE LA CARGA DE PRUEBA HASTA QUE APAREZCA LA SEÑAL <ACEPTACION> EN CADA UNA DE LAS <N> PESADAS.

10.1.1.6 PROSEGUIR LA OPERACION AUMENTANDO TODAVIA VARIAS VECES LA CARGA.

10.1.1.7 ANOTAR LOS RESULTADOS.

10.1.1.8 REPETIR LA OPERACION CON LAS MISMAS CARGAS DE PRUEBA, DISMINUYENDO PROGRESIVAMENTE LAS CARGAS O UTILIZANDO CARGAS ALEATORIAS.

CUANDO SE APLIQUE ESTE ULTIMO METODO SE UTILIZARA UNA CARGA DE PRUEBA PARA CADA AUMENTO PROGRESIVO DEL PESO.

10.1.1.9 ANOTAR LOS RESULTADOS.

10.1.2 CALCULOS.

10.1.2.1 EN FUNCION DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS, CALCULAR, EN PORCENTAJE, EL NUMERO DE RECHAZOS Y DE ACEPTACIONES.

10.1.2.2 REPRESENTAR SOBRE PAPEL DE CALCULO DE PROBABILIDADES LA RELACION ENTRE LAS CARGAS CRECIENTES Y EL PORCENTAJE DE RECHAZOS.

10.1.2.3 ELEGIR EN LA RECTA QUE DEBERA OBTENERSE, UN INTERVALO ADECUADO A UNO Y OTRO LADO DEL PUNTO CORRESPONDIENTE AL 50 POR 100 (LOS VALORES DE LOS INTERVALOS 2,275 POR 100-50 POR 100 Y 50 POR 100-97,725 POR 100; CORRESPONDEN CADA UNO A 2 S.

10.1.2.4 LEER EL INTERVALO DE LOS PESOS CORRESPONDIENTES A ESTOS PUNTOS.

10.1.2.5 EL VALOR DE UN INTERVALO DE PESOS DIVIDIDO POR 2 DA EL VALOR DE S.

10.1.2.6 PODRA ENTONCES ESTIMARSE EL VALOR CONVENCIONAL DE LA ZONA DE INDECISION (6 S).

10.1.2.7 EL VALOR DEL PUNTO CORRESPONDIENTE AL 50 POR 100 (EL PUNTO MEDIO DE LA ZONA DE INDECISION), SERA EL VALOR DEL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION.

10.1.2.8 EL ERROR DE SELECCION VENDRA DADO POR LA DIFERENCIA ENTRE EL PUNTO NOMINAL DE SELECCION Y EL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION QUE SE OBTENGA.

10.2 METODO DE LAS CARGAS CRECIENTES Y DECRECIENTES (METODO B)

10.2.1 PROCEDIMIENTO.

10.2.1.1 SE ELEGIRA UNA CARGA DE PRUEBA, CUYO VALOR DEBERA SER INFERIOR AL DEL PUNTO DE SELECCION APROXIMADAMENTE EN CINCO VECES LA ZONA DE INDECISION NOMINAL U N

10.2.1.2 SE ELEGIRA UN VALOR <D> PARA EL AUMENTO DE BASE DE LAS CARGAS. DICHO AUMENTO DEBERA SER DEL ORDEN DE U N /4, SIENDO U N LA ZONA DE INDECISION NOMINAL QUE SE INDICA EN EL INSTRUMENTO. (EL VALOR ESCOGIDO DEBERA PERMITIR UTILIZAR PESAS ESTANDAR Y SIMPLIFICAR LOS CALCULOS: PODRA SER IGUAL, POR EJEMPLO, A 10, 20, 50, 100, 200, 500).

10.2.1.3 SE PASARA VARIAS VECES LA CARGA DE PRUEBA POR EL INSTRUMENTO DESPUES DE HABER APLICADO LOS AUMENTOS ADECUADOS ENTRE LOS DIFERENTES PASOS, DE FORMA QUE EL VALOR DE LA CARGA DE ENSAYO Y DE LA CARGA AÑADIDA, QUE REPRESENTAN UNA MASA TOTAL M O , SE SITUE DENTRO DE LA ZONA DE INDECISION CORRESPONDIENTE AL PUNTO DE SELECCION ELEGIDO. EN ESTAS CONDICIONES, EL INSTRUMENTO ESTA LISTO PARA REGISTRAR LOS RESULTADOS.

10.2.1.4 EL ENSAYO SE CONTINUARA COMO SIGUE:

LA CARGA M O SE COLOCARA EN EL INSTRUMENTO. SI ESTA CARGA DA LUGAR A UNA SEÑAL DE <RECHAZO>, SE EFECTUARA UN SEGUNDO ENSAYO CON UNA CARGA (M O + D); SIN EMBARGO, CUANDO DE LUGAR A UNA SEÑAL DE <ACEPTACION>, SE REALIZARA UN SEGUNDO ENSAYO CON UNA CARGA (M O - D).

ESTE METODO DE ENSAYO, QUE CONSISTE EN AÑADIR O SUSTRAER UN VALOR <D> SEGUN EL RESULTADO DE LA OPERACION, SE REPETIRA HASTA OBTENER EL NUMERO REQUERIDO DE PASOS.

10.2.1.5 LOS RESULTADOS OBTENIDOS DEBERAN ANOTARSE EN UNA TABLA QUE ADOPTARA LA FORMA INDICADA EN EL PUNTO 10.2.3:

CADA LINEA DE LA TABLA CORRESPONDERA A UN VALOR PARTICULAR DE LA CARGA (M O +- ID), Y EL NUMERO TOTAL DE LINEAS ABARCARA LA ANCHURA DE LA ZONA DE INDECISION. TODOS LOS RESULTADOS SE ANOTARAN EN LA TABLA EN FORMA CODIFICADA; POR EJEMPLO, SE PUEDE UTILIZAR EL CODIGO <X> CUANDO APAREZCA LA SEÑAL DE <RECHAZO> Y EL CODIGO <O> CUANDO APAREZCA LA SEÑAL DE <ACEPTACION>.

10.2.2 CALCULOS.

10.2.2.1 ZONA DE INDECISION.

(CUADRO OMITIDO)

SE CUENTA EL NUMERO DE <X> Y DE <O> EN CADA LINEA (M O +- ID), ASIMISMO, PARA OBTENER EL NUMERO NX DE <X> Y EL NUMERO NO DE <O>, SE SUMARAN LOS VALORES QUE FIGUREN EN CADA UNA DE LAS COLUMNAS.

A EFECTOS DE CALCULO SE UTILIZARAN LOS VALORES CORRESPONDIENTES AL TOTAL MAS BAJO, LO MISMO SE TRATE DE LOS VALORES <X> O DE LOS <O>, DADO QUE DICHOS VALORES PROPORCIONAN APROXIMADAMENTE LA MISMA INFORMACION ESTADISTICA.

LA ZONA DE INDECISION SE CALCULARA DE ACUERDO CON LA FORMULA SIGUIENTE:

(FORMULA OMITIDA)

10.2.2.2 PUNTO DE SELECCION (PUNTO 2.5.2). EL PUNTO DE SELECCION SE CALCULARA DE ACUERDO CON LA FORMULA SIGUIENTE:

(FORMULA OMITIDA)

EL SIGNO (+) DEBE APLICARSE CUANDO EL CALCULO SE BASE EN LOS RECHAZOS (X), Y EL SIGNO (-), CUANDO EL CALCULO SE BASE EN LAS ACEPTACIONES (O).

SE CALCULARA EL ERROR DE SELECCION OBTENIENDO LA DIFERENCIA ENTRE EL PUNTO EFECTIVO DE SELECCION (M) (OBTENIDO SEGUN EL CALCULO ANTERIOR), Y EL PUNTO NOMINAL DE SELECCION.

10.2.2.3 DESVIACION TIPICA DE LOS VALORES CALCULADOS.

10.2.2.3.1 ZONA DE INDECISION (U A ). LA DESVIACION TIPICA DE LA VARIABLE U A (OBTENIDA EN EL PUNTO 10.2.2.1), PODRA ESTIMARSE SEGUN LA FORMULA SIGUIENTE:

(FORMULA OMITIDA)

EL VALOR DEL COEFICIENTE H VARIA EN FUNCION DE LA RELACION

D / UA CONFORME A LA TABLA DEL PUNTO 10.2.2.3.1.1.

EL METODO MATEMATICO DE CALCULO DE LA ZONA DE INDECISION SOLO SERA VALIDO CUANDO:

D/UA </= 1/3

10.2.2.3.1.1 LOS VALORES DE H FUNCION DE D/UA SON LOS SIGUIENTES:

D 0,1 0,13 0,17 0,20 0,23 0,27 0,30 0,33;

H 1,6 1,47 1,38 1,32 1,30 1,25 1,25 1,25.

10.2.2.3.2 ERROR DE SELECCION. LA DESVIACION TIPICA DE LA VARIABLE M (OBTENIDA EN EL PUNTO 10.2.2.2) PODRA ESTIMARSE DE ACUERDO CON LA FORMULA:

SM = (GUA / RAIZ DE N)

EL VALOR DEL COEFICIENTE G VARIA EN FUNCION DE LA RELACION

D/UA CONFORME A LA TABLA DEL PUNTO 10.2.2.3.2.1.

EL METODO MATEMATICO PARA CALCULAR EL PUNTO DE SELECCION SOLO SERA VALIDO CUANDO:

D/UA </= 1/3

10.2.2.3.1 LOS VALORES DE G EN FUNCION DE D/UA SON LOS SIGUIENTES:

D/UA 0,1 0,13 0,17 0,20 0,23 0,27 0,30 0,33;

G 0,95 0,98 1 1,02 1,05 1,08 1,1 1,12.

10.2.3 TABLA.

(TABLA OMITIDA)

10.3 METODO DE DETERMINACION BINARIO (METODO C)

CUANDO SE UTILICE ESTE METODO PARA LA APROBACION DE MODELO, EL INSTRUMENTO DEBERA FUNCIONAR CON CARGAS ESTANDAR QUE SIMULEN UNA CADENA DE PRODUCCION. NO OBSTANTE, POR RAZONES PRACTICAS, SE PODRA EFECTUAR EXCEPCIONALMENTE ESTE ENSAYO EN UNA CADENA DE PRODUCCION CON LOS PRODUCTOS PARA LOS QUE ESTE PREVISTO EL INSTRUMENTO.

10.3.1 PROCEDIMIENTO. DETERMINAR EL VALOR DE LA ZONA DE INDECISION NOMINAL (U N ) CONFORME A LAS INDICACIONES QUE FIGURAN EN EL INSTRUMENTO.

10.3.1.2 CALCULAR LA MASA DE LAS CARGAS DE PRUEBAS (EN NUMERO DE 7) QUE DEBERAN UTILIZARSE PARA DELIMITAR LA ZONA DE INDECISION; DICHO VALOR SE OBTENDRA DE LA FORMA SIGUIENTE:

(FORMULAS OMITIDAS)

H Y L SON LOS VALORES APROXIMADOS DE LA MASA EN LOS LIMITES DE LA ZONA DE INDECISION, PARA UN DETERMINADO PUNTO DE SELECCION.

10.3.1.3 CERCIORARSE DE QUE LAS CARGAS DE PRUEBA DELIMITAN LA ZONA DE INDECISION PARA EL PUNTO DE SELECCION OBJETO DEL ENSAYO.

10.3.1.4 PASAR CADA UNA DE LAS CARGAS DE PRUEBA 50 VECES POR EL INSTRUMENTO Y PROSEGUIR LA OPERACION CON LAS DOS CARGAS DE PRUEBA MAS LIGERAS Y LAS DOS MAS PESADAS HASTA QUE EL NUMERO DE PASOS LLEGUE A 200.

EL ORDEN DE PASO DE LAS CARGAS DE PRUEBA DEBERA DETERMINARSE ALEATORIAMENTE. AHORA BIEN, LAS CARGAS DE PRUEBA QUE CORRESPONDAN A LOS DOS EXTREMOS OPUESTOS DE LA ZONA DE INDECISION DEBEN IR SEPARADAS POR UN INTERVALO DE TIEMPO QUE CORRESPONDA A LA CADENCIA DE FUNCIONAMIENTO UTILIZADA DURANTE EL ENSAYO.

10.3.2 ANOTAR LOS RESULTADOS:

10.3.2.1 OBTENER LOS TOTALES Y DISPONER LOS RESULTADOS CONFORME A LA TABLA 1.

10.3.2.2 DETERMINAR LOS VALORES DE NW Y DE NWY DE LAS TABLAS 2 Y 3 PARA N = 50 Y R = 200. OBTENER LOS TOTALES DE LAS COLUMNAS 5 Y 6.

10.3.2.3 CALCULAR LOS VALORES DE N I W I X I , N I W I X I Y N I W I X I Y I ; OBTENER LOS TOTALES DE LAS COLUMNAS 7, 8 Y 9.

10.3.2.4 A PARTIR DE LAS SUMAS QUE FIGURAN EN LA TABLA 1, CALCULAR LOS VALORES ESTIMADOS DEL PUNTO DE SELECCION (M) Y DE LA ZONA DE INDECISION (U A ) CONFORME AL PUNTO 10.3.3.

10.3.2.5 TABLA 1

(TABLA OMITIDA)

TABLA 2

N = 50

R / NW / NWY

0 (1) 3,588 8,346

1 5,981 12,282

2 9,669 16,928

3 12,580 19,559

4 15,015 21,097

5 17,111 21,929

6 18,947 22,263

7 20,574 22,226

8 22,024 21,902

9 23,325 21,351

10 24,494 20,614

11 25,546 19,726

12 26,492 18,711

13 27,342 17,591

14 28,104 16,380

15 28,784 15,094

16 29,386 13,744

17 29,915 12,339

18 30,374 10,888

19 30,767 9,399

20 31,096 7,878

21 31,363 6,332

22 31,569 4,766

23 31,715 3,185

24 31,802 1,595

25 31,831 0

26 31,802 1.595

27 31,715 3,185

28 31,569 4,766

29 31,363 6,332

30 31,096 7,878

31 30,767 9,399

32 30,374 10,888

33 29,915 12,339

34 29,386 13,744

35 28,784 15,094

36 28,104 16,380

37 27,342 17,591

38 26,492 18,711

39 25,546 19,726

40 24,494 20,614

41 23,325 21,351

42 22,024 21,902

43 20,574 22,226

44 18,947 22,263

45 17,111 21,929

46 15,015 21,097

47 12,580 19,559

48 9,669 16,928

49 5,981 12,282

50 (1) 3,588 8,346

(1) LOS VALORES DE NW Y NWY DE ESTA LINEA SOLO SE UTILIZARAN PARA EL VALOR MAXIMO DE X, CUANDO: R = 0, O PARA EL VALOR MINIMO DE X, CUANDO R = 50.

TABLA 3

N = 200

R NW NWY

0 (1) 4,831 13,560

1 8,406 21,650

2 14,350 33,384

3 19,414 42,128

4 23,922 49,128

5 28,028 54,932

6 31,820 59,846

7 35,356 64,062

8 38,676 67,710

9 41,812 70,890

10 44,788 73,668

11 47,618 76,102

12 50,320 78,236

13 52,906 80,104

14 55,386 81,736

15 57,768 83,158

16 60,058 84,386

17 62,268 85,444

18 64,398 86,342

19 66,454 87,094

20 68,444 87,714

21 70,368 88,212

22 72,232 88,594

23 74,038 88,872

24 75,788 89,050

25 77,486 89,138

26 79,136 89,138

27 80,738 89,058

28 82,294 88,902

29 83,806 88,576

30 85,276 88,382

31 86,706 88,024

32 88,096 87,608

33 89,450 87,134

34 90,766 86,606

35 92,050 86,028

36 93,298 85,402

37 94,514 84,728

38 95,698 84,012

39 96,850 83,254

40 97,974 82,456

41 99,086 81,620

42 100,132 80,750

43 101,170 79,842

44 102,182 78,904

45 103,166 77,932

46 104,124 76,932

47 105,058 75,902

48 105,968 74,844

49 106,852 73,762

50 107,714 72,652

51 108,552 71,518

52 109,368 70,362

53 110,162 69,182

54 110,936 67,982

55 111,686 66,762

56 112,416 65,520

57 113,126 64,262

58 113,814 62,984

59 114,484 61,688

60 115,134 60,376

61 115,764 59,048

62 116,376 57,704

63 116,968 56,346

64 117,542 54,974

65 118,098 53,588

66 118,636 52,190

67 119,156 50,778

68 119,658 49,354

69 120,144 47,920

70 120,612 46,474

71 121,062 45,018

72 121,496 43,552

73 121,914 42,076

74 122,316 40,590

75 122,700 39,098

76 123,068 37,596

77 123,422 36,086

78 123,758 34,568

79 124,078 33,044

80 124,384 31,512

81 124,674 29,974

82 124,948 28,432

83 125,206 26,882

84 125,450 25,328

85 125,678 23,768

86 125,892 22,040

87 126,090 20,636

88 126,274 19,064

89 126,442 17,488

90 126,596 15,908

91 126,734 14,326

92 126,858 12,740

93 126,968 11,154

94 127,062 9,564

95 127,142 7,972

96 127,208 6,380

97 127,258 4,786

98 127,294 3,192

99 127,316 1,596

100 127,324 0

101 127,316 1,596

102 127,294 3,192

103 127,258 4,786

104 127,208 6,380

105 127,142 7,972

106 127,062 9,564

107 126,968 11,154

108 126,858 12,740

109 126,734 14,326

110 126,596 15,908

111 126,442 17,488

112 126,274 19,064

113 126,090 20,636

114 125,892 22,040

115 125,678 23,768

116 125,450 25,328

117 125,206 26,882

118 124,948 28,432

119 124,674 29,974

120 124,384 31,512

121 124,078 33,044

122 123,758 34,568

123 123,422 36,086

124 123,068 37,596 125 122,700 39,098

126 122,316 40,590

127 121,914 42,076

127 121,496 43,552

128 121,496 43,552

129 121,062 45,018

130 120,612 46,474

131 120,144 47,920

132 119,658 49,354

133 119,156 50,778

134 118,636 52,190

135 118,098 53,588

136 117,542 54,974

137 116,968 56,346

138 116,376 57,704

139 115,764 59,048

140 115,135 60,376

141 114,484 61,688

142 113,814 62,984

143 113,126 64,262

144 112,416 65,520

145 111,686 66,762

146 110,936 67,982

147 110,162 69,182

148 109,368 70,382

149 108,552 71,518

150 107,714 72,652

151 106,852 73,762

152 105,968 74,844

153 105,058 75,902

154 104,124 76,932

155 103,106 77,932

156 102,182 78,904

157 101,170 79,842

158 100,132 80,750

159 99,086 81,620

160 97,974 82,456

161 96,850 83,254

162 95,698 84,012

163 94,514 84,728

164 93,298 85,402

165 92,050 86,028

166 90,766 86,606

167 89,450 87,134

168 88,096 87,608

169 86,706 88,024

170 85,276 88,382

171 83,806 88,676

172 82,294 88,902

173 80,738 89,058

174 79,136 89,138

175 77,486 89,138

176 75,788 89,050

177 74,038 88,872

178 72,232 88,594

179 70,368 88,212

180 68,444 87,714

181 66,454 87,094

182 64,398 86,342

183 62,268 85,444

184 60,058 84,386

185 57,768 83,158

186 55,386 81,736

187 52,906 80,104

188 50,320 78,236

189 47,618 76,102

190 44,788 73,668

191 41,812 70,890

192 38,676 67,710

193 35,356 64,062

194 31,820 59,846

195 28,028 54,932

196 23,922 49,128

197 19,414 42,128

198 14,350 33,384

199 8,406 21,560

200 (1) 4,831 13,560

(1) LOS VALORES DE NW Y NWY DE ESTA LINEA SOLO SE UTILIZARAN PARA EL VALOR MAXIMO DE X, CUANDO: R = 0, O PARA EL VALOR MINIMO DE X, CUANDO R = 200.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/12/1988
  • Fecha de publicación: 03/03/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 04/03/1989
  • Fecha de derogación: 30/10/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Metrología y metrotecnia

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