Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 63, de fecha 15 de marzo de 1989, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 7207, primera columna, tercer párrafo, segunda línea, donde dice: «en materia de Haciendas Locales, a extinguir, Tasas y Exacciones», debe decir: «solamente en materia de Haciendas Locales, a extinguir, Tasas y Exacciones».
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