EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 17 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 583/1989, PROMOVIDO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA DIPUTACION GENERAL DE ARAGON CONTRA LOS ARTICULOS 4.2, EN CONEXION CON EL ANEXO I; 4.4, 8, 9, 20, 21, 27, 32.5, 35.1, 39.1, 41.1, 41.4, 42.1 Y 2, 43.2, 44, 45, 46, 50.3, 54.1, A), 54.1, F), POR CONEXION CON EL ANTERIOR, 56.2, 62, ULTIMO INCISO, DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA, Y DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA, 2, SEGUNDA Y TERCERA, DE LA LEY 38/1988, 28 DE DICIEMBRE, DE DEMARCACION Y PLANTA JUDICIAL.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 17 DE ABRIL DE 1989. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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