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Documento BOE-A-1990-14347

Orden de 13 de junio de 1990 por la que se modifica el apartado decimosexto, 2, y el anexo II de la Orden de 28 de febrero de 1989 por la que se regula la gestión de aceites usados.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21 de junio de 1990, páginas 17424 a 17430 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1990-14347
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/06/13/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1989, POR LA QUE SE REGULA LA GESTION DE ACEITES USADOS, ADAPTA AL DERECHO INTERNO ESPAÑOL LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS 75/439/CEE, DE 16 DE JUNIO DE 1975, Y LA 87/101/CEE, DE 22 DE DICIEMBRE DE 1986.

EN SU APARTADO DECIMOSEXTO SE ESTABLECIA UN SISTEMA DE CONTROL DE LOS PROCESOS DE TRANSFERENCIA DEL CENTRO PRODUCTOR AL CENTRO GESTOR O ENTRE CENTROS GESTORES EN BASE A UN DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO QUE ERA OBJETO DEL ANEXO II DE LA ORDEN.

LA DIVERSIDAD EN IMPORTANCIA Y NATURALEZA DE LA INTERVENCION DE LOS SUJETOS QUE PARTICIPAN EN DICHOS PROCESOS DE TRANSFERENCIA, ASI COMO LA EFICACIA EN CUANTO AL CONTROL DE DICHA OPERACION EXPERIMENTADA YA CON EXITO EN ALGUNAS COMUNIDADES AUTONOMAS, HACE NECESARIO MODIFICAR EL REGIMEN QUE EN CUANTO A DICHO DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO ESTABLECE EL APARTADO DECIMOSEXTO, 2, Y ANEXO II DE LA ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1989.

LA PRESENTE ORDEN SE DICTA EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE CONFIERE LA DISPOSICION FINAL DEL REAL DECRETO 833/1988, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA EJECUCION DE LA LEY 20/1986, BASICA DE RESIDUOS TOXICOS Y PELIGROSOS.

EN SU VIRTUD, DISPONGO:

PRIMERO.

EL APARTADO DECIMOSEXTO, 2, DE LA ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1989 QUEDA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:

<2. A TAL EFECTO CADA CESION DE ACEITE USADO DEBERA QUEDAR FORMALIZADA A TRAVES DE LOS DOCUMENTOS PREVISTOS EN EL ANEXO II DE LA PRESENTE ORDEN, QUE DESARROLLAN LA ESPECIALIDAD PARA EL CASO DE LOS ACEITES USADOS DE LO PREVISTO AL RESPECTO POR EL REAL DECRETO 833/1988, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA EJECUCION DE LA LEY 20/1986, BASICA DE RESIDUOS TOXICOS Y PELIGROSOS.>

SEGUNDO. EL ANEXO II DE LA ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1989 QUEDA SUSTITUIDO POR EL QUE SE INSERTA A CONTINUACION DE ESTA ORDEN MINISTERIAL.

TERCERO.

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTO.

MADRID, 13 DE JUNIO DE 1990. SAENZ COSCULLUELA

ILMO.

SR. SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE.

ANEXO II

DOCUMENTOS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ACEITES USADOS

1. LOS DOCUMENTOS QUE AQUI SE ESTABLECEN PRETENDEN CONTROLAR LOS PROCESOS DE TRANSFERENCIA DE ACEITES USADOS ENTRE PRODUCTOR Y GESTOR, O ENTRE GESTORES, DE MANERA QUE LA TITULARIDAD Y RESPONSABILIDAD SOBRE EL ACEITE USADO ESTEN PERFECTAMENTE IDENTIFICADAS.

2. SE ESTABLECEN DOS TIPOS DE DOCUMENTOS:

EL DOCUMENTO A REGULA LA TRANSFERENCIA DE ACEITE USADO DE TALLERES, ESTACIONES DE ENGRASE, GARAJES Y PEQUEÑOS PRODUCTORES A RECOGEDORES AUTORIZADOS PARA REALIZAR ESTE TIPO DE RECOGIDA.

EL DOCUMENTO B ES EL DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO PROPIAMENTE DICHO Y REGULA LA TRANSFERENCIA DE ACEITE USADO DE RECOGEDORES Y DE PRODUCTORES A GESTORES Y CENTROS AUTORIZADOS O DE ESTOS ENTRE SI.

3. EL RECOGEDOR DEBERA SER AUTORIZADO PARA RETIRAR EL ACEITE USADO DE TALLERES, ESTACIONES DE ENGRASE Y GARAJES, O, DE PEQUEÑOS PRODUCTORES POR EL ORGANO COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DONDE VAYA A EFECTUAR LA RECOGIDA, RESPONSABILIZANDOSE DEL ACEITE RECOGIDO Y DE SU ENVIO A UN CENTRO AUTORIZADO.

4. EL RECOGEDOR NO PODRA ASUMIR LA TITULARIDAD DEL ACEITE USADO DE GRANDES PRODUCTORES O GESTORES INTERMEDIOS, PUDIENDO ACTUAR COMO TRANSPORTISTA, SI ESTA AUTORIZADO PARA ELLO.

LOS GRANDES PRODUCTORES Y GESTORES INTERMEDIOS TIENEN LA OBLIGACION DE GARANTIZAR LA ENTREGA DE LOS ACEITES USADOS A UN GESTOR O INSTALACION AUTORIZADA PARA RECIBIRLOS, CUMPLIMENTANDO EN ESTE CASO EL DOCUMENTO B, DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

DOCUMENTO A

5. EL DOCUMENTO A ESTA CONSTITUIDO POR EL JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE ACEITE USADO Y LA HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA, EXISTIENDO EN LA MISMA DOS MODALIDADES, SEGUN SE TRATE DE TALLERES, ESTACIONES DE ENGRASE Y GARAJES, O DE PEQUEÑOS PRODUCTORES.

LA HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA CONSTA DE TRES EJEMPLARES EN PAPEL AUTOCALCABLE DE DISTINTO COLOR BLANCO (1), VERDE (2) Y AMARILLO (3).

EL DOCUMENTO BLANCO (1) ES PARA EL ORGANO COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DONDE SE REALIZA LA RECOGIDA.

EL DOCUMENTO VERDE (2) ES PARA EL ORGANO COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DONDE SE REALICE POR EL PROPIO RECOGEDOR EL DEPOSITO O ALMACENAMIENTO PREVIO, ANTES DE ENVIAR A CENTRO GESTOR O INSTALACION AUTORIZADA.

EL DOCUMENTO AMARILLO (3) QUE LLEVA EN EL REVERSO LA FIRMA DEL RESPONSABLE Y SELLO DEL CENTRO DE DONDE SE RETIRA EL ACEITE, PERMANECERA EN POSESION DEL RECOGEDOR DURANTE UN PERIODO DE CINCO AÑOS.

6. PROCEDIMIENTO A SEGUIR:

CUANDO EL RECOGEDOR AUTORIZADO EFECTUE LA RETIRADA DEL ACEITE USADO DE TALLERES, ESTACIONES DE ENGRASE Y GARAJES, O DE PEQUEÑOS PRODUCTORES, DEJARA A LOS RESPONSABLES DE ESTOS CENTROS, EL JUSTIFICANTE DE ENTREGA, DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO.

EL RECOGEDOR RELLENARA CON LOS DATOS CORRESPONDIENTES DE CADA JUSTIFICANTE DE ENTREGA LAS CASILLAS DE LA HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA, DEBIENDO FIGURAR, EN EL REVERSO DE LA HOJA (3) AMARILLA, LA FIRMA DEL RESPONSABLE Y SELLO DEL CENTRO DONDE SE RECOGE EL ACEITE USADO.

EN CUALQUIER CASO DEBERA QUEDAR SIEMPRE DEBIDAMENTE REFLEJADA LA CORRESPONDENCIA ENTRE EL JUSTIFICANTE DE ENTREGA Y LA HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA.

UNA VEZ COMPLETA LA HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA, PROCEDERA A PONER FECHA, FIRMARA LOS TRES EJEMPLARES Y REMITIRA LA HOJA (1) BLANCA Y (2) VERDE A LAS CORRESPONDIENTES COMUNIDADES AUTONOMAS ANTERIORMENTE INDICADAS.

EL ENVIO DEL ACEITE RECOGIDO A UN GESTOR O INSTALACION AUTORIZADA (ESTACION DE TRANSFERENCIA, INCINERADOR, REGENERADOR... ETC.) POR UN RECOGEDOR, SERA CONTROLADO A TRAVES DEL DOCUMENTO B, DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ACEITES USADOS Y SOMETIDOS A LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA LA TRAMITACION DEL MISMO.

DOCUMENTO B, DE CONTROL Y SEGUIMIENTO

7. CUANDO UN GRAN PRODUCTOR, GESTOR INTERMEDIO O RECOGEDOR DE ACEITES USADOS HAGA ENTREGA A INSTALACIONES AUTORIZADAS PARA ALMACENAR, INCINERAR PARA APROVECHAMIENTO ENERGETICO, O, PARA SER SOMETIDOS A UN TRATAMIENTO, REALIZARAN LA TRAMITACION REQUERIDA PARA EL DOCUMENTO B.

8. EL DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO CONSTA DE SEIS HOJAS EN PAPEL AUTOCALCABLE Y DE DISTINTO COLOR (1) BLANCO (2) ROSA (3) AMARILLA (4) VERDE (5) AZUL Y (6) AMARILLA CON FRANJA ROJA.

LAS CASILLAS RESERVADAS PARA LAS FIRMAS NO SON AUTOCALCABLES, DEBIENDO CUMPLIMENTARSE CON CARACTER INDIVIDUAL EN CADA UNO DE LOS SEIS EJEMPLARES DE QUE SE COMPONE EL DOCUMENTO.

9. PROCEDIMIENTO A SEGUIR:

EL PRODUCTOR, RECOGEDOR O GESTOR QUE REALIACE EL ENVIO, CUMPLIMENTARA LOS DATOS A, B, C, D Y EL APARTADO CORRESPONDIENTE DEL GRUPO E, SI FUERA NECESARIO, INCLUIDA LA FIRMA AUTORIZADA POR LA EMPRESA.

CONSERVARA PARA SU ARCHIVO DURANTE CINCO AÑOS, LA COPIA (2) ROSA; REMITIRA LA COPIA (3) AMARILLA AL ORGANO COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DESDE DONDE HACE LA REMISION; ENTREGARA AL TRANSPORTISTA LAS COPIAS (4) (5) (6), QUE DEBERAN ACOMPAÑAR A LOS ACEITES HASTA EL LUGAR DE DESTINO. LA COPIA (1) BLANCA, ES PARA LA SECRETARIA GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO.

EL TRANSPORTISTA VERIFICARA LOS DATOS DEL GRUPO C Y FIRMARA LA CASILLA CORRESPONDIENTE, ENTREGANDO LAS TRES COPIAS RESTANTES AL GESTOR DE DESTINO.

EL GESTOR DE DESTINO VERIFICARA LOS DATOS DEL GRUPO D, FIRMANDO LA CASILLA CORRESPONDIENTE Y CUMPLIMENTANDO SI FUERA NECESARIO EL APARTADO DEL GRUPO E, CONSERVANDO PARA SU ARCHIVO DURANTE CINCO AÑOS LA COPIA (5) AZUL; ENVIARA LA COPIA (6) AMARILLA CON FRANJA ROJA AL ORGANO COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DONDE ESTE UBICADO EL CENTRO RECEPTOR. LA COPIA (4) VERDE ES PARA LA SECRETARIA GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO.

10. LOS RECOGEDORES AUTORIZADOS TENDRAN QUE ADJUNTAR LA DOCUMENTACION RELATIVA AL DOCUMENTO A QUE LES SEA REQUERIDA POR LOS CENTROS DE DESTINO FINAL, PARA JUSTIFICAR LA PROCEDENCIA DE LOS ACEITES QUE ENTREGAN.

(CUADROS OMITIDOS)

INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ACEITES USADOS

EL FORMULARIO DEBERA RELLENARSE A MAQUINA O A MANO, EN CUYO CASO SE RELLENARA A TINTA Y CON LETRA DE IMPRENTA; NO DEBERA LLEVAR ENMIENDA, TACHADURA NI OTRAS MODIFICACIONES.

LAS FECHAS SE INDICARAN CON UN NUMERO DE SEIS CIFRAS, DE LAS CUALES LAS DOS PRIMERAS INDICAN EL DIA, LAS DOS SIGUIENTES EL MES Y LAS DOS ULTIMAS EL AÑO.

LOS NUMEROS Y CANTIDADES SE AJUSTARAN AL LADO DERECHO DE LA SERRETA CORRESPONDIENTE.

LAS FIRMAS DEBERAN SER MANUSCRITAS.

A. DATOS DE ORIGEN

SEÑALAR CON UNA X LA CASILLA QUE CORRESPONDA, SEGUN SE TRATE DE PRODUCTOR, RECOGEDOR O GESTOR INTERMEDIO.

RAZON SOCIAL:

RAZON SOCIAL DEL CENTRO.

D.N.I./N.I.F.: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL CENTRO.

DOMICILIO: DOMICILIO DEL CENTRO PRODUCTOR O DEL PRIMER GESTOR.

PREFIJO: PREFIJO TELEFONICO DE LA PERSONA QUE CORRESPONDA.

TELEFONO: NUMERO TELEFONICO DEL CENTRO.

LOCALIDAD: LOCALIDAD DONDE SE ENCUENTRA SITUADO EL CENTRO, SEGUN CORRESPONDA.

CODIGO POSTAL: CODIGO POSTAL DE LA DIRECCION DEL CENTRO, SEGUN CORRESPONDA.

PROVINCIA: PROVINCIA DONDE ESTE LOCALIZADO EL MUNICIPIO DEL CENTRO, SEGUN CORRESPONDA.

APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSABLE: APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL CENTRO, SEGUN CORRESPONDA.

D.N.I.: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL CENTRO.

FIRMA: FIRMA MANUSCRITA DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL CENTRO, SEGUN CORRESPONDA.

FECHA: FECHA DE LA RECOGIDA.

B. DATOS DE LA PRESENTACION Y CONDICIONES DEL ACEITE USADO

SEÑALE CON UNA X LO QUE CORRESPONDA, SEGUN SE ENVASE EL ACEITE PARA SU PRESENTACION EN BIDONES ESTANDAR, EN CISTERNA U OTROS.

NUMERO: NUMERO DE BIDONES.

CANTIDAD: CANTIDAD DE ACEITE USADO CONTENIDO, EXPRESAMENTE EN KILOGRAMOS.

ESTADO FISICO:

SEÑALE CON UNA X, SEGUN EL ESTADO FISICO DEL ACEITE: PASTOSO, FLUIDO.

TIPO DE ACEITE: SEÑALE CON UNA X, SEGUN EL ACEITE SEA EMULSION MEZCLADA DE ACEITES, AGUA-ACEITE, INDUSTRIAL NEGRO O CLARO.

C. DATOS DEL TRANSPORTISTA

FECHA DEL TRANSPORTE: FECHA EN LA QUE SE EFECTUA EL TRANSPORTE DEL ACEITE USADO.

RAZON SOCIAL: RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA TRANSPORTISTA DEL ACEITE USADO.

D.N.I./N.I.F.: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL.

DOMICILIO: DOMICILIO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES.

PREFIJO: PREFIJO TELEFONICO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES.

TELEFONO:

NUMERO DE TELEFONO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES.

LOCALIDAD:

LOCALIDAD DONDE SE ENCUENTRA UBICADA LA EMPRESA DE TRANSPORTES.

CODIGO POSTAL: CODIGO POSTAL DE LA DIRECCION DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES.

PROVINCIA: PROVINCIA DONDE ESTE LOCALIZADA LA EMPRESA DE TRANSPORTES.

NUMERO DE AUTORIZACION: NUMERO DE AUTORIZACION OTORGADO POR EL ORGANISMO AMBIENTAL COMPETENTE PARA EJERCER ACTIVIDADES DE TRANSPORTE DE ACEITES USADOS.

EXPEDIDA POR: ORGANISMO AMBIENTAL COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA QUE OTORGO LA AUTORIZACION COMO EMPRESA TRANSPORTISTA DE ACEITES USADOS.

APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL TRANSPORTE: APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSABLE DE LA EMPRESA TRANSPORTISTA.

D.N.I. DE LA PERSONA RESPONSABLE: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL TRANSPORTE.

FIRMA: FIRMA MANUSCRITA DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL TRANSPORTE.

FECHA: FECHA DE RECOGIDA.

D. DATOS DE DESTINO

SEÑALAR CON UNA X LA CASILLLA QUE CORRESPONDA, SEGUN SE TRATE DE INSTALACION DE INCINERACION, REGENERACION, GESTOR INTERMEDIO U OTROS (QUE DEBERA INDICARSE).

RAZON SOCIAL: RAZON SOCIAL DEL CENTRO.

DNI/NIF: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL CENTRO GESTOR.

DOMICILIO: DOMICILIO DEL CENTRO GESTOR.

PREFIJO: PREFIJO TELEFONICO DEL CENTRO GESTOR.

TELEFONO: NUMERO DE TELEFONO DEL CENTRO GESTOR.

TELEFAX: NUMERO DE TELEFONO DEL TELEFAX DEL CENTRO GESTOR.

TELEX: NUMERO DE TELEX DEL CENTRO GESTOR.

LOCALIDAD: LOCALIDAD DONDE SE ENCUENTRA SITUADO EL CENTRO GESTOR.

CODIGO POSTAL: CODIGO POSTAL DE LA DIRECCION DEL CENTRO GESTOR.

PROVINCIA: PROVINCIA DONDE ESTE LOCALIZADO EL MUNICIPIO DEL CENTRO GESTOR.

NUMERO DE AUTORIZACION: NUMERO DE AUTORIZACION OTORGADO POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DONDE ESTE SITUADO EL CENTRO GESTOR PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE GESTION DE ACEITES USADOS.

EXPEDIDA POR: ORGANISMO AMBIENTAL COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA QUE OTORGO LA AUTORIZACION DE GESTOR.

APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSABLE DE LA GESTION: APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL CENTRO GESTOR.

DNI DE LA PERSONA RESPONSABLE: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL CENTRO GESTOR.

FIRMA: FIRMA MANUSCRITA DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL CENTRO GESTOR.

FECHA: FECHA EN LA QUE SE EFECTUA LA RECEPCION DEL ACEITE USADO EN EL CENTRO DE DESTINO.

SEÑALAR CON UNA X EL TIPO DE GESTION:

SEÑALAR EL TRATAMIENTO DADO POR EL GESTOR AL ACEITE USADO.

DESTINO:

SEÑALESE CON UNA X LO QUE CORRESPONDA SEGUN EL TRATAMIENTO QUE SE DE A LOS ACEITES, ES DECIR: REGENERACION, COMBUSTION (SEÑALESE CON UNA X LA POTENCIA TERMICA DE LA INSTALACION: INFERIOR A 3 MW O SUPERIOR A 3 MW), PRETRATAMIENTO, DESTRUCCION, ALMACENAMIENTO CONTROLADO U OTROS.

E. INCIDENCIAS

F.1.

DATOS DE LA PRESENTACION Y CONDICIONES DEL ACEITE USADO.

INCIDENCIAS RESPECTO A DATOS APORTADOS EN EL BLOQUE B. RELLENE CON LAS INCIDENCIAS RESPECTO A LOS DATOS DE PRESENTACION Y CONDICIONES DEL ACEITE USADO EXPRESADAS EN EL BLOQUE B.

F.2. DATOS DE ORIGEN.

INCIDENCIAS RESPECTO A DATOS APORTADOS EN EL BLOQUE A: RELLENAR CON LAS INCIDENCIAS RESPECTO A LOS DATOS DEL RECOGEDOR DEL ACEITE USADO EXPRESADAS EN EL BLOQUE A.

F.3.

DATOS DEL TRANSPORTISTA.

INCIDENCIAS RESPECTO A DATOS APORTADOS EN EL BLOQUE C: RELLENAR CON LAS INCIDENCIAS RESPECTO A LOS DATOS DEL TRANSPORTISTA DE LOS ACEITES USADOS EXPRESADAS EN EL BLOQUE C.

F.4. DATOS DEL CENTRO DE DESTINO:

B4

INCIDENCIAS RESPECTO A DATOS APORTADOS EN EL BLOQUE D:

RELLENAR CON LAS INCIDENCIAS RESPECTO A LOS DATOS DEL CENTRO DE DESTINO DE LOS ACEITES USADOS EXPRESADOS EN EL BLOQUE D.

INSTRUCCIONES PARA RELLENAR LOS DOCUMENTOS A: HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA Y JUSTIFICANTES DE ENTREGA DE ACEITES USADOS

LOS FORMULARIOS DEBERAN RELLENARSE A MAQUINA O A MANO, EN CUYO CASO SE RELLENARA A TINTA Y CON LETRA DE IMPRENTA; NO DEBERA LLEVAR ENMIENDA, TACHADURA NI OTRAS MODIFICACIONES.

LAS FECHAS SE INDICARAN CON UN NUMERO DE SEIS CIFRAS, DE LAS CUALES LAS DOS PRIMERAS INDICAN EL DIA, LAS DOS SIGUIENTES EL MES Y LAS DOS ULTIMAS EL AÑO.

LOS NUMEROS Y CANTIDADES SE AJUSTARAN AL LADO DERECHO DE LA SERRETA CORRESPONDIENTE.

LAS FIRMAS DEBERAN SER MANUSCRITAS. HOJA DE CONTROL DE RECOGIDA DEL ACEITE USADO

NUMERO DE SERIE: CODIGO DE IDENTIFICACION PARA CONTROL ADMINISTRATIVO DE LOS DOCUMENTOS, QUE DEBERA VENIR IMPRESO EN ORIGEN.

DATOS DEL RECOGEDOR.

RAZON SOCIAL: RAZON SOCIAL DEL RECOGEDOR AUTORIZADO.

AUTORIZACION EN COMUNIDAD AUTONOMA: NUMERO DE AUTORIZACION OTORGADO POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE PARA EJERCER ACTIVIDADES DE RECOGIDA DE ACEITES USADOS.

NOMBRE Y APELLIDOS DEL RESPONSABLE: NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA RESPONSABLE DE LA RECOGIDA.

DATOS DEL LUGAR DE ALMACENAMIENTO O DEPOSITO PREVIO (SI REALIZA ALMACENAMIENTO ANTES DE ENVIO A GESTOR O CENTRO AUTORIZADO).

RAZON SOCIAL: RAZON SOCIAL DEL CENTRO DONDE SE REALICE ALMACENAMIENTO ANTES DE SU ENVIO A GESTOR AUTORIZADO.

LOCALIDAD: LOCALIDAD DONDE SE ENCUENTRA EL CENTRO DE ALMACENAMIENTO.

PROVINCIA: PROVINCIA A LA QUE PERTENECE LA LOCALIDAD DEL CENTRO DE ALMACENAMIENTO.

COMUNIDAD AUTONOMA:

COMUNIDAD AUTONOMA A LA QUE PERTENECE DICHA PROVINCIA.

NUMERO DE AUTORIZACION: NUMERO DE AUTORIZACION OTORGADO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA, PARA EJERCER LA ACTIVIDAD DE ALMACENAMIENTO ANTES DE ENVIO O GESTOR AUTORIZADO.

PEQUEÑOS PRODUCTORES/TALLERES, ESTACIONES DE ENGRASE, GARAJES.

DNI/NIF: NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL CENTRO DONDE SE EFECTUA LA RECOGIDA.

NOMBRE (RAZON SOCIAL): RAZON SOCIAL DEL CENTRO DONDE SE EFECTUA LA RECOGIDA.

NUMERO DEL JUSTIFICANTE DE ENTREGA: NUMERO DE SERIE DEL JUSTIFICANTE DE ENTREGA.

CANTIDAD (BIDONES/KGS): EXPRESE LA CANTIDAD SEGUN SE TRATE DE BIDONES O KILOGRAMOS DE ACEITE RECOGIDO.

FECHA: FECHA EN LA QUE SE EFECTUA LA RECOGIDA DEL ACEITE.

FECHA, FIRMA Y SELLO DEL RECOGEDOR: POR EL RECOGEDOR SE PROCEDERA A LA FIRMA, FECHADO Y SELLO, CUANDO COMPLETE LA HOJA.

JUSTIFICANTE DE ENTREGA DEL ACEITE USADO

NUMERO DE JUSTIFICANTE DE ENTREGA: CODIGO DE IDENTIFICACION PARA CONTROL ADMINISTRATIVO DE LOS DOCUMENTOS QUE DEBERA VENIR IMPRESO DE ORIGEN.

TALLERES, ESTACIONES DE ENGRASE Y PEQUEÑOS PRODUCTORES.

CIF/DNI: CODIGO DE IDENTIFICACION FISCAL O DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DEL RESPONSABLE, SEGUN SE TRATE DE TALLER, ESTACION DE ENGRASE O GARAJE.

CIF/DNI: CODIGO DE IDENTIFICACION FISCAL O DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DEL PEQUEÑO PRODUCTOR.

TIPO DE ACEITE USADO: ESPECIFICAR EL TIPO DE ACEITE SEGUN SE TRATE DE ACEITE INDUSTRIAL NEGRO O CLARO, MEZCLA DE ACEITES, AGUA-ACEITE O DE MOTOR COMPRESOR.

BIDONES/KILOGRAMOS: ESPECIFICAR EL NUMERO DE BIDONES O KILOGRAMOS DE ACEITE RECOGIDO.

RECOGEDORES.

RAZON SOCIAL: RAZON SOCIAL DEL RECOGEDOR AUTORIZADO DE ACEITE USADO.

NUMERO DE AUTORIZACION: NUMERO DE AUTORIZACION OTORGADO POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE PARA EJERCER ACTIVIDADES DE RECOGIDA DE ACEITES USADOS.

FIRMA Y SELLO: FIRMA Y SELLO DEL RECOGEDOR AUTORIZADO.

FECHA: FECHA EN LA QUE SE EFECTUA LA RECOGIDA DEL ACEITE.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/06/1990
  • Fecha de publicación: 21/06/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 22/06/1990
Referencias anteriores
Materias
  • Aceites minerales
  • Análisis
  • Autorizaciones
  • Carburantes y combustibles
  • Comunidades Autónomas
  • Contaminación atmosférica
  • Contaminación de las aguas
  • Envases
  • Etiquetas
  • Gestión de residuos
  • Industrias
  • Medio ambiente
  • Residuos

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