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Documento BOE-A-1990-18409

Ley 14/1990, de 9 de julio, de concesión de un suplemento de crédito al presupuesto de 1990 para la creación de nuevas plazas universitarias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 1990, páginas 22488 a 22488 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1990-18409
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/1990/07/09/14

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 14/1990, de 9 de julio, de concesión de un suplemento de crédito al presupuesto de 1990 para la creación de nuevas plazas universitarias.

La creación de la Universidad Pompeu Fabra y la necesidad de disponer de nuevas plazas universitarias, tanto en la conurbación de Barcelona como en las comarcas del Gironés, Segriá, Tarragonés y Baix Camp, obliga a tomar medidas extraordinarias conducentes a aumentar el gasto que prevé la Ley de Presupuesto de la Generalidad y de sus Entidades Autónomas y Entidades Gestoras de la Seguridad Social para 1990, con el fin de ejecutar adecuadamente las actuaciones correspondientes a la programación universitaria de Cataluña.

Es por ello que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 10/1982, de 12 de julio, de Finanzas Públicas de Cataluña, se articula la presente Ley de Concesión de un Suplemento de Crédito al Presupuesto de la Generalidad para 1990.

Artículo. 1. Se concede un suplemento de crédito al presupuesto de la Generalidad para 1990, por un importe de 3.000.000.000 de pesetas para operaciones de capital, de acuerdo con el detalle de aplicaciones presupuestarias que especifica el anexo de la presente Ley.

Art. 2. Se autoriza al Consejo Ejecutivo para que, a propuesta del Consejero de Economía y Finanzas, emita deuda pública o haga uso del endeudamiento en cualquier otra modalidad, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, hasta un importe máximo de 3.000.000.000 de pesetas, destinado a financiar las operaciones de inversión fijadas por la presente Ley.

DISPOSICION ADICIONAL

Los remanentes de crédito autorizados por la presente Ley existente a 31 de diciembre de 1990, se incorporarán al ejercicio siguiente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza al Departamento de Economía y Finanzas para que dicte las medidas necesarias para desarrollar y aplicar la presente Ley.

Segunda.- La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 9 de julio de 1990.

JOSEP LAPORTE I SALAS,

Consejero de Enseñanza

JORDI PUJOL,

Presidente de la Generalidad de Cataluña

(Publicado en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" número 1319, de 18 de julio de 1990)

ANEXO

Departamento de Enseñanza

Aplicación presupuestaria: 06.06.600.02. Descripción del gasto: Terrenos y bienes naturales. Importe: 100.000.000 de pesetas.

Aplicación presupuestaria: 06.06.610.02. Descripción del gasto. Edificios y otras construcciones. Importe: 1.350.000.000 de pesetas.

Aplicación presupuestaria: 06.06.620.01. Descripción del gasto: Maquinaria, instrumental y utillaje. Importe: 100.000.000 de pesetas.

Aplicación Presupuestaria: 06.06.640.02. Descripción del gasto: Mobiliario y utensilios. Importe: 150.000.000 de pesetas.

Aplicación presupuestaria: 06.06.650.02. Descripción del gasto: Equipos de proceso de datos. Importe: 250.000.000 de pesetas.

Aplicación presupuestaria: 06.06.680.01. Descripción del gasto: Otros inmovilizados inmateriales. Importe: 250.000.000 de pesetas.

Capítulo 7

Aplicación presupuestaria: 06.06.740.02. Descripción del gasto: Creación de nuevas plazas universitarias. Importe: 800.000.000 de pesetas.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 09/07/1990
  • Fecha de publicación: 01/08/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 18/07/1990
  • Publicada en el DOGC núm. 1319, de 18 de julio de 1990.
  • Fecha de derogación: 31/03/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Universidades

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