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Documento BOE-A-1990-19814

Ley Foral 3/1990, de 3 de abril, de creación de una Sociedad pública para la realización de las actividades relacionadas con la participación de la Comunidad Foral de Navarra en la Exposición Universal Sevilla 1992 y aprobación de una inversión global de 700.000.000 de pesetas para financiar dicha participación.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 1990, páginas 23596 a 23597 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1990-19814
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1990/04/03/3

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

HAGO SABER QUE EL PARLAMENTO DE NAVARRA HA APROBADO LA SIGUIENTE LEY FORAL DE CREACION DE UNA SOCIEDAD PUBLICA PARA LA REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN LA EXPOSICION UNIVERSAL DE SEVILLA 1992 Y APROBACION DE UNA INVERSION GLOBAL DE 700.000.000 DE PESETAS PARA FINANCIAR DICHA PARTICIPACION.

LA CELEBRACION DE LA EXPOSICION UNIVERSAL SEVILLA 1992 CONSTITUYE UN ACONTECIMIENTO DE GRAN ENVERGADURA EN EL ORDEN CULTURAL, CIENTIFICO Y ECONOMICO.

CON OCASION DE CONMEMORARSE EN SEVILLA EN DICHO AÑO EL QUINTO CENTENARIO DEL DESCUBRIMIENTO DE AMERICA, LA EXPOSICION SE PROPONE, ADEMAS DE DESTACAR DICHA CONMEMORACION, EXHIBIR LOS GRANDES AVANCES CULTURALES Y CIENTIFICOS DEL MUNDO MODERNO Y PROMOVER EL INTERCAMBIO CULTURAL, CIENTIFICO Y TECNOLOGICO ENTRE LOS PAISES PARTICIPANTES.

ESPAÑA, ADEMAS DE SER EL PAIS ORGANIZADOR, PARTICIPA EN LA EXPOSICION, JUNTO A LOS DEMAS PAISES Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES, CON UNA SECCION NACIONAL, DENTRO DE LA QUE SE INTEGRAN, COMO PARTICIPANTES OFICIALES, LAS DISTINTAS COMUNIDADES AUTONOMAS Y OTROS ENTES TERRITORIALES DE CARACTER PUBLICO.

NAVARRA NO PODIA DESAPROVECHAR LA OCASION QUE LE BRINDA LA EXPOSICION PARA DAR A CONOCER, TANTO DENTRO DE ESPAÑA COMO EN EL AMBITO INTERNACIONAL, SU HISTORIA, SU CULTURA, SU REALIDAD PRESENTE Y SUS PLANES DE FUTURO, POR LO QUE EL GOBIERNO DE NAVARRA, CONSCIENTE DE ESE INTERES, HA DECIDIDO LA PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD FORAL EN LA EXPOSICION UNIVERSAL SEVILLA 1992, MEDIANTE LA CONSTRUCCION DE UN PABELLON PROPIO Y CONSIDERACION DE LA MISMA COMO PARTICIPANTE OFICIAL.

POR OTRO LADO, DADA LA NATURALEZA DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR, EL TIEMPO DE QUE SE DISPONE PARA SU EJECUCION Y SU REALIZACION LEJOS DE NAVARRA, SE CONSIDERA COMO UNA SOCIEDAD MERCANTIL, DE CARACTER PUBLICO, DE LAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 5. DE LA LEY FORAL DE LA HACIENDA PUBLICA DE NAVARRA, POR LAS POSIBILIDADES DE ACTUACION AGIL QUE LA APLICACION DE LAS NORMAS DE DERECHO PRIVADO PERMITEN, ES EL INSTRUMENTO MAS IDONEO PARA LA REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES Y DESARROLLO DE LAS GESTIONES QUE LA PARTICIPACION EN LA EXPOSICION COMPORTA.

FINALMENTE, LA FINANCIACION DE LOS GASTOS NECESARIOS PARA MATERIALIZAR DICHA PARTICIPACION ACONSEJA LA APROBACION DE UNA INVERSION GLOBAL DE 700 MILLONES DE PESETAS, A REALIZAR EN EL CUATRIENIO 1990-1993, COMO COMPROMISO ECONOMICO PRIORITARIO QUE SERA FINANCIADA CON CREDITOS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LOS EJERCICIOS CORRESPONDIENTES.

LA CREACION DE UNA SOCIEDAD PUBLICA PARA GESTIONAR LA PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN LA EXPOSICION UNIVERSAL DE SEVILLA 1992 Y LA APROBACION DE UNA INVERSION GLOBAL PARA FINANCIAR DICHA PARTICIPACION CONSTITUYEN, PUES, EL OBJETO DE ESTA LEY FORAL.

ARTICULO 1. CREACION DE SOCIEDAD PUBLICA. 1. EL GOBIERNO DE NAVARRA CREARA UNA SOCIEDAD PUBLICA PARA LA REALIZACION DE TODAS LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD FORAL Y QUEDARA DESEMBOLSADO EN SU TOTALIDAD.

3. LA SOCIEDAD SE FINANCIARA CON LAS APORTACIONES DE LA COMUNIDAD FORAL INCLUIDAS EN LOS PRESPUESTOS ANUALES, LOS INGRESOS PROCEDENTES DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES QUE SE REALICEN EN EL PABELLON, LAS APORTACIONES DE EMPRESAS PRIVADAS QUE DESEEN ESTAR PRESENTES EN EL MISMO, LAS OPERACIONES DE CREDITO QUE CONCIERTE Y LAS AYUDAS O INGRESOS DE CUALQUIER CLASE Y PROCEDENCIA QUE PERCIBA.

ART. 2. REGIMEN FISCAL APLICABLE A LA SOCIEDAD PUBLICA. 1. LA SOCIEDAD PUBLICA GOZARA DEL MISMO TRATAMIENTO FISCAL QUE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.

2. ESTARAN EXENTAS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, CON DERECHO A LA DEVOLUCION MENSUAL DE LAS CUOTAS SOPORTADAS, LAS ENTREGAS DE BIENES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS REALIZADOS POR LA MENCIONADA SOCIEDAD.

ART. 3. REGIMEN FISCAL APLICABLE A LAS PERSONAS Y ENTIDADES COLABORADORAS CON LA SOCIEDAD PUBLICA. SIN PERJUICIO DE LA APLICACION EN NAVARRA, EN SUS PROPIOS TERMINOS, DE LOS BENEFICIOS FISCALES RELATIVOS A LA EXPOSICION UNIVERSAL SEVILLA 1992, A QUE SE REFIERE LA LEY 12/1988, DE 25 DE MAYO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 26), LAS PERSONAS Y ENTIDADES COLABORADORAS CON LA SOCIEDAD PUBLICA GOZARAN DE LOS SIGUIENTES BENEFICIOS TRIBUTARIOS:

1. EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:

A) PODRA DEDUCIRSE DE LA CUOTA LIQUIDA EL 15 POR 100 DE LAS CANTIDADES SATISFECHAS A LA SOCIEDAD PUBLICA POR GASTOS DERIVADOS DE CONTRATOS DE PUBLICIDAD Y ARRENDAMIENTO DEL PABELLON DE LA EXPOSICION.

B) IGUALMENTE, LES SERA DE APLICACION LA DEDUCCION PREVISTA EN EL APARTADO 2. DE LA LETRA B) DEL ARTICULO 22 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, PARA LOS DONATIVOS EFECTUADOS A LA SOCIEDAD PUBLICA.

AMBAS DEDUCCIONES ESTARAN SOMETIDAS A LOS MISMOS REQUISITOS, LIMITES Y PLAZOS QUE CON CARACTER GENERAL SEÑALA EL ARTICULO 22 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

2. EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS:

A) PODRAN DEDUCIRSE DE LA CUOTA INTEGRA DEL IMPUESTO EL 15 POR 100 DE LOS DONATIVOS EFECTUADOS A LA SOCIEDAD PUBLICA.

B) A LOS SUJETOS PASIVOS QUE EJERZAN ACTIVIDADES EMPRESARIALES, PROFESIONALES O ARTISTICAS, EN REGIMEN DE ESTIMACION DIRECTA, LES SERAN DE APLICACION LOS BENEFICIOS FISCALES A QUE SE REFIERE EL NUMERO 1 ANTERIOR, CON LAS CONDICIONES QUE PREVE LA NORMATIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS.

3. EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO: ESTARAN EXENTAS DEL IMPUESTO, EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY FORAL 24/1985, DE 11 DE DICIEMBRE, LAS ENTREGAS DE BIENES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS, REALIZADAS DIRECTAMENTE PARA LA CONSTRUCCION, INSTALACION Y REPARACION DEL PABELLON DE LA EXPOSICION, SIEMPRE QUE SE ACREDITE DICHA CIRCUNSTANCIA MEDIANTE LA CORRESPONDIENTE JUSTIFICACION DOCUMENTADA POR LA SOCIEDAD PUBLICA.

ART. 4. INVERSION GLOBAL. 1. SE APRUEBA UNA INVERSION GLOBAL DE 700.000.000 DE PESETAS PARA FINANCIAR, DURANTE EL CUATRIENIO 1990-1993, LA PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA EN LA EXPOSICION UNIVERSAL SEVILLA 1992.

2. DICHA INVERSION GLOBAL SE CONCRETARA ANUALMENTE A TRAVES DE LOS PROGRAMAS DE ACTUACIONES, INVERSIONES Y FINANCIACION DE LA SOCIEDAD QUE SE CREE DEBERA FORMULAR AL DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 66 DE LA LEY FORAL DE LA HACIENDA PUBLICA DE NAVARRA, EN LOS QUE SE CONTENDRAN LAS INVERSIONES A REALIZAR Y SU FORMA DE FINANCIACION.

DISPOSICION FINAL

ESTA LEY FORAL ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA>.

YO, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY ORGANICA DE REINTEGRACION Y AMEJORAMIENTO DEL REGIMEN FORAL DE NAVARRA, PROMULGO, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ESTA LEY FORAL, ORDENO SU INMEDIATA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL NAVARRA> Y SU REMISION AL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> Y MANDO Y LOS CIUDADANOS Y A LAS AUTORIDADES QUE LA CUMPLAN Y LA HAGAN CUMPLIR.

PAMPLONA, 3 DE ABRIL DE 1990.

GABRIEL URRULBURU TAINTA,

PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 03/04/1990
  • Fecha de publicación: 11/08/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 06/04/1990
  • Publicada en el BON núm. 42, de 6 abril de 1990.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20824).
  • CITA:
    • Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-2952).
    • Ley 12/1988, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-1988-12910).
    • Ley Foral 24/1985, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-1986-6675).
    • texto refundido Navarro del Impuesto sobre Sociedades.
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Exposiciones
  • Inversiones
  • Navarra
  • Sociedades públicas

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