EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 7 DE AGOSTO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1.914/1990, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 1 DE COLLADO-VILLALBA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 790.1 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL, EN SU REDACCION DADA POR LEY ORGANICA 7/1988, POR PODER SER CONTRARIO AL ARTICULO 24 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 7 DE AGOSTO DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.-FIRMADO Y RUBRICADO.
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