EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 12 DE FEBRERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 188/1990, PROMOVIDA POR EL JUEZ DE INSTRUCCION DE CALATAYUD EN FUNCIONES DE JUEZ DE LO PENAL DE DAROCA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 10, NUMERO 15 DEL CODIGO PENAL, POR PODER SER CONTRARIO A LOS ARTICULOS 1. , 9. , 10, 14, 15, 24 Y 25 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 12 DE FEBRERO DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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