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Documento BOE-A-1990-5545

Orden de 26 de febrero de 1990 por la que se da nueva redacción a determinados preceptos de la de 2 de marzo de 1988 sobre delegación de atribuciones en diversos órganos del Departamento.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 1990, páginas 6230 a 6231 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1990-5545
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/02/26/(1)

TEXTO ORIGINAL

POR REAL DECRETO 26/1990, DE 15 DE ENERO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 16) SE MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA DETERMINADA POR EL REAL DECRETO 2352/1986, DE 7 DE NOVIEMBRE, CIRCUNSTANCIA QUE HACE NECESARIO EFECTUAR EN LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 4), LAS LOGICAS Y NECESARIAS MODIFICACIONES EXIGIDAS POR LA NUEVA ESTRUCTURA DEL DEPARTAMENTO.

POR OTRA PARTE, Y CON LA MISMA FINALIDAD DE IMPRIMIR LA NECESARIA AGILIZACION AL TRAMITE DE FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS LABORALES TEMPORALES, CON QUE LA ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 1988 MODIFICO EL NUMERO VIGESIMO SEXTO DE LA MISMA ORDEN, Y TENIENDO EN CUENTA QUE HAN VARIADO SENSIBLEMENTE LAS CIRCUNSTANCIAS DE FINANCIACION Y DEPENDENCIA DE DETERMINADO PERSONAL LABORAL RESULTA ACONSEJABLE PROCEDER A DAR UNA NUEVA REDACCION AL REFERIDO NUMERO VIGESIMO SEXTO.

EN SU VIRTUD, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. EL NUMERO OCTAVO DE LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO, QUEDARA REDACTADO EN LO SUCESIVO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

<OCTAVO. SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE RENOVACION PEDAGOGICA LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) LA RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES DE AUTORIZACION DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDACTICO DE LOS NIVELES EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS, SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN EL NUMERO DECIMO A) RESPECTO DE LOS LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDACTICO RELATIVOS A LA FORMACION PROFESIONAL, EDUCACION DE ADULTOS Y ENSEÑANZA A DISTANCIA.

B) LAS RESOLUCIONES DE EQUIVALENCIA DE OTROS ESTUDIOS CON LOS CURSADOS EN EL BACHILLERATO, EDUCACION GENERAL BASICA Y ENSEÑANZAS CURSADAS EN LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS.

C) LAS RESOLUCIONES RELATIVAS A INCIDENCIAS SOBRE LA SITUACION ACADEMICA DEL ALUMNADO, SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN LOS NUMEROS NOVENO C), PARA LOS CENTROS DE ENSEÑANZAS ARTISTICAS, Y DECIMO C), PARA LOS CENTROS DE FORMACION PROFESIONAL.

D) LA CONVOCATORIA Y RESOLUCION DE CONCURSOS ORDINARIOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LOS PROGRAMAS CUYA GESTION TIENE ATRIBUIDA LA DIRECCION GENERAL DE RENOVACION PEDAGOGICA.

E) LA CONVOCATORIA Y CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS, TANTO PARA LA INVESTIGACION EDUCATIVA COMO PARA LOS PROGRAMAS QUE TIENE ASIGNADOS LA DIRECCION GENERAL DE RENOVACION PEDAGOGICA.

F) LA CONVOCATORIA Y SELECCION DE CURSOS DE FORMACION DEL PROFESORADO.>

SEGUNDO. EL NUMERO DECIMO DE LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO, QUEDARA REDACTADO EN LO SUCESIVO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

<DECIMO. SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL REGLADA Y PROMOCION EDUCATIVA LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) LA RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES DE AUTORIZACION DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDACTICO RELATIVOS A LA FORMACION PROFESIONAL, EDUCACION DE ADULTOS Y ENSEÑANZA A DISTANCIA.

B) LAS RESOLUCIONES DE EQUIVALENCIA DE OTROS ESTUDIOS CON LOS CURSADOS EN FORMACION PROFESIONAL.

C) LAS RESOLUCIONES RELATIVAS A INCIDENCIAS SOBRE LA SITUACION ACADEMICA DEL ALUMNADO DE CENTROS DE FORMACION PROFESIONAL.

D) LA DISPOSICION DE LOS GASTOS ORDINARIOS IMPUTABLES A CREDITOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO ASIGNADOS A LA DIRECCION GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL REGLADA Y PROMOCION EDUCATIVA PARA EL PROGRAMA ''BECAS Y AYUDAS A ESTUDIANTES'', ASI COMO LA ORDENACION DE GASTOS CORRESPONDIENTES.

E) LA CONCESION DE BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO.

F) LA RESOLUCION DE RECLAMACIONES CONTRA LA DENEGACION DE BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO.

G) LA REVOCACION, REVISION Y SOBRESEIMIENTO DE BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO.

H) LA ADSCRIPCION DE CREDITOS PARA LA FINANCIACION DE SERVICIOS ESCOLARES COMPLEMENTARIOS.

I) LA CONVOCATORIA Y RESOLUCION DE CONCURSOS ORDINARIOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LOS PROGRAMAS CUYA GESTION TIENE ATRIBUIDA LA DIRECCION GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL REGLADA Y PROMOCION EDUCATIVA.>

TERCERO. EL APARTADO UNO, A), DEL NUMERO VIGESIMO SEXTO DE LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO, QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:

<A) CONTRATACION DE PERSONAL LABORAL, SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN LOS APARTADOS Y O) DEL NUMERO DOS DEL PRESENTE ARTICULO.>

CUARTO. SE AÑADEN AL APARTADO DOS DEL NUMERO VIGESIMO SEXTO DE LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO, LOS SIGUIENTES APARTADOS:

< CONTRATACION DE PERSONAL, POR TIEMPO NO SUPERIOR A SEIS MESES, DE CONFORMIDAD CON LOS CONVENIOS SUSCRITOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA Y EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO.

CONTRATACION DE PERSONAL, POR TIEMPO NO SUPERIOR A SEIS MESES, DENTRO DE LOS PROGRAMAS PREVISTOS ANUALMENTE DE ESCUELAS VIAJERAS, VACACIONES ESCOLARES Y RECUPERACION DE PUEBLOS ABANDONADOS.

LAS DIRECCIONES PROVINCIALES, A EFECTOS DE SU OPORTUNO REGISTRO, DEBERAN REMITIR COPIA DE DICHOS CONTRATOS A LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL Y SERVICIOS.

O) FORMALIZACION DE CONTRATOS LABORALES DE INTERINIDAD, CONCERTADOS PARA SUSTITUIR A TRABAJADORES FIJOS CON DERECHO A RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO, DURANTE EL TIEMPO QUE SUBSISTA TAL DERECHO.

LAS DIRECCIONES PROVINCIALES, A EFECTOS DE SU OPORTUNO REGISTRO, DEBERAN REMITIR COPIA DE DICHOS CONTRATOS A LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL Y SERVICIOS.>

DISPOSICION DEROGATORIA

QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 1988 POR LA QUE SE MODIFICA EL APARTADO VIGESIMO SEXTO DE LA DE 2 DE MARZO DE 1988, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 27).

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 26 DE FEBRERO DE 1990.

SOLANA MADARIAGA

EXCMO. E ILMOS. SRES.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/02/1990
  • Fecha de publicación: 03/03/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 04/03/1990
  • Fecha de derogación: 03/03/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden de 22 de abril de 1988 (Ref. BOE-A-1988-10587).
  • MODIFICA los Números 8, 10 y 26 de la Orden de 2 de marzo de 1988 (Ref. BOE-A-1988-5461).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • EN RELACIÓN con el Real Decreto 26/1990, de 15 de enero (Ref. BOE-A-1990-931).
  • CITA Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre (Ref. BOE-A-1986-29535).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa
  • Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio de Educación y Ciencia
  • Dirección General de Renovación Pedagógica
  • Direcciones provinciales ministeriales
  • Ministerio de Educación y Ciencia

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