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Documento BOE-A-1991-1816

Resolución de 14 de enero de 1991, de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, por el que se aprueban los modelos de declaración de altas y alteraciones catastrales de bienes inmuebles de naturaleza rústica.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1991, páginas 2304 a 2324 (21 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1991-1816
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1991/01/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1448/1989, DE 1 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA EL ARTICULO 77 DE LA LEY 39/1988, DE 28 DE DICIEMBRE, REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES, ESTABLECE EN SU ARTICULO 2.1 QUE LOS IMPRESOS DE DECLARACIONES DE ALTAS EN LOS CASOS DE NUEVAS CONSTRUCCIONES O POR ALTERACIONES DE ORDEN FISICO, JURIDICO O ECONOMICO DE LOS BIENES INMUEBLES SERAN APROBADOS MEDIANTE RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DEL CENTRO DE GESTION CATASTRAL Y COOPERACION TRIBUTARIA.

APROBADOS, POR RESOLUCION DE 11 DE MAYO DE 1990 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 123, DEL 23), LOS MODELOS DE IMPRESOS DE DECLARACIONES CONCERNIENTES A BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA, ES PRECISO COMPLETAR LOS MODELOS DE IMPRESOS CON LOS REFERENTES A LOS INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA,

EN SU VIRTUD, ESTA DIRECCION GENERAL HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. SE APRUEBAN LOS MODELOS DE IMPRESOS DE DECLARACIONES CONCERNIENTES A BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA QUE FIGURAN COMO ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCION.

SEGUNDO.

JUNTAMENTE CON EL IMPRESO DE DECLARACION DEBERA PRESENTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

FOTOCOPIA DEL NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL (NIF), SI NO SE DISPONE DE ETIQUETAS DE IDENTIFICACION FISCAL.

FOTOCOPIA DEL ULTIMO RECIBO TRIBUTARIO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES O CONTRIBUCION TERRITORIAL SATISFECHO SOBRE LAS FINCAS OBJETO DE TRANSMISION.

DOCUMENTO QUE ORIGINA LA TRANSMISION A EFECTOS DE COMPROBACION.

CROQUIS ACOTADO EXPLICATIVO SI HAY PARTICIPACION O ANEXION DE PARCELAS.

TERCERO. ADEMAS DE LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO ANTERIOR, Y SEGUN EL TIPO DE ALTERACION QUE SE DECLARE, DEBERA ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

A) PARA CAMBIO DE CULTIVO O APROVECHAMIENTO:

HOJA DE ANEXO I.

B) PARA OBRA NUEVA, AMPLIACION, REFORMA O REHABILITACION:

FOTOGRAFIA(S) DE LA(S) FACHADA(S) (TAMAÑO 10 X 15 CENTIMETROS).

PLANOS DE SITUACION (CON INDICACION DE PARCELA Y SUBPARCELA).

PLANO DE CADA PLANTA Y ALZADOS.

HOJA DE ANEXO II.

C) PARA DEMOLICION TOTAL O PARCIAL:

FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA DEMOLICION.

DESCRIPCION GRAFICA DE LA SITUACION RESULTANTE.

HOJA DE ANEXO III.

D) PARA MODIFICAR SU USO O DESTINO:

FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO QUE ACREDITE LA MODIFICACION O VARIACION.

HOJA DEL ANEXO III.

E) PARA OTRAS ALTERACIONES:

HOJA DE ANEXO IV.

MADRID, 14 DE ENERO DE 1991. EL DIRECTOR GENERAL, JAVIER RUSSINES TORREGROSA.

(MODELOS OMITIDOS)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/01/1991
  • Fecha de publicación: 23/01/1991
  • Fecha de derogación: 20/02/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Haciendas Locales
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles

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