Advertidos errores en el texto de la citada Ley, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de fecha 27 de diciembre de 1990, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 38520, artículo 28. Exacción del impuesto, apartado 6, letra A), 2.º, línea cuarta, donde dice: «...coste de la instalación o montaje no excede el 15 por 100 del total de...»; debe decir. «...coste de la instalación o montaje no excede del 15 por 100 del total de...».
En la página 38521, artículo 32. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra, apartado 1, letra A), 7.°, línea cuarta, donde dice: «... Navarra, según se trate de persona físicas o de personas jurídicas o entes ...»; debe decir: «... Navarra, según se trate de personas físicas o de personas jurídicas o entes...».
En la página 38522, artículo 39. Colaboración de las Entidades financieras en la gestión de los tributos, apartado 1, línea cuarta, donde dice: «... dediquen al tráfico bancario o acrediticio, en orden a la exacción de los...»; debe decir «... dediquen al tráfico bancario o crediticio, en orden a la exacción de los...».
En la página 38523, artículo 48. Cargas del Estado no asumidas por la Comunidad Foral, apartado 1, párrafo segundo, línea segunda, donde dice: «... total del Presupuesto de Gastos, del Estado el importe integro, a nivel ...»; debe decir: «... total del Presupuesto de Gastos del Estado el impore integro, a nivel ...».
En la página 38525, disposición derogatoria, párrafo primero. línea sexta, donde dice: «... sostenimiento de las cargas generales de la Nación y se armonizan su ...»; debe decir. «... sostenimiento de las cargas generales de la Nación y se armoniza su ...».
En la misma página, disposición derogatoria, párrafo segundo, línea cuarta, donde dice: «... normativa que se derroga, de acuerdo con los criterios de armonización ...»; debe decir «... normativa que se deroga, de acuerdo con los criterios de armonización ...».
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