VISTA LA PROPUESTA RELATIVA A LA APERTURA DEL PARTIDO MEDICO DE ALTAFULLA, FORMULADA POR LA DELEGACION TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL EN TARRAGONA, A INSTANCIA DEL AYUNTAMIENTO DE AQUEL MUNICIPIO;
DADOS LOS INFORMES FAVORABLES EMITIDOS POR EL GERENTE DEL AREA DE GESTION DE TARRAGONA DEL INSTITUTO CATALAN DE LA SALUD Y LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS SANITARIOS;
DADO QUE SUE HA DADO TRAMITE DE AUDIENCIA AL COLEGIO OFICIAL DE MEDICOS DE TARRAGONA Y AL MEDICO TITULAR DE ALTAFULLA;
CONSIDERANDO QUE EN DETERMINADAS EPOCAS DEL AÑO, DADA LA GRAN AFLUENCIA DE VERANEANTES, SE SUPERA LA CIFRA DE 6.000 HABITANTES, LO QUE PERMITE PROCEDER A SU APERTURA CON CARACTER EXCEPCIONAL, DE ACUERDO CON LO QUE PREVE EL PUNTO 2 DE LA ORDEN DEL ENTONCES MINISTERIO DE GOBERNACION DE 24 DE ABRIL DE 1974 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 108, DE 6 DE MAYO), POR LA QUE SE DICTAN NORMAS SOBRE LA APERTURA DE PARTIDOS CERRADOS;
EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE LA LEY 13/1989, DE 14 DE DICIEMBRE, DE ORGANIZACION, PROCEDIMIENTO Y REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, EN RELACION CON LA SECCION 3 DEL CAPITULO 1 DEL REAL DECRETO 2210/1979, DE 7 DE SEPTIEMBRE (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 277, DEL 21), SOBRE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO A LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN MATERIA DE SANIDAD;
HE RESUELTO:
DECLARAR ABIERTO EL PARTIDO MEDICO DE ALTAFULLA.
DISPOSICION FINAL
ESTA RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU ULTIMA PUBLICACION EN EL <DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA> O EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
BARCELONA, 19 DE JULIO DE 1991. EL CONSEJERO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL, XAVIER TRIAS I VIDAL DE LLOBATERA.
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