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Documento BOE-A-1991-25681

Corrección de erratas de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 1991, páginas 34303 a 34303 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1991-25681
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1991/06/07/20/corrigendum/19911023

TEXTO ORIGINAL

Advertidas erratas en el texto de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 137, de fecha 8 de junio de 1991, se procede a efectuar las oportunas rectiftcaciones:

En la página 18796, segunda columna, artículo 5.°, apartado 1, segundo párrafo, línea primera, donde dice: «... las extractivas de fabricación;...», debe decir: «... extractivas, de fabricación,...».

En la página 18797, segunda columna, artículo 9.°, letra b), segundo párrafo, segunda línea donde dice: «... artículo 15 de la Ley 26/1980,...», debe decir «... artículo 15 de la Ley 76/1980,...».

Eo la página 18800, primera columna, artículo 11; apartado 2, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «... cualquier Estado miembro...», debe decir «... cualquier otro Estado miembro...».

En la página 18812, primera columna, artículo 51, apartado 2, tercera línea, donde dice: «... aparado 18), del artículo 18...», debe decir «... apartado 18), del artículo 10...».

En la página 18813, segunda columna, artículo 56, apartado 1, segundo párrafo, cuarta línea, donde dice: «... el artículo 55, número 4, letra a), apartado 1.° de dicha Ley.», debe decir «... el artículo 59, número 1, letra a), de dicha Ley.».

En la página 18819, segunda columna, disposición adicional tercera, línea tercera, donde dice: «... según lo previsto en el artículo 60 de esta Ley...», debe decir: «... según lo previsto en el artículo 64 de esta Ley...».

En la página 18819, segunda columna, disposición adicional octava, apartado uno, sexta línea, donde dice: «2. El tipo general será del 2 por 100.»; debe decir: «2. El tipo reducido será del 2 por 100.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/10/1991
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Ley 20/1991, de 7 de junio (Ref. BOE-A-1991-14463).
Materias
  • Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías en las Islas Canarias
  • Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias
  • Canarias
  • Comunidades Autónomas
  • Impuesto General Indirecto Canario
  • Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Inversiones
  • Sistema tributario

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