EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 28 DE OCTUBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 2.091/1991, PLANTEADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO CONTRA LOS ARTICULOS 15.1, B), 18 Y 23 DE LA LEY DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA 16/1991, DE 10 DE JULIO, DE LAS POLICIAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE CATALUÑA, Y SE HACE SABER QUE EN EL MENCIONADO RECURSO SE HA INVOCADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO EL ARTICULO 161.2 DE LA CONSTITUCION, LO QUE PRODUCE LA SUSPENSION DE LA VIGENCIA Y APLICACION DE LOS MENCIONADOS PRECEPTOS IMPUGNADOS, DESDE LA FECHA DE SU IMPUGNACION 18 DE OCTUBRE DE 1991 PARA LAS PARTES DEL PROCESO Y DESDE QUE APAREZCA PUBLICADA DICHA SUSPENSION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> PARA LOS TERCEROS.
MADRID, 28 DE OCTUBRE DE 1991. EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL,
TOMAS Y VALIENTE
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