Está Vd. en

Documento BOE-A-1991-2823

Corrección de errores del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 1991, páginas 3551 a 3551 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1991-2823
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1990/12/20/1684/corrigendum/19910201

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 3, de fecha 3 de enero de 1991, se transcriben a continuación las oportunas rectiticaciones:

Exposición de motivos, II, tercer párrafo, primera línea, donde dice: «... la función a relizar », debe decir: «... la función a realizar ...».

Exposición de motivos, II, tercer parrafo, a), cuarta línea donde dice: «... Delegaciones y Administración», debe decir: «... Delegaciones y Administraciones».

Art. 4.°1.a), segundo párrafo, primera línea, donde dice: «Por Orden. los órganos ...», debe decir: «Por Orden Ministerial, los órganos ...».

Art. 20.2.a), segunda línea, donde dice: «... hasta el día 5 de mes ...», debe decir: «... hasta el día 5 del mes ...».

Art. 242, segunda línea, donde dice: «autorice su reglamentación propia y, sin nada ...», debe decir: «... autorice su reglamentación propia, y, si nada ...».

Art. 28.3, tercera línea, donde dice: «... Boletín Oficial del Estado ...», debe decir: «... «Boletín Oficial del Estado» ...».

Art. 44.2, primera línea, donde dice: «El pago de un debido ..», debe decir: «El pago de un débito ...».

Art. 54.2, primera línea, donde dice: «... en periodo ejecutivo ...», debe decir: «.. en período voluntario ...».

Art. 83.1, segundo párrafo, cuarta línea, donde dice: «... a nombre de «Administración de Aduanas de ...» entre la Caja ...», debe decir: «... a nombre de Administración de Aduanas de ...». Entre la Caja ...».

Art. 88.2.c), donde dice: «Lo lugares ...», debe decir: «Los lugares ...».

Art. 97.3, cuarta línea, donde dice: «... para la deuda ingresada ...», debe decir: «... para la deuda no ingresada ...».

Art. 99.2, segunda línea, donde dice: «... actuaciones ajecutivas ...», debe decir: «... actuaciones ejecutivas ...».

Art. 109.1, primera línea, donde dice: «Las cantidades adeuadas ...», debe decir: «Las cantidades adeudadas ...».

Art. 116.1, tercera línea, donde dice: «... órdenes de embrgo ...», debe decir: «... órdenes de embargo ...».

Art. 116.2, última línea, donde dice: «... art. 18 ...», debe decir: «... art. 118 ...».

Art. 118.2, tercer párrafo, donde dice: «La documentación en que consten dichas actuaciones quedarán incorporadas ...», debe decir: «... la documentación en que consten dichas actuaciones quedará incorporada ...».

Art. 120.5, segundo párrafo, donde dice: «El importe ...», debe decir: «6. El importe ...».

Art. 122.1.6). última línea, donde: «... según la naturaleza ...», debe decir: «... según su naturaleza ...».

Art. 125.3.b), penúltima línea, donde dice: «... procederá de la forma inmediata ...», debe decir «... procederá de forma inmediata ...».

Art. 126.d), primera Gnea, donde dice: «El importe ...», debe decir «Importe ...».

Art. 139.7, tercera línea, donde dice: «... no exceda de aquel el valor ...», debe, decir: «... no exceda de aquel valor ...».

Art. 141.3, segunda linea, donde dice: «... sobre los cuales pase una misma ...», debe decir «... sobre los cuales pese una misma ...».

Art. 146.2. tercera línea, donde dice: «... de dicho dedudor ...», debe decir «... de dicho deudor ...».

Art. 148.3. segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «... a efectos de compromar ...» debe decir «... a efectos de comprobar ..».

Art. 1532.d), segunda línea, donde dice: «... en el epartado 2 ...», debe decir: «... en el apartado 2 ...».

Art. 158.3, penúltima línea, donde dice: «... de tipo para la última licitación...», debe decir: «... de tipo inicial en el proceso de enajenación.».

Art. 1592, segundo párrafo, primera línea, donde dice: «...Centro directivo constestará a ...», debe decir «Centro directivo contestará a ...».

Art. 159.3. tercera línea, donde dice: «... de sus créditos en los débitos ...», debe decir: «... de sus créditos con los débitos ...».

Art. 166, segunda línea, donde dice: «... contra el mismo vencimiento ...», debe decir: «... contra el mismo de vencimiento ...».

Disposición Derogatoria, segunda línea, donde dice: «Art. 380 y 381 del Real Decreto ...», debe decir: «Art. 380 y 381 del Decreto ...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/02/1991
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2005-14803).
  • Fecha de derogación: 01/01/2006
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-60).
Materias
  • Administración Local
  • Administraciones de Hacienda
  • Aduanas
  • Banca
  • Comunidades Autónomas
  • Contabilidad
  • Delegaciones de Hacienda
  • Diputaciones Provinciales
  • Dirección General de Recaudación
  • Embargos
  • Gestión fiscal
  • Hacienda Pública
  • Recaudación
  • Sistema tributario

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid