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Documento BOE-A-1991-5082

Resolución de 11 de febrero de 1991, conjunta de las Subsecretarías de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de febrero de 1991 por el que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, se revisa el importe de las indemnizaciones establecidas en el mismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 1991, páginas 6357 a 6363 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comisión Interministerial de Retribuciones
Referencia:
BOE-A-1991-5082
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1991/02/11/(1)

TEXTO ORIGINAL

SE DISPONE LA PUBLICACION DEL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 1 DE FEBRERO DE 1991 QUE FIGURA COMO ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCION.

MADRID, 11 DE FEBRERO DE 1991. EL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, ENRIQUE MARTINEZ ROBLES. EL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, JUAN IGNACIO MOLTO GARCIA.

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SE REVISA EL IMPORTE DE LAS INDEMNIZACIONES ESTABLECIDAS EN EL MISMO

PRIMERO. EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION FINAL CUARTA DEL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZON DEL SERVICIO, SE REVISAN LAS CUANTIAS DE LAS INDEMNIZACIONES PREVISTAS EN DICHO REAL DECRETO , QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRAN FIJADAS POR ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 26 DE MAYO DE 1989, QUEDANDO ESTABLECIDAS EN LOS IMPORTES QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO DE ESTE ACUERDO.

SEGUNDO. ASIMISMO SE ACTUALIZA EL IMPORTE DE LA INDEMNIZACION A PERCIBIR COMO GASTO DE VIAJE POR EL USO DEL VEHICULO PARTICULAR EN COMISION DE SERVICIO A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16.5 DEL REFERIDO REAL DECRETO 236/1988, QUEDANDO FIJADO EN 22 PESETAS POR KILOMETRO RECORRIDO SI SE TRATASE DE AUTOMOVILES Y EN OCHO PESETAS SI SE TRATASE DE MOTOCICLETAS.

ESTA INDEMNIZACION SERA OBJETO PERIODICAMENTE DE LA OPORTUNA ADECUACION AL PRECIO DE VENTA DEL COMBUSTIBLE.

TERCERO. EL PRESENTE ACUERDO SURTIRA EFECTOS ECONOMICOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

ANEXO

DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL

GRUPOS/POR ALOJAMIENTO/POR MANUTENCION/DIETA ENTERA

GRUPO 1/13.300/7.600/20.900

GRUPO 2/6.800/5.000/11.800

GRUPO 3/4.900/3.600/8.500

GRUPO 4/3.800/2.700/6.500

ASISTENCIAS POR PARTICIPACION EN TRIBUNALES DE OPOSICION O CONCURSOS U OTROS ORGANOS ENCARGADOS DE LA SELECCION DE PERSONAL

CATEGORIAS/IMPORTE PESETAS

CATEGORIA PRIMERA

PRESIDENTE Y SECRETARIO/7.224

VOCALES/6.743

CATEGORIA SEGUNDA

PRESIDENTE Y SECRETARIO/6.743

VOCALES/6.262

CATEGORIA TERCERA

PRESIDENTE Y SECRETARIO/6.262

VOCALES/5.780

CATEGORIA CUARTA

PRESIDENTE Y SECRETARIO/5.780

VOCALES/5.298

CATEGORIA QUINTA

PRESIDENTE Y SECRETARIO/5.298

VOCALES/4.816

(ESTADISTICA OMITIDA)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/02/1991
  • Fecha de publicación: 23/02/1991
  • Efectos económicos desde el 23 de febrero de 1991.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, (Ref. BOE-A-2002-10337).
  • Fecha de derogación: 01/06/2002
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ACTUALIZA las cuantías de las Indemnizaciones, por Resolución de 22 de marzo de 1993 (Ref. BOE-A-1993-8023).
Referencias anteriores
  • ACTUALIZA cuantias de las Indemnizaciones fijadas por Resolución de 19 de junio de 1989 (Ref. BOE-A-1989-15329).
  • DE CONFORMIDAD con Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-1988-7182).
Materias
  • Administración Militar
  • Carrera Diplomática
  • Carrera Fiscal
  • Carrera Judicial
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Cuerpo Nacional de Policía
  • Fuerzas Armadas
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Oposiciones y concursos
  • Retribuciones
  • Seguridad Social

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