EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 13 DE ENERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 2532/1991, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 10 DE SEVILLA, RESPECTO DEL PENULTIMO PARRAFO, EXCEPTUANDO SU INCISO FINAL, DEL ARTICULO 1.435 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, POR PODER VULNERAR LOS ARTICULOS 14, 24.1 Y 51.1 DE LA CONSTITUCION.
MADRID, 13 DE ENERO DE 1992. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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