El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de julio actual, ha acordado tener por desistido al Presidente del Gobierno del recurso de inconstitucionalidad número 679/1988, promovido por el mismo, en relación con el artículo 7.1 b); el inciso final del 14.1 (que dice: «así como en el "Boletín Oficial del Estado"»); 57.2. y la disposición adicional primera de la Ley de la Asamblea Regional de Murcia 1/1988. de 7 de enero, «del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia», y declarar terminado el proceso, quedando, en consecuencia. sin efecto la suspensión de la vigencia y aplicación del artículo 57.2 de la citada Ley que fue ratificada por Auto de 27 de septiembre de 1989 Madrid,
21 de julio de 1992.-El Presidente del Tribunal Constitucional RODRIGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER
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