El presente Real Decreto pretende dar cumplimiento a la declaración adoptada el día 15 de diciembre de 1990, en Roma por los Doce Estados miembros de la Comunidad Europea en el marco de la cooperación política europea, por la cual los Estados miembros decidieron levantar la suspensión de nuevas inversiones en la República de Sudáfrica con vistas a mejorar la situación económica y social de dicho país, dada la evolución en curso tendente a la abolición total del <apartheid>.
A la vista de ello, es necesario derogar el Real Decreto 744/1987, de 5 de junio, y aplicar a las inversiones españolas directas en la República de Sudáfrica el régimen general de liberalizacion de este tipo de operaciones,
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y Asuntos Exteriores, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de abril de 1992,
DISPONGO:
Artículo único. Las inversiones directas en la República de Sudáfrica se ajustarán al régimen general previsto en el Real Decreto 2374/1986, de 7 de noviembre, sobre inversiones españolas en el exterior y en las Ordenes de desarrollo de 19 de diciembre de 1988 y de 27 de diciembre de 1990.
DISPOSICION DEROGATORIA
Queda derogado el Real Decreto 744/1987, de 5 de junio, por el que se suspenden las inversiones directas españolas en la República de Sudáfrica.
DISPOSICION FINAL
El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Dado en Madrid a 3 de abril de 1992.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Relaciones con las Cortes
y de la Secretaría del Gobierno,
VIRGILIO ZAPATERO GOMEZ
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