De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de octubre de 1993, referente a la sentencia de 25 de mayo de 1993, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional relativa al recurso 500083, interpuesto por el Instituto de Ingenieros Técnicos de España, contra la resolución desestimatoria presunta por silencio administrativo del recurso de reposición formulado contra la Resolución del Secretario de Estado de 26 de junio de 1989 por la que se dictan normas para aplicar lo dispuesto en las Ordenes de 8 de julio y 24 de diciembre de 1988 sobre títulos universitarios oficiales,
Esta Dirección General ha dispuesto la publicación del fallo cuyo tenor literal es el siguiente:
<Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Gracia Garrido Entrena, actuando en nombre y representación del Instituto de Ingenieros Técnicos de España, contra la resolución desestimatoria presunta por silencio administrativo del recurso de reposición formulado contra la Resolución de 26 de junio de 1989, debemos declarar y declaramos que sin anular esta última Resolución, deberá incluirse en el apartado B de su Instrucción, en el anverso de los títulos la mención de la rama técnica, además de constar en el reverso la especialidad a que la misma se refiere, todo ello sin hacer condena en costas.>
Madrid, 25 de noviembre de 1993.-El Director general, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.
Sra. Subdirectora general de Centros y Profesorado.
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