Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Circular citada en el <Boletín Oficial del Estado> número 301, de 17 de diciembre de 1993, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 36009, columna derecha, último párrafo, donde dice: <... consignándose en el resto de la casilla el número de identificación del exportador...>, debe decir: <... consignándose en el resto de la casilla el número de identificación fiscal del exportador...>.
Página 36011, columna derecha, donde dice: <Se incluye entre las unidades código "WB" y "WL" la unidad siguiente:>, debe decir: <Se incluye entre las unidades código "W8" y "WL" la unidad siguiente:>.
Página 36012, columna derecha, anexo A, párrafo segundo del punto 4.4.3.3, donde dice: <... cumplimentadas siguiendo las indicaciones del apéndice del Reglamento de la CEE 3710/92 y...>, debe decir: <... cumplimentadas siguiendo las indicaciones del artículo 619 y del anexo 83 del Reglamento (CEE) número L 2454/93 y...>.
Página 36013, columna izquierda, en el punto II. Mercancías transportadas por correo, donde dice: <99.20.71.00.0.00.A Perlas finas>, debe decir: <99.20.71.01.0.00.A Perlas finas>.
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