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Documento BOE-A-1993-54

Orden de 29 de diciembre de 1992 por la que se modifica la Orden de 27 de diciembre de 1991, por la que se dictan normas de inspección y control para los Centros de Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE) dependientes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 1993, páginas 101 a 102 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1993-54
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1992/12/29/(5)

TEXTO ORIGINAL

Ante la perspectiva de la realización del <mercado interior> y la consiguiente supresión de los controles en las fronteras internas de la Comunidad, se hace necesario adecuar las normas vigentes que en materia de inspección y control rigen la actuación de los Centros de Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE) dependientes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

A tal efecto es necesario modificar aquellas disposiciones de la Orden de 27 de diciembre de 1991 relativas a las mercancías objeto de comercio intracomunitario, suprimiendo toda inspección y control de las mismas, excepto en aquellos supuestos para los que la Comunidad haya fijado sistemas de inspección y control, en cuyo caso éstos se aplicarán de acuerdo con las correspondientes disposiciones comunitarias.

En su virtud, tengo a bien disponer:

Primero.-Las funciones de inspección y control previstas en la Orden de 27 de diciembre de 1991 por la que se dictan normas de inspección y control para los Centros de Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE) dependientes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, no serán de aplicación a las operaciones comerciales realizadas entre España y otros Estados miembros de la Comunidad, excepto para aquellos supuestos que establezca el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en aplicación de las disposiciones comunitarias correspondientes. En estos casos, la inspección y control se efectuará sin menoscabo de la legislación comunitaria vigente.

Segundo.-La presente disposición entrará en vigor el 1 de enero de 1993.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, 29 de diciembre de 1992.

ARANZADI MARTINEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/12/1992
  • Fecha de publicación: 04/01/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1993
  • Fecha de derogación: 08/03/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comercio exterior
  • Inspección y Vigilancia del Comercio Exterior
  • Intercambios intracomunitarios

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