Advertidas erratas en la inserción de la Orden de 4 de febrero de 1993 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera, publicada en el <Boletín Oficial del Estado> número 40, de 16 de febrero de 1993, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 4717, en el artículo 19, apartado 1, cuarta línea, donde dice: <... una fianza de 50.000...>, debe decir: <... una fianza de 500.000...>
En la página 4722, en el artículo 43, letra f), línea tercera, donde dice: <... y podrán tener una antigüedad...>, debe decir: <... y no podrán tener una antigüedad...>.
En la página 4724, en la disposición adicional primera, apartado uno, segundo párrafo, tercera línea, donde dice: <...capacidad de carga no exceda...>, debe decir: <... capacidad de carga exceda...>.
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