Advertidos errores en la publicación de la Orden de 19 de enero de 1994 por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, inserta en el <Boletín Oficial del Estado> número 18, de 21 de enero de 1994, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo 9, número 3, donde dice: <... podrá rectificar...>, debe decir: <... podrán rectificar...>.
En el artículo 10, número 2, donde dice: <... a partir de 19 de enero de 1994...>, debe decir: <... a partir de 1. de enero de 1994...>.
En el artículo 19, primer párrafo, donde dice: <En los supuestos regulados...>, debe decir: <1. En los supuestos regulados...>.
En el artículo 26, línea cuarta, donde dice: <... le será de aplicación...>, debe decir: <... le serán de aplicación...>.
En la disposición adicional primera, apartado b), donde dice: <... que deben aplicarse...>, debe decir: <... que deban aplicarse...>.
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