En uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Se delegan en el Secretario de Estado de Administración Militar y en los Jefes de los Estados Mayores de los Ejércitos, en el ámbito de sus respectivas competencias, las atribuciones que sobre asignación y cese en los destinos de libre designación se otorgan al Ministro de Defensa en los artículos 76 y 77.1 de la Ley 17/1989, de 19 de julio, manteniéndose en vigor las previsiones de la Orden 24/1986, de 13 de marzo.
Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia haciendo constar en la antefirma la expresión <Por delegación>, con cita de esta Orden.
Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación.
Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 23 de diciembre de 1993
GARCIA VARGAS
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