El Tribunal Constitucional, por auto de 22 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña del conflicto positivo de competencia registrado con el número 273/88, promovido en relación con los primeros párrafos de los artículos 3.1, 4.1 y con el artículo 6.1 de la Orden de 23 de octubre de 1987 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la concesión de subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias o alimentarias, cooperativas y otras entidades asociativas para la realización de determinadas actividades, y declarar terminado el proceso.
Madrid, 22 de marzo de 1994.—El Presidente del Tribunal Constitucional, RODRIGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER
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