El Tribunal Constitucional, por providencia de 20 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.919/95, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en relación con el artículo 57.2, f), de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y con el artículo 110.3 y la disposición adicional undécima de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por poder vulnerar el artículo 24.1 de la Constitución.
Madrid, 20 de junio de 1995.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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