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Documento BOE-A-1995-20056

Providencia de 18 de agosto de 1995. Recurso de inconstitucionalidad número 2.989/1995, promovido por el Presidente del Gobierno contra diversos artículos de la Ley de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 7/1995, de 21 de abril, de Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24 de agosto de 1995, páginas 26212 a 26212 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1995-20056

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por Providencia de 18 de agosto del actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2.989/1995, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 27, primer párrafo, en conexión con el anexo III; artículo 103.1 y artículo 113, apartado c), en conexión con el artículo 112, números 1, 2 y 4, de la Ley de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 7/1995, de 21 de abril, de Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -2 de agosto de 1995- para las partes legitimadas en el proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 18 de agosto de 1995.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

RODRIGUEZ BEREIJO

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 18/08/1995
  • Fecha de publicación: 24/08/1995
  • Suspende, desde el 24 de agosto de 1995, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 2 de agosto de 1995, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y se declara inconstitucionales y nulos el párrafo 1 del art. 27 y lo indicado de los arts. 103.1 y 113.c), por Sentencia 166/2002, de 18 de septiembre (Ref. BOE-T-2002-19482).
  • SE DECLARA el mantenimiento de la suspensión de vigencia de los preceptos impugnados, por Auto de 20 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1996-212).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con determinados preceptos de la Ley 7/1995, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1995-13301).
Materias
  • Animales
  • Caza
  • Fauna
  • Medio ambiente
  • Murcia
  • Pesca fluvial
  • Recursos de inconstitucionalidad

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