El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de octubre del actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3.225/1995, planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por supuesta inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/1987, de 4 de abril, de Régimen Provisional de las Competencias de las Diputaciones Provinciales, en relación con la disposición adicional primera de la Ley del Parlamento de Cataluña 15/1990, de 9 de julio, de Ordenación Sanitaria, por presunta vulneración de los artículos 142, 149.1.16 y 157 de la Constitución Española, y artículo 50 y disposición transitoria primera de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
Madrid, 24 de octubre de 1995.-El Secretario de Justicia, firmado y rubricado.
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