El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de noviembre del actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3527/1995, planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 61.2, en su último inciso, de la Ley General Tributaria, en la redacción obtenida de la disposición adicional 31 de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, por posible vulneración de los artículos 24 y 25.1, en relación con el 9.3, todos de la Constitución.
Madrid, 7 de noviembre de 1995.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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