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Documento BOE-A-1995-8757

Convenio sobre reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias con respecto a menores, hecho en La Haya el 15 de abril de 1958 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de noviembre de 1973). Declaraciones de aceptación de España de la continuidad de la República Checa y de Surinam, de la adhesión de Liechtenstein y de la extensión a los Departamentos y Territorios de Ultramar franceses y a las Antillas Holandesas.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 1995, páginas 10695 a 10695 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-8757
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1995/03/29/(1)

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Convenio IX, relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias, con respecto a menores, hecho en La Haya el 15 de abril de 1958, España declara aceptar la declaración de continuidad de la República Checa al citado Convenio.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Convenio IX, relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias con respecto a menores, hecho en La Haya el 15 de abril de 1958, España declara aceptar la declaración de continuidad de Surinam al citado Convenio.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Convenio IX, relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias con respecto a menores, hecho en La Haya el 15 de abril de 1958, España declara aceptar la declaración de adhesión de Liechtenstein al citado Convenio.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Convenio IX, relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias con respecto a menores, hecho en La Haya el 15 de abril de 1958, España declara aceptar la declaración de la extensión a los Departamentos y Territorios de Ultramar franceses del citado Convenio.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Convenio IX, relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias con respecto a menores, hecho en La Haya el 15 de abril de 1958, España declara aceptar la declaración de la extensión a las Antillas Holandesas del citado Convenio.

El Convenio sobre reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de obligaciones alimenticias con respecto a menores (La Haya, 15 de abril de 1958), entró en vigor entre España y, respectivamente, Liechtenstein, la República Checa y Surinam, el 8 de diciembre de 1994; entre España y los Departamentos y Territorios de Ultramar franceses entró en vigor el 26 de febrero de 1995 y entre España y las Antillas Neerlandesas entrará en vigor el 5 de mayo de 1995.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 29 de marzo de 1995.-El Secretario general técnico, Antonio Bellver Manrique.

ANÁLISIS

  • Rango: Nota Diplomática
  • Fecha de disposición: 29/03/1995
  • Fecha de publicación: 11/04/1995
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 29 de marzo de 1995.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 17 del Acuerdo Internacional de 15 de abril de 1958 (Ref. BOE-A-1973-1549).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Alimentos entre parientes
  • Enjuiciamiento Civil
  • Menores

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