El Tribunal Constitucional, por auto de 17 de septiembre actual, ha acordado mantener la suspensión de la disposición adicional tercera de la Ley de la Generalidad Valenciana 8/1995, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Organización, cuya suspensión se dispuso por providencia de 16 de abril de 1996, publicada en el «Boletín Oficial del Esta-do» de 23 de abril, recaída en el recurso de inconstitucionalidad número 1.279/1996, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Madrid, 17 de septiembre de 1996.—El Presidente del Tribunal Constitucional.
RODRÍGUEZ BEREIJO
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