Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-2533

Resolución de 18 de enero de 1996, de la Delegación del Gobierno en «Telefónica, Sociedad Anónima», por la que se aprueban determinadas tarifas de nuevas modalidades del servicio Inmarsat.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1996, páginas 4083 a 4083 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1996-2533
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/01/18/(3)

TEXTO ORIGINAL

«Telefónica de España, Sociedad Anónima», ha presentado, ante esta Delegación de Gobierno, escrito solicitando la fijación de tarifas del servicio telefónico por satélite vía Inmarsat en sus nuevas modalidades de Inmarsat B, Inmarsat M e Inmarsat Aero.

La disposición adicional segunda de la Ley 37/1995, de 12 de diciembre, de telecomunicaciones por satélite, establece que las entidades prestadoras de servicios portadores reguladas en el artículo 14.3 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, están autorizadas para prestar el servicio portador de telecomunicaciones por satélite.

Por otra parte, el punto 1.1.4 de la Orden de 15 de diciembre de 1995, sobre determinadas tarifas telefónicas, autoriza al Delegado del Gobierno en «Telefónica de España, Sociedad Anónima», para aprobar las tarifas de nuevas modalidades del servicio Inmarsat.

Analizada la propuesta, y considerando lo anteriormente indicado, hasta tanto se desarrolla reglamentariamente la Ley 31/1995, de 12 de diciembre, de telecomunicaciones por satélite, resuelvo:

Primero.-Se aprueban las tarifas de las nuevas modalidades de servicio telefónico por satélite vía Inmarsat que se recogen en el anexo a esta Resolución.

Segundo.-A los importes de estas tarifas, que son netos, se les aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente, excepto en Canarias, Ceuta y Melilla.

Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor a las cero horas del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de enero de 1996.-El Delegado del Gobierno, Reinaldo Rodríguez Illera.

ANEXO

Servicio telefónico por satélite vía Inmarsat

Comunicaciones con las zonas de cobertura de los satélites / Servicio automático: Por conmutación inicial de la comunicación / Una unidad de tarificación por cada período en segundos que se indica: Pesetas / De 22 a 8 horas-Reducida / De 8 a 22 horas-Normal / A través de operadora (teléfono a teléfono) / Pesetas por cada minuto o fracción: De 22 a 8 horas / De 8 a 22 horas

Inmarsat B y M. / 45,6 / 0,48 / 0,48 / 713 / 713

Inmarsat Aero / 45,6 / 0,35 / 0,35 / 969 / 969

Nota: Las llamadas de salida de España (teléfono a teléfono) que, susceptibles de ser marcadas automáticamente se soliciten a través de operadora, llevarán una sobretasa de 225 pesetas por llamada.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/01/1996
  • Fecha de publicación: 07/02/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 08/02/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, estableciendo el Curriculo del Ciclo Formativo de Grado Medio, por Real Decreto 447/1996, de 8 de marzo (Ref. BOE-A-1996-8597).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el punto 1.1.4 de la Orden de 15 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-27484).
  • CITA Ley 31/1987, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28143).
Materias
  • Precios
  • Tarifas
  • Telecomunicaciones
  • Telefónica de España
  • Teléfonos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid