El apartado primero de la Resolución de 5 de diciembre de 1995, por la que se especifican las necesidades del Instituto Nacional de Empleo en relación con las acciones contempladas en las letras c), d), e), f) e i) de la letra B) del artículo 5 de la Orden de 10 de octubre de 1995, por la que se regulan, en desarrollo del título II del Real Decreto 735/1995, de 5 de mayo, sobre agencias de colocación y los servicios integrados para el empleo, los Planes de Servicios Integrados para el empleo, establece que el volumen de usuarios de acciones vinculadas al desarrollo de los Planes de Servicios Integrados para el Empleo, distribuido por provincias, es el contenido y relacionado con el contrato-programa suscrito entre el Ministerio de Trabajo y el Instituto Nacional de Empleo y transcrito en el anexo I de la citada Resolución. No obstante lo anteriormente expuesto, la gestión llevada a cabo para la elaboración del Convenio de colaboración demuestra que, por diversas circunstancias, es necesario que la distribución por provincias del volumen total de usuarios de las acciones publicadas en su día, pueda ser modificada en función de las necesidades de actuación reales que se vayan presentando. De forma que, sin dejar de cubrir las necesidades que surjan en cada una de las circunscripciones provinciales, es imprescindible que los excedentes que se prevé van a producirse en algunas de ellas por ausencia de iniciativas, pasen a incrementar el número de las asignadas, en principio, a aquellas provincias que pueden absorber los citados excedentes debido al volumen de necesidades de actuación que ya existían en el momento de efectuar la distribución, pero que no se atendieron por considerar que las existentes en otras provincias iban a ser cubiertas por un número suficiente de iniciativas que no se han llegado a producir.
En función de todo lo anterior, con el fin de ajustar más adecuadamente las necesidades de actuación subvencionable,
Esta Dirección General resuelve:
El volumen total de usuarios de las acciones vinculadas al desarrollo de los Planes de Servicios Integrados para el Empleo consistentes en Plan Personal de Empleo y Formación, y Asesoramiento para el Autoempleo, y otro tipo de iniciativas empresarias, es el contenido y relacionado en el contrato-programa suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Empleo y transcrito en el anexo I de la Resolución de 5 de diciembre de 1995, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 20, si bien su distribución provincial puede ser variada en función de las necesidades de actuación y las iniciativas que se vayan presentando en las distintas provincias.
A estos efectos, periódicamente a lo largo de los ejercicios presupuestarios se publicará, en función de las disponibilidades presupuestarias, la relación de necesidades de actuación no cubiertas en el territorio con el fin de propiciar nuevas iniciativas.
Disposición final única.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» con efectos desde el día 1 de enero de 1996.
Madrid, 1 de febrero de 1996.-El Director general, Alberto Elordi Dentici.
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