El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de febrero actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 453/1996, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña contra los artículos 9.3 y la remisión al mismo contenida en el artículo 10.2; 66.2, a); 69.2; la disposición adicional sexta, punto 1; la disposición adicional séptima, punto 8, apartado 2; así como la disposición final primera, punto 1, en cuanto que atribuye carácter básico a los mencionados artículos, de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Madrid, 13 de febrero de 1996.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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