El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de febrero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3.864/95, planteada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respecto del artículo 12 de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/1987, de 4 de abril, del Régimen provisional de las competencias de las Diputaciones Provinciales, por posible vulneración de los artículos 149.1.14, 142 y 157 de la Constitución.
Madrid, 27 de febrero de 1996.-El Secretario de Justicia.
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