Los Reglamentos Orgánicos de los Institutos de Educación Secundaria y de las Escuelas de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria, aprobados respectivamente mediante los Reales Decretos 83/1996 y 82/1996, ambos de 26 de enero, han sustituido a los que han venido aplicándose desde el año 1993 a cada uno de estos tipos de centros, incorporando las modificaciones necesarias en virtud de la aplicación de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes. En lo que se refiere a la organización y funcionamiento de los centros, las modificaciones introducidas se centran fundamentalmente en los sistemas de participación y gobierno de estos centros.
Por su parte, las Ordenes de 29 de junio de 1994, por las que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria y de las Escuelas de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria, establecen con mayor precisión las normas relativas al desarrollo de las actividades de los centros. Se trata, por ello, de normas de gran importancia para que la vida de las escuelas, colegios e institutos se desenvuelva de manera adecuada y permita ofrecer un servicio educativo de calidad.
Las citadas Ordenes fueron aprobadas en desarrollo de los Reglamentos Orgánicos que ahora han sido derogados, aun cuando se refieren a cuestiones que no se han visto modificadas sustancialmente. Es, por tanto, conveniente mantener el mismo marco de funcionamiento a partir de la aprobación de los nuevos Reglamentos Orgánicos. En virtud de todo ello, y en aplicación de lo dispuesto en las disposiciones finales primera de los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996, dispongo:
Primero.-La organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de estos centros, aprobado mediante el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, y a lo que establecen las Instrucciones aprobadas por medio de la Orden de 29 de junio de 1994. Las referencias que en dicha Orden se hacen al Reglamento Orgánico aprobado mediante Real Decreto 929/1993, de 13 de junio, deben entenderse referidas al precepto correspondiente del nuevo Reglamento Orgánico.
Segundo.-La organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de estos centros, aprobado mediante el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, y a lo que establecen las Instrucciones aprobadas por medio de la Orden de 29 de junio de 1994. Las referencias que en dicha Orden se hacen al Reglamento Orgánico aprobado mediante Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, deben entenderse referidas al precepto correspondiente del nuevo Reglamento Orgánico.
Tercero.-Queda derogado el apartado 87 de las Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria, aprobadas mediante la Orden de 29 de junio de 1994.
Cuarto.-Se autoriza al Secretario de Estado de Educación para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
Quinto.-La presente Orden entrará en vigor al comienzo del curso 1996/1997.
Madrid, 29 de febrero de 1996.
SAAVEDRA ACEVEDO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación.
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