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Documento BOE-A-1997-24103

Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre España y la República Francesa sobre la abrogación del artículo XVI del Convenio de Cooperación Cultural, Científica y Técnica de 7 de febrero de 1969, hecho en Madrid el 30 de enero de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 12 de noviembre de 1997, páginas 32993 a 32994 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-24103
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1997/10/29/(1)

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo señor Embajador:

Refiriéndome al Convenio de Cooperación Cultural, Científica y Técnica entre la República Francesa y España, firmado en Madrid el 7 de febrero de 1969, tengo el honor de proponerle la abrogación del artículo XVI del citado Convenio, cuya redacción es la siguiente:

«En lo que se refiere a las disposiciones de la legislación de trabajo relativas a la organización y al funcionamiento de los comités de empresa, cada una de las Partes Contratantes se compromete a aplicar, sobre la base de reciprocidad, un régimen de exención a favor de los establecimientos culturales o centros de esta misma índole que cada una de ellas sostenga o subvencione en el territorio de la otra, a fin de ejercer en éste las actividades culturales a las cuales se refiere el presente Convenio».

Si la citada propuesta merece la aprobación de su Gobierno, esta carta y su respuesta constituirán el acuerdo entre nuestros dos Gobiernos por lo que respecta a la abrogación del artículo XVI del Convenio de 7 de febrero de 1969.

Este acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación del cumplimiento de los procedimientos internos respectivos, necesarios para la celebración de tratados internacionales.

A la espera de sus gratas noticias, aprovecho esta oportunidad para testimoniarle mi más alta y distinguida consideración.-Miguel Ángel Carriedo Mompín.

Excelentísimo señor Secretario de Estado:

Tengo el honor de acusar recibo de la carta de V.E. de fecha de hoy, que dice textualmente lo siguiente:

«Refiriéndome al Convenio de Cooperación Cultural, Científica y Técnica entre la República Francesa y España, firmado en Madrid el 7 de febrero de 1969, tengo el honor de proponerle la abrogación del artículo XVI del citado Convenio, cuya redacción es la siguiente:

"En lo que se refiere a las disposiciones de la legislación de trabajo relativas a la organización y al funcionamiento de los comités de empresa, cada una de las Partes Contratantes se compromete a aplicar, sobre la base de reciprocidad, un régimen de exención a favor de los establecimientos culturales o centros de esta misma índole que cada una de ellas sostenga o subvencione en el territorio de la otra, a fin de ejercer en éste las actividades culturales a las cuales se refiere el presente Convenio".

Si la citada propuesta merece la aprobación de su Gobierno, esta carta y su respuesta constituirán el acuerdo entre nuestros dos Gobiernos por lo que respecta a la abrogación del artículo XVI del Convenio de 7 de febrero de 1969.

Este acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación del cumplimiento de los procedimientos internos respectivos, necesarios para la celebración de tratados internacionales.

A la espera de sus gratas noticias, aprovecho esta oportunidad para testimoniarle mi más alta y distinguida consideración.»

Tengo el honor de comunicar a V.E. que el Gobierno francés está de acuerdo con cuanto antecede y que, por consiguiente, la carta de V.E. y la presente carta de respuesta constituyen un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos en esta materia, que entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación del cumplimiento de los procedimientos internos respectivos, necesarios para la celebración de tratados internacionales.

Aprovecho esta oportunidad para testimoniar a V.E. mi más alta y distinguida consideración.-El Embajador de Francia en España, André Gadaud.

Excmo. Sr. Don Miguel Ángel Carriedo Mompín, Secretario de Estado. Ministerio de Asuntos Exteriores. Madrid.

El presente acuerdo entró en vigor el 27 de mayo de 1997, día siguiente al de la última notificación cruzada entre las Partes comunicando el cumplimiento de los procedimientos internos respectivos, según se establece en los textos de las Notas que lo constituyen.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 29 de octubre de 1997.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 29/10/1997
  • Fecha de publicación: 12/11/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 27/05/1997
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 29 de octubre de 1997.
Referencias anteriores
  • DEROGA el art. XVI del Convenio de 7 de febrero de 1969 (Ref. BOE-A-1969-1476).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Cooperación científica
  • Cooperación cultural
  • Cooperación técnica
  • Francia

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