La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 9 de octubre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 3/630/1995, en el que son partes, de una, como demandantes don Eduardo Zapata Ros y don José Antonio López Dura, y de otra, como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del propio Departamento de fecha 28 de marzo de 1995, sobre integración en el grupo D.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 630/1995, interpuesto por don Eduardo Zapata Ros y don José Antonio López Dura, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 28 de marzo de 1995, por la que se les denegaron sus solicitudes de clasificación como Auxiliares de Laboratorio, grupo D, que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 28 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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