Por Resolución 79/1990, de 23 de noviembre, se llevó a cabo la delegación de las facultades y atribuciones que, en materia de indemnizaciones por razón del servicio, el artículo 4 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, atribuye al Jefe del Estado Mayor de la Defensa, a favor de determinados órganos dependientes de dicha autoridad.
Mediante Directiva del Jefe del Estado Mayor de la Defensa número 1/1998, se ha venido a establecer una nueva estructura del Cuartel General del Estado Mayor de la Defensa, con la implantación de nuevos órganos, entre los que figura una Jefatura de Personal del Estado Mayor de la Defensa a la que se encomienda la gestión y el apoyo a todo el personal dependiente de dicho Estado Mayor. La consiguiente redistribución de competencias hace necesario revocar la delegación en su día conferida mediante la citada Resolución, aconsejando una nueva delegación de competencias.
Por ello, previa aprobación del Ministro de Defensa, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerdo:
Primero.-Delego en el Jefe de Personal del Estado Mayor de la Defensa la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en organismos del Estado Mayor de la Defensa, excepto el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, y al personal destinado en el extranjero dependiente del Jefe del Estado Mayor de la Defensa.
Segundo.-Delego en el Secretario Técnico del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en dicho organismo.
Tercero.-La delegación a que se refiere la presente Resolución será revocable, en cualquier momento, por el Jefe del Estado Mayor de la Defensa.
Cuarto.-El Jefe de Personal del Estado Mayor de la Defensa y el Secretario Técnico del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, en los acuerdos o resoluciones que adopten en aplicación de lo previsto en la presente Resolución, deberán hacer constar su carácter de autoridad delegada, así como la referencia expresa a esta disposición y a la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Queda derogada la Resolución 79/1990, de 23 de noviembre, del Jefe del Estado Mayor de la Defensa.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 17 de abril de 1998.-El Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Santiago Valderas Cañestro.
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